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580920 NORMAS LEGALES Martes 15 de marzo de 2016 / El Peruano Pampa Grande (hacienda), las Salinas, (hacienda), San Pedro (hacienda), San Vicente (hacienda), Santa Rosa (hacienda), Villena (hacienda). Sucediendo lo mismo con los censos ofi ciales que vinieron en los años siguientes, los mismos que han quedado grafi cados en unos planos ofi ciales de cada distrito. - El territorio que administraba la Municipalidad de Lurín desde su conformación a través de la Ley Transitoria de Municipalidades, Ley S/N del 02 de enero de 1857; hasta el presente ha servido de base para los censos ofi ciales de los años 1876, 1920, 1940, 1961, 1972, 1993 y 2007, en cuyos planos censales se señalan los fundos y centros poblados que correspondían al “Valle de Lurín”. Que en el siglo XX sirvió para establecer los límites referenciales del perímetro distrital de Lurín, que son reconocidos y utilizados de manera ofi cial por instituciones públicas y privadas. Superfi cie sobre la cual la Municipalidad de Lurín ejerció y ejerce su administración pública, continua y pacífi ca. - En el Plano del Sector Inferior del Valle del río Lurín, con ubicación de los sitios arqueológicos estudiados, basado en el Plano Llave de la Dirección de Aguas Irrigación del Ministerio de Fomento (1961), que se encuentra en los archivos de la Biblioteca Nacional; se grafi ca de manera individualizada cada una de estas unidades agrícolas; Al superponerlo con el plano referencial del INEI se evidencian que estos coinciden con el actual territorio del distrito de Lurín que forma parte Que, como se ha descrito, la Comisión Técnica de Demarcación y Organización Territorial, ha cumplido con efectuar un riguroso análisis y evaluación del marco legal e histórico del territorio que administra la Municipalidad Distrital de Lurín desde su conformación a través de la Ley Transitoria de Municipalidades, ha formulado la propuesta de actualización de la demarcación territorial del distrito de Lurín sobre la aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 010-2006/ML, la misma que se ha sometido a consideración del Concejo Municipal. Que, esta propuesta se hizo llegar a la Comisión Permanente de Demarcación Territorial con Informe Nº 562-2015-GDU/ML, la misma que cumple con lo regulado por la Ley 27795 y su Reglamento, por lo tanto respeta la continuidad del espacio territorial organizado en base al Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano. Espacio cuya organización territorial ha sido modifi cada sucesivamente desde el año 2007 por la Municipalidad Metropolitana de Lima en ejercicio de sus atribuciones y en aplicación de su Plan de Desarrollo Metropolitano. Que, esta propuesta cuenta con marco legal, conforme al Informe Nº 013-2016-GAJ/ML de la Gerencia de Asesoría Jurídica. Que, esta propuesta de actualización de la demarcación territorial del distrito de Lurín fue analizada y evaluada integralmente por el Concejo Municipal, quien luego de un amplio debate, dentro del Marco Constitucional y Legal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación de Actas, aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Aprobar el Dictamen Nº 001-2016- CDT/ML de la Comisión Permanente de Demarcación Territorial del Distrito de Lurín. Artículo Segundo.- Aprobar la actualización de la Propuesta de Delimitación Territorial del Distrito de Lurín, que comprende la Memoria Descriptiva de Límites Territoriales y su correspondiente Plano de Delimitación Territorial que forman parte del presente acuerdo, la misma que precisa los Limites de Lurín como sigue: MEMORIA DESCRIPTIVA I. NOMBRE Límites del distrito de Lurín II. UBICACIÓN POLÍTICA Departamento: Lima Provincia: Lima III. CARACTERÍSTICAS GEOGRÁFICAS Fisiografía El distrito de Lurín está ubicado al Sur de la Provincia de Lima, presentando a lo largo del valle zonas de planicies costeras, quebradas, terrazas aluviales, cuencas tributarias, conos deyectivos, colinas y pampas o llanuras costeras, litoral marítimo involucrando zonas de playas. Altitud Máxima: 0 m.s.n.m. Mínima: 380 m.s.n.m. IV. VÍAS DE ACCESO El distrito de Lurín cuenta con vías de integración como la carretera Panamericana Sur y Antigua Panamericana Sur como vías principales, las cuales se interconectan con vías secundarias (Av. Lima, Av. Manuel Valle, Av. Mártir Olaya y Av. Industrial) las cuales a su vez se interconectan con los distritos colindantes. V. LÍMITES DEL DISTRITO DE LURÍN Sus límites son los siguientes: POR EL NOROESTE: Con el distrito Villa el Salvador El límite se inicia en un punto del litoral (punto de coordenada UTM 288 877.95 m E y 8 645 291.651 m N), el límite se proyecta en línea recta con dirección Noreste hasta intersectar en el cruce de un pasaje sin nombre con el pasaje Las Salinas (punto de coordenada UTM 288 932 m E y 8 645 391 m N), luego el límite continúa en línea recta por el eje del pasaje Las Salinas hasta intersectar en la carretera Panamericana Sur en punto de coordenada UTM 289 061.22 m E y 8 645 616.265 m N; luego el límite infl exiona en dirección Sureste siguiendo por el eje de la carretera Panamericana Sur hasta un punto de coordenada UTM 290 376.756 m E y 8 644 732.699 m N; a partir de este punto el límite asciende por línea de cumbre pasando por las cotas 34.8 y 43.2 hasta el punto de coordenada UTM 290 444.282 m E y 8 645 085.241 m N, luego el límite infl exiona en dirección Este siguiendo una línea recta hasta el cruce de la calle Los Sauces y una calle sin nombre en punto de coordenada UTM 291 483.712 m E y 8 645 093.657 m N, el límite continúa por el eje de la calle sin nombre siguiendo en líneas rectas pasando por los puntos de coordenada UTM 291 514.271 m E y 8 645 184.409 m N, hasta intersectar con el pasaje Nº 36 en un punto de coordenada UTM 291 667.995 m E y 8 645 158.48 m N, a partir de este lugar el límite continúa por el eje del dicho pasaje hasta el punto de coordenada UTM 291 520.092 m E y 8 645 467.779 m N, el límite continúa en línea recta hasta el punto de coordenada UTM 291 463.207 m E y 8645 650.077 m N (calle Nº 34), luego el límite infl exiona en línea recta con dirección general Noreste hasta intersectar con el eje de la calle Nº 2 en un punto de coordenada UTM 291 944.243 m E y 8 645 966.462 m N, continúa por el eje de esta calle hasta intersectar con el eje de la av. María Reiche (av. El Parque), continuando en línea recta por el eje de esta calle hasta intersectar con el eje de la av. Lima en un punto de coordenada UTM 291 976.522 m E y 8 646 204.414 m N, para continuar por el eje de la av. Lima hasta intersectar con el eje de la av. B (av. San Martín), en el punto de coordenada UTM 292 116.923 m E y 8 646 898.784 m N; punto tripartito