Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2016 (22/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

El Peruano / Miércoles 22 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

590347

VISTO, el escrito de registro Nº T-036163-2016 del 05 de febrero de 2016, presentado por la empresa RADIO SAN MIGUEL E.I.R.L., sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 321-2013-MTC/03, a favor del señor ALEX IVAN LEIVA MUNDACA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 3212013-MTC/03 del 05 de julio de 2013, se otorgó a la empresa RADIO SAN MIGUEL E.I.R.L., autorización por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Cutervo, departamento de Cajamarca, con vigencia hasta el 12 de julio de 2023; Que, con escrito de visto, la empresa RADIO SAN MIGUEL E.I.R.L., solicita la aprobación de la transferencia de su autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 321-2013-MTC/03, a favor del señor ALEX IVAN LEIVA MUNDACA; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establecen que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa días (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74º y 76º de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 08032016-MTC/28 opina que resulta procedente aprobar la transferencia de la autorización otorgada a la empresa RADIO SAN MIGUEL E.I.R.L., por Resolución Viceministerial Nº 321-2013-MTC/03, a favor del señor ALEX IVAN LEIVA MUNDACA, y reconocer a éste último como titular de la citada autorización; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificarse que no se encuentra incurso en los impedimentos ni en las causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada a la empresa RADIO SAN MIGUEL E.I.R.L., por Resolución Viceministerial Nº 321-2013-MTC/03, a favor del señor ALEX IVAN LEIVA MUNDACA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionados a dicha autorización. Artículo 2º.- Reconocer al señor ALEX IVAN LEIVA MUNDACA, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 321-2013MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión,

asumiendo éste todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1394767-1 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 898-2016-MTC/03 Lima, 14 de junio de 2016 VISTO, el escrito de registro Nº 2015-080504 del 16 de diciembre de 2015, presentado por el señor TEDY ENRIQUE VÁSQUEZ MEDINA, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 204-2002-MTC/15.03, a favor de la empresa DIARIO PRO Y CONTRA E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 2042002-MTC/15.03 del 21 de marzo de 2002, se otorgó al señor TEDY ENRIQUE VÁSQUEZ MEDINA autorización y permiso de instalación, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión comercial por televisión en UHF, en el distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; Que, con escrito de Visto, el señor TEDY ENRIQUE VÁSQUEZ MEDINA, solicita se apruebe la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 204-2002-MTC/15.03, a favor de la empresa DIARIO PRO Y CONTRA E.I.R.L.; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74º y 76º de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 1095-2016MTC/28, opina que debe aprobarse la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 204-2002-MTC/15.03, al señor TEDY ENRIQUE VÁSQUEZ MEDINA, a favor de la empresa DIARIO PRO Y CONTRA E.I.R.L., y reconocer a esta última como nueva titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos

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