Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2016 (18/03/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Viernes 18 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

581253

Ret. Carta Fianza Nº ... vencimiento .... De nuestra consideración: A solicitud de nuestro cliente ... (incluir razón social completa del cliente) (en adelante, la "Afianzada"), presentamos a favor de ustedes, fianza solidaria, irrevocable, incondicional, de realización automática y con expresa renuncia al benéfico de excusión, hasta por la suma de ... (incluir monto de la fianza).. en favor de la Municipalidad Distrital de Pacocha, para garantizar la seriedad de la carta de presentación del Proyecto alternativo de nuestro cliente y la suscripción de contrato correspondiente por parte de estos, en caso que su iniciativa privada sea declarada preferente, declara de interés o no se presentes interesados para la ejecución de la misma y esta se directamente adjudicada a nuestro cliente. Asimismo, dejamos constancia que la presente garantía podrá ser ejecutada en el caso de nuestro cliente no cumpla con los requisitos establecidos por la Municipalidad Distrital de Pacocha para la fecha de suscripción del Contrato, así como no suscribiese el respectivo contrato de promoción de inversión privada derivado del proceso de selección correspondiente o no cumpla con presentar una oferta económica valida en el referido proceso de selección convocado, según sea el caso. La solicitud de honramiento de esta carta fianza deberá ser `presentada en nuestras oficinas ubicadas en ..(incluir dirección).. Perú, mediante una carta notarial en la que se requiera su pago y su ejecución. El Banco honrará la carta fianza contra la prestación de lo referida carta notarial, sin que exista obligación o derecho alguno del banco de revisar o certificar la verosimilitud de lo expresado en la misma. Nos comprometemos a pagarles el monto total de la fianza en un plazo máximo de (indicar plazo)..horas contadas a partir de la fecha de recepción de la carta notarial de requerimiento. El inicio de cualquier procedimiento conciliatorio, judicial o arbitral con relación al contrato, no impedirá ni retrasará en forma alguna la ejecución de la fianza contenida en este documento ni afectará su exigibilidad. Cualquier discrepancia respecto a los términos y condiciones de la presente carta fianza se someterá a******, Perú. La ley aplicable es la Ley Peruana. Esta carta fianza rige a partir de la fecha y vencerá el (incluir fecha de vencimiento de la fianza), a horas 12 meridiano, luego de lo cual el Banco quedará liberado de toda responsabilidad. Atentamente. NOTA: la garantía podrá ser emitía en el modelo del banco siempre y cuando se incluya todas las condiciones señaladas. ANEXO 5: MODELO DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE EXPRESIÓN DE INTERÉS Lima, ... de ... del ... Señor: ..... Municipalidad Distrital de Pacocha Presente.Referencias: Iniciativa Privada RESIDENCIAL LAS TERRAZAS " De nuestra consideración: Por la presente otorgamos fianza solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusión ni división incondicional y de realización automática, a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACOCHA, hasta que por la suma de S/. 50.000.00 (Cincuenta Mil con 00/100 Nuevos soles) para garantizar la seriedad de la expresión de interés y "CONDOMINIO

la participación de nuestro cliente, señores __________ en el concurso que se convoque para el proceso de la promoción de la inversión privada del proyecto denominado "CONDOMINIO RESIDENCIAL LAS TERRAZAS", conforme a lo regulado en la Ordenanza Nº ..... el Reglamento de la Ley 28059 - Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada, aprobado por el Decreto Supremo 015-2004-PCM y modificado por el Decreto Supremo 013-2007-PCM y el Decreto Legislativo Nº 1012, Ley Marco de Asociaciones Público-Privadas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 1272014-EF. Esta fianza tendrá un plazo de vigencia de ciento ochenta (180) días calendarios contados desde la fecha de emisión, es decir que vencerá el ______________ y se hará efectiva en caso que nuestros afianzados no cumplan con presentarse en el concurso público que convoque la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACOCHA, a través de su Gerencia de Presupuesto, Planificación, Racionalización e informática de la inversión Privada o con suscribir el respectivo contrato de participación de la inversión privada, según corresponde. Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza será ejecutada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACOCHA de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 1898 del Código Civil Peruano Vigente. Se conviene expresamente que, para que procedamos a honrar esta fianza, bastara un simple requerimiento de una persona debidamente autorizada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACOCHA, sin expresión de causa, realizado por conducto notarial en nuestras oficinas en la dirección indicada líneas abajo. Nos comprometemos a pagarles el monto total de la fianza en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, contando a partir de la fecha de recepción de la carta notarial de requerimiento de pago. Toda demora de nuestra parte en honrar el pago de la fianza devengará un interés equivalente a la tasa máxima LIBOR más un margen (Spread) de 3%. La tasa LIBOR será la establecida por el Cable Reuter Diario que se recibe en Lima a horas 11:00 a.m., debiendo devengarse los intereses a partir de la fecha en que se ha elegido su cumplimiento y hasta la fecha efectiva de pago. Atentamente. Firma y sello Nombre y Cargo: Entidad: (Banco que emite la fianza) Dirección NOTA: (i) Esta garantía podrá ser emitida de acuerdo al modelo de banco emisor siempre y cuando incluya...... o no contravenga las condiciones antes señaladas. (ii) Esta garantía deberá ser emitida por instituciones bancarias o financieras locales con una categoría de riesgo equivalente para instrumentos de inversión de largo plazo no menos a "AA" y para que instrumentos de inversión a corto plazo no menos a "CP-1", según la Resolución SBS Nº 724-2001 y la Circular AFP Nº 0442004 emitida por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; o emitidas por Instituciones bancarias o financieras del exterior de primera categoría de acuerdo a la Circular Nº 004-2012-BCRP de febrero del 2012, emitida por el Banco Central de Reserva o en cualquier otro circular posterior que la modifique y adicionalmente las que la sustituyan. En caso la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato sea emitida por una institución bancaria o financiera del exterior, esta última deberá contar con una institución bancaria o financiera local que confirme la emisión de dicha garantía. En caso dicha garantía sea emitida por una entidad financiera, o por alguna de sus filiales o sucursales, deberá ser necesariamente confirmada por una Empresa Bancaria. 1356890-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.