Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2016 (05/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 5 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específicas exclusivas: a) Proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, b) Promover e impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo integral, urbano y rural, con enfoque de gestión territorial y de cuenca, en el ámbito territorial de la mancomunidad municipal, c) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, d) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, e) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846 y f) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 103-2012-EF; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específicas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Administrar y reglamentar, directamente o por concesión el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe, limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, cuando esté en capacidad de hacerlo, c) Proveer el servicio de saneamiento básico rural, con la ejecución de proyectos de abastecimiento de agua, alcantarillado e instalación de letrinas en los distritos integrantes de la mancomunidad, d) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinación con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes, e) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperación con las entidades competentes y f) Mejorar, rehabilitar y equipar obras de infraestructura hidráulica que tengan por objeto lograr la reducción de pérdidas volumétricas de agua, el aprovechamiento eficiente y la conservación de los recursos hídricos en la infraestructura hidráulica pública; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal del Valle Interandino Serpiente de Oro""MAMVISO", contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefinida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modificación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la "Mancomunidad Municipal del Valle Interandino Serpiente de Oro"-"MAMVISO", la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, la Municipalidad Provincial de Huamalíes y las Municipalidades Distritales de Arancay, Chavín de Pariarca, Jacas Grande, Jircán, Miraflores, Monzón, Punchao, Puños, Singa y Tantamayo de la Provincia de Huamalíes, en el Departamento de Huánuco, aprueban la constitución de la "Mancomunidad Municipal del Valle Interandino Serpiente de Oro"-"MAMVISO"; ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 00065-2016­PCM/SDOGI, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la "Mancomunidad Municipal del Valle Interandino Serpiente de Oro"-"MAMVISO", en el Registro de Mancomunidades Municipales;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010-PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal del Valle Interandino Serpiente de Oro"-"MAMVISO"; integrada por la Municipalidad Provincial de Huamalíes y las Municipalidades Distritales de Arancay, Chavín de Pariarca, Jacas Grande, Jircán, Miraflores, Monzón, Punchao, Puños, Singa y Tantamayo de la Provincia de Huamalíes, en el Departamento de Huánuco; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal del Valle Interandino Serpiente de Oro""MAMVISO", como sigue: - Presidente: Pedro Celestino Collazos Villavicencio, alcalde de la Municipalidad Distrital de Singa. - Director: Ciro Trinidad Rojas, alcalde de la Municipalidad Provincial de Huamalíes. - Director: Toribio Teobaldo Picón Beteta, alcalde de la Municipalidad Distrital de Arancay. - Director: Jesús Alejandro Rosales Andrade, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chavín de Pariarca. - Director: Julio César Miraval Rojas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Jacas Grande. - Director: Juan Villanueva López, alcalde de la Municipalidad Distrital de Jircán. - Director: Gerson Alejandro Santos Ramos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores. - Director: Víctor Alejandro Pajuelo Santos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Monzón. - Director: Adler Criollo Tevez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Punchao. - Director: Nilson Manuel Pablo Roque, alcalde de la Municipalidad Distrital de Puños. - Director: Estanislao Teodoro Romero Ortiz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tantamayo. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la "Mancomunidad Municipal del Valle Interandino Serpiente de Oro"-"MAMVISO", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI Secretaria de Descentralización 1375276-1

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