Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2016 (18/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Viernes 18 de marzo de 2016 /

El Peruano

a) Pacto de transferencia de la propiedad inmueble, lo cual será de ejecución inmediata. b) Compromiso de desarrollo inmobiliario en el inmueble del proyecto de Condominio Residencial Las Terrazas¸ el cual será ejecutado en un plazo de cinco (5) años, prorrogables por motivos debidamente justificados, la cual será aprobado por la Municipalidad por un plazo razonable. El Plazo del contrato de ejecución será de cinco (5) años computados desde su suscripción del mismo con Inversiones (S) Monto Inc. IGV Terreno Gastos Operativos Gastos de habilitación Construcción de Viviendas Construcción de Comercial Gastos Generales Otros gastos Relacionados TOTAL TOTAL 3,156,037.50 4,698,605.10 8,940,002.60 28,903,266.40 1,311,773.43 3,915,504.25 3,915,504.25 54,840,693.53 Año 1 631,207.50 939,721.02 2,682,000.78 2,890,326.64 783,100.85 783,100.85 8,709,457.64

posibilidad de prorrogar por acuerdo entre las partes. D. MONTO REFERENCIAL DE LA INVERSIÓN El monto referencia de la inversión total de proyecto asciende a S/. 54'840,693.53 (Cincuenta y cuatro millones ochocientos cuarenta mil seiscientos noventa y tres con 53/100 soles), incluido IGV. E. CRONOGRAMA TENTATIVO DEL PROYECTO DE INVERSIÓN Año 2 946,811.25 939,721.02 1,788,000.52 5,780,653.28 783,100.85 783,100.85 11,021,387.77 Año 3 1,578,018.75 939,721.02 1,788,000.52 8,670,979.92 783,100.85 783,100.85 14,542,921.91 Año 4 939,721.02 1,788,000.52 11,561,306.56 393,532.03 783,100.85 783,100.85 16,248,761.83 Año 5 939,721.02 894,000.26 918,241.40 783,100.85 783,100.85 4,318,164.38

F. FORMAS DE RETRIBUCIÓN PROPUESTA Se propone como retribución el precio de la transferencia inmobiliaria, el cual asciende a S/. 3'156,037.50 (Tres Millones Ciento Cincuenta y Seis Mil Treinta y Siete con 50/100 Soles), por los 133,172.17 m2, de acuerdo al último Informe Técnico de Tasación, del perito Valuador Arquitecto JOSE A. DOMINGUEZ RENGIFO, con CAP Nº 5317, ordenado por la Municipalidad Distrital de Pacocha. La cancelación del pago por la Compra del terreno de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pacocha, será en tres armadas o cuotas, la primera es a la inscripción en los Registros Públicos del contrato equivalente al 20% de valor del terreno; la segunda al 01 año de inscripción del contrato, equivalente al 30% del valor del terreno; y la tercera a los 02 años de inscripción del contrato, equivalente al 50% del valor del terreno. II. ELEMENTOS ESCENCIALES DEL PROYECTO DEL CONTRATO A. OBJETO. El nombre del proyecto de inversión es "CONDOMINIO RESIDENCIAL LAS TERRAZAS", el cual tiene por objeto el otorgamiento de una Venta de Activos para el financiamiento, construcción, comercialización de obras de infraestructura que permitan proveer de un Condominio residencial, con las siguientes características: 120 casas de: Área Total: 90.00 m2. Área techada 42.00 m2., sala, comedor, cocina, lavandería, 01 dormitorio, baño, jardín, cochera y pórtico; 282 casas de: Área Total: 140.00 m2. Área techada 48.60 m2., sala, comedor, cocina, lavandería, 02 dormitorios, baño, jardín, cochera y pórtico. Y un Centro Comercial, con un área de 17,299.70 m2., en el cual se plantea una edificación de dos pisos y un sótano, proyecto que permita mejorar la calidad de vida de los pobladores y mejorar el comercio interno y externo de los residentes de los distritos de Pacocha;El área sobre la que se plantea la ejecución del proyecto pertenece a la Municipalidad Distrital de Pacocha. El Proyecto busca los siguientes objetivos: a) La transferencia al sector privado de la propiedad de un activo, para que éste realice las obras de habilitación e infraestructura de un Condominio Residencial y un Centro Comercial, ubicado en el Distrito de Pacocha, Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, bajo la modalidad de Adquisición de la Propiedad de Activos entre el Proponente y la Municipalidad distrital. b) La construcción de un Condominio Residencial y un Centro Comercial. c) Contribuir al desarrollo económico, social y potenciar el comercio en distrito de Pacocha, pues el desarrollo del proyecto genera un nuevo frente de actividad económica mediante el comercio además de mejorar las condiciones

vida de sus pobladores con la construcción de la estación de servicios y con la generación y oferta de empleos durante la etapa de ejecución. B. PARTES. Las Partes Intervinientes en el contrato: El Adquiriente, que será la persona jurídica constituida por el titular de la Iniciativa Privada, en caso de adjudicación directa; o, por el postor precalificado que resulte adjudicatario de la Buena Pro del proceso de promoción de la inversión privada para la entrega del proyecto de inversión, en caso se presentaran terceros que manifiesten su interés en la ejecución de este último. El Transferente, que será el Estado Peruano representado por la Municipalidad Distrital de Pacocha, en calidad de titular de la propiedad del inmueble objeto de la iniciativa privada. C. MODALIDAD CONTRACTUAL. La cancelación del pago por la Compra del terreno de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pacocha, será en tres armadas o cuotas, la primera es a la inscripción en los Registros Públicos del contrato equivalente al 20% de valor del terreno; la segunda al 01 año de inscripción del contrato, equivalente al 30% del valor del terreno; y la tercera a los 02 años de inscripción del contrato, equivalente al 50% del valor del terreno. D. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO. El Contrato de compra-venta tiene efectos a perpetuidad siendo la empresa adjudicataria el nuevo titular que gozará de todos los atributos y potestades legales concebidas a esta figura y regulados en el contrato de compra-venta. E. VENDEDOR Municipalidad Distrital de Pacocha. F. COMPRADOR La persona natural o jurídica que resulte adjudicataria de la Buena Pro. G. PRINCIPALES OBLIGACIONES DEL COMPRADOR Realizar el pago del precio del terreno conforme a la retribución propuesta y lo pactado entre las partes. H. CLÁUSULAS REFERENCIALES. Las Cláusulas de Reciprocidad: Las partes deben declarar la reciprocidad entre en bien inmueble transferido y el precio fijado. Cualquier diferencia posterior no deberá afectar el pacto celebrado.

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