Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2016 (23/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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VIII. FINANCIAMIENTO.

NORMAS LEGALES

Jueves 23 de junio de 2016 /

El Peruano

El presente Plan de Acción será financiado de acuerdo a lo dispuesto en el literal b) del artículo 16, del Reglamento del Decreto Legislativo N°1156, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2014-SA, con cargo al presupuesto institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud por un monto de S/.9,334,314.00 (NUEVE MILLONES TRECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRECIENTOS CATORCE y 00/100 SOLES) y del presupuesto institucional del Pliego 131- Instituto Nacional de Salud por un monto de S./119,970.00 (CIENTO DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA y 00/100 SOLES). Por lo tanto, el costo total de los recursos requeridos para la ejecución del Plan de Acción asciende a la suma de S/.9,454,284.00 (NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOCIENTOS OCHENTA y CUATRO 00/100 SOLES). DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE PLIEGO
PLIEGO 011 MINISTERIO DE SALUD 131 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD PRESUPUESTO TOTAL DEL PLAN DE ACCIÓN (S/.) PRESUPUESTO DEL PLAN DE ACCIÓN (S/.) S/.9,334,314.00 S./119,970.00 S/.9,454,284.00

dar la conformidad de la recepción y entregas de medicamentos, equipamiento y demás insumos, según corresponda, a través de actas de recepción, actas de conformidad, etc. Cabe precisar que, las actividades establecidas en el presente Plan están orientadas a la reducción y respuesta ante eventos relacionados a las bajas temperaturas. Por lo tanto, los bienes y servicios utilizados para su implementación no podrán ser utilizados en fines ajenos a este Plan de Acción. X. RESUMEN En el Perú, la temperatura del aire a nivel nacional, empieza a disminuir paulatinamente desde el mes de abril, acentuándose el descenso durante los meses de junio a agosto. Este periodo se caracteriza por la presencia de heladas, aunado algunas veces a la presencia de nevadas y granizadas, sobre todo en poblaciones de la región Andina, que viven a más de 3,500 m.s.n.m. Por otro lado, en la Selva se presenta el fenómeno denominado friaje, que es el ingreso de aire frío proveniente de la Antártida, la cual genera descensos bruscos de temperatura en un tiempo muy corto, impactando la salud de la población. Estas amenazas climáticas, junto a otros determinantes sociales de la salud, generan condiciones de vulnerabilidad que derivan en el incremento de las infecciones respiratorias agudas (IRA) y neumonías. Entre estos factores de vulnerabilidad se encuentran el inadecuado acondicionamiento térmico y equipamiento de los establecimientos de salud, así como la falta de personal que garantice la oportuna vacunación, y atención de casos ante la sobredemanda de oferta por la temporada de bajas temperaturas que, generaría el incremento de daños a la salud de la población durante esta temporada. En este contexto, el Ministerio de Salud, en el marco de sus competencias, realizará acciones de intervención con la finalidad de mitigar los efectos sobre la salud de las personas y reducir la afectación de los servicios de salud mediante dos estrategias: 1) Prevención y control de enfermedades y daños sobrevinientes a las bajas temperaturas; 2) Tener capacidad de respuesta inmediata para reponer la continuidad de las prestaciones de servicios de salud frente a bajas temperaturas. Por lo tanto, según los escenarios de riesgo identificados y el análisis de la vulnerabilidad de los establecimientos de salud, se requiere que el Ministerio de Salud ejecute acciones inmediatas que le permitan contar con los recursos y capacidades necesarias para intervenir de manera oportuna y eficaz en la reducción del riesgo y en la atención de salud de las personas. En este sentido, el presente Plan de Acción tiene el objetivo de reducir el riesgo y fortalecer la capacidad de respuesta y resolutiva de los servicios de salud para la atención de las personas ante el incremento esperado de consultas y urgencias médicas como consecuencia de las bajas temperaturas. Asimismo, las metas de este Plan están relacionadas con la disponibilidad de personal de la salud y brigadas que puedan ser desplazados y operen inmediatamente en aquellos establecimientos de salud en riesgo o afectados por bajas temperaturas, además del abastecimiento a los establecimientos de salud con equipos biomédicos básicos y medicamentos para fortalecer su capacidad de respuesta. De esta manera, se podrá garantizar la prestación de los servicios de salud en forma ininterrumpida y continua, con el objeto de preservar la salud y la vida de la población durante la temporada de bajas temperaturas. XI. RECOMENDACIONES Se hace necesario viabilizar la solicitud de declaratoria de emergencia sanitaria ante los efectos de la temporada de bajas temperaturas sobre la situación de salud de las personas y de los establecimientos de salud con la finalidad de fortalecer la capacidad de respuesta del Sector Salud y mejorar el nivel de resolución de problemas en los servicios de salud.

A continuación se describe la distribución del presupuesto a nivel de pliego institucional: DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE COMPONENTE
COMPONENTE 1. Continuidad operativa de los establecimientos de salud. 2. Equipos multidisciplinarios para la respuesta en situaciones de emergencias. 3. Sostenibilidad en la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud. PRESUPUESTO TOTAL DEL PLAN DE ACCIÓN (S/.) PRESUPUESTO TOTAL (S/.) S/.1,983,000.00 S/.3,957,240.00 S/.3,514,044.00 S/.9,454,284.00

IX. MONITOREO Y EVALUACIÓN El monitoreo y la evaluación del cumplimiento de las actividades del presente Plan de Acción, será responsabilidad de cada instancia del Ministerio de Salud e Instituto Nacional de Salud, en el marco de sus competencias. Además, DIGERD será la responsable de coordinar a nivel general, el informe de monitoreo y el informe de evaluación del cumplimiento de las actividades determinadas para cada entidad en el presente Plan de Acción, a fin de consolidar dicha información en su respectivo informe técnico que, posteriormente será remitido al Comité de Emergencia Sanitaria del Ministerio de Salud, para los fines pertinentes. La evaluación de las actividades establecidas en el presente Plan de Acción se realizará a través del análisis del cumplimiento de los indicadores de propuestos, y del alcance de las metas establecidas. Las DIRESAs/GERESAs, o las que hagan sus veces a nivel regional y sus unidades ejecutoras, según correspondan, serán las responsables de implementar las actividades regionales establecidas en el presente Plan de Acción, y de realizar el monitoreo y evaluación de estas. Por otro lado, serán las responsables de

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