Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2016 (22/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Miércoles 22 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 11º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Artículo 12º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1394798-1 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 926-2016-MTC/03 Lima, 16 de junio de 2016 VISTO, el Expediente Nº 2013-037025, presentado por la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Francisco ­ Rosario ­ Sivia ­ Quimbiri ­ Pichari, departamentos de Ayacucho y Cusco; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por Concurso Público. El Concurso Público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1555-2012MTC/28, se aprobaron las Bases del Concurso Público Nº 02-2012-MTC/28 para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora, en las modalidades comercial y educativa, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de San Francisco ­ Rosario ­ Sivia ­ Quimbiri ­ Pichari, departamentos de Ayacucho y Cusco; Que, con fecha 25 de enero de 2013, se llevó a cabo el Acto Público Único: Recepción y Apertura de Sobres Nros. 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público Nº 02-2012-MTC/28, adjudicándose la Buena Pro a la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL para la autorización del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Francisco ­ Rosario ­ Sivia ­ Quimbiri ­ Pichari, departamentos de Ayacucho y Cusco; Que, el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante Resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolución Viceministerial Nº 086-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades del departamento de Ayacucho, entre las cuales se encuentra la localidad de San Francisco ­ Rosario ­ Sivia ­ Quimbiri ­ Pichari; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, para la referida banda y localidad, establece 1 KW como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 207-2009MTC/03, la misma que modificó las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones primarias que operen en el rango mayor a 500 W. hasta 1000 W de e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D4, consideradas de Baja Potencia;

Que, en virtud a lo indicado, la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL no se encuentra obligada a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo 0Nº 38-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, toda vez que según el Informe Nº 0759-2016-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, la estación a operar clasifica como una Estación de Servicio Primario D4 ­ Baja Potencia; Que, mediante Informe Nº 0759-2016-MTC/28, ampliado con Informe Nº 1087-2016-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demás disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Público Nº 02-2012-MTC/28, así como con la presentación de la documentación técnica y legal requerida, por lo que se considera viable otorgar a la referida persona jurídica, la autorización y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Bases del Concurso Público Nº 02-2012-MTC/28, el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de San Francisco ­ Rosario ­ Sivia ­ Quimbiri ­ Pichari, departamento de Ayacucho, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 086-2004-MTC/03 y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de San Francisco ­ Rosario ­ Sivia ­ Quimbiri ­ Pichari, departamentos de Ayacucho y Cusco, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Características Técnicas: Indicativo : OCF-5L Emisión : 256KF8E Potencia Nominal del Transmisor : 500 W. Potencia Efectiva Radiada (e.r.p) : 931 W. Clasificación de Estación Ubicación de la Estación: Estudios : Avenida 28 de Julio Nº 1781, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima : Longitud Oeste : 77º 01' 26.4'' Latitud Sur : 12º 03' 43.4'' : Anexo Pataccocha, distrito de Santa Rosa, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho : PRIMARIA D4 ­ BAJA POTENCIA : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FM : 95.9 MHz : EDUCATIVA

Coordenadas Geográficas Planta Transmisora

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