Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2016 (23/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

590470

NORMAS LEGALES

Jueves 23 de junio de 2016 /

El Peruano

SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 80 926 975,00), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, para ser destinados a atender las obligaciones tributarias derivadas de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios enmarcadas dentro de los alcances de la Ley Nº 29266, con cargo a los recursos establecidos en la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Emisión y Destino de los Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Público 3.1 En el marco de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Nº 29266, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público emitirá los Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Público que requiera el pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por la suma aprobada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo. 3.2 El referido pliego utilizará los Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Público para el pago de los impuestos que se indican: 3.2.1 Impuesto General a las Ventas, que como contribuyente le corresponda abonar al fisco por las operaciones de importación de bienes y utilización de servicios en el país y por aquel que le fuera trasladado en las operaciones de adquisición local de Bienes o Servicios por contrataciones que corresponden al objeto de la Ley N° 29266, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL SETECIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 35 500 704,00). 3.2.2 Impuesto a la Renta, que como agente de retención le corresponda abonar al fisco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados hasta por la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 45 426 271,00). Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1396172-7

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5 000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público 1 : Recursos Ordinarios 80 926 975,00 -------------------80 926 975,00 =========== En Soles

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia

TOTAL EGRESOS A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios UNIDAD EJECUTORA 003 : Ejército Peruano

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros

3 068 120,00 ------------------Subtotal UE 003 3 068 120,00 ------------------UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 5 934 235,00

1 262 357,00 -------------------Subtotal UE 004 7 196 592,00 -------------------UNIDAD EJECUTORA 005 : Fuerza Aérea del Perú GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros Subtotal UE 005 TOTAL PLIEGO 026 26 498 349,00 44 163 914,00 -------------------70 662 263,00 -------------------80 926 975,00 ============

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, del pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a favor del pliego Instituto Nacional Penitenciario
DECRETO SUPREMO Nº 171-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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