Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2016 (06/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 6 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

586461

Designan temporalmente Director de la Dirección de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural de la Dirección General de Negocios Agrarios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0183-2016-MINAGRI Lima, 3 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0583-2014-MINAGRI, de fecha 20 de octubre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 23 de octubre de 2014, cuya Fe de Erratas se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de octubre de 2014, se designó, entre otros, a la señora Aída María Amézaga Menéndez, en el cargo de Directora de la Dirección de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, siendo necesario aceptar la renuncia formulada por la mencionada directiva y formalizar el reemplazo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que aprueba el Régimen Especial Laboral de Contratación Administrativa de Servicios aprobado por el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 06 de mayo de 2016, la renuncia formulada por la señora Aída María Amézaga Menéndez, al cargo de Directora de la Dirección de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar temporalmente, a partir del 06 de mayo de 2016, al señor Ingeniero Agrícola Martín Ronceros Ampuero, actual Especialista CAS de la Dirección de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural, en el puesto de Director de la Dirección de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, y en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1375883-2

de abril de 2016 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp ­ Lambayeque; y el Informe Nº 0001192016/DGM/VMPCIC/MC de fecha 23 de abril de 2016 de la Dirección General de Museos; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, dispone que el Sector Cultura debe velar por la promoción y difusión en la ciudadanía de la importancia y significado del Patrimonio Cultural de la Nación como fundamento y expresión de nuestra identidad nacional; Que, mediante Ley Nº 29565, se crea el Ministerio de Cultura como Organismo del Poder Ejecutivo, ejerciendo diversas funciones, entre las que destaca la promoción del Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7° de la antes citada Ley, es función del Ministerio de Cultura, la promoción del Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, en aplicación del artículo 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Ministerio de Cultura promover el acceso al Patrimonio Material e Inmaterial de la Nación; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 4692015-MC, de fecha 29 de diciembre de 2015, modificada con Resolución Ministerial N° 114-2016-MC de fecha 18 de marzo de 2016, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el año 2016, el cual entre otros, contiene los valores del boletaje de ingreso a los Museos a nivel nacional; Que, el artículo 34 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece que, con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados periodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR o al Órgano Regional competente para su difusión; Que, asimismo el numeral 32.2 del artículo 32 del Decreto Supremo N° 003-2010-MICETUR dispone que el INC (ahora Ministerio de Cultura) y demás entidades públicas encargadas de la administración de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación vinculados a la actividad turística, así como las entidades encargadas de la administración de las áreas naturales de alcance nacional o regional, deben comunicar al MINCETUR las tarifas promocionales a que se refiere el artículo 34 de la Ley citada en el considerando precedente, cuando menos con quince (15) días calendario de anticipación a la fecha de inicio de las campañas de difusión de dichas tarifas, indicando sus condiciones y periodo de vigencia; Que, mediante Informe N° 041-2016-DE-UE005PENL-VMPCIC-MC de fecha 18 de abril de 2016, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Naylamp ­ Lambayeque, remite la solicitud efectuada por el Director del Museo Tumbas Reales de Sipán, para que se disponga el ingreso libre en horario nocturno, a dicho museo el día 13 de mayo de 2016, con motivo de celebrarse la actividad denominada "Una noche de viernes 13 en el Museo Tumbas Reales de Sipán", que ha sido programada en el marco de las celebraciones por el "Día Internacional de los Museos"; Que, a través del Informe N° 000119-2016/DGM/ VMPCIC/MC, de fecha 23 de abril de 2016, la Dirección General de Museos brinda su conformidad a la solicitud de facilitar el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el día 13 de mayo de 2016, desde las 19:00 horas hasta las 22:00 horas, con el fin de motivar el interés de la población y celebrar dicho acontecimiento como un acto de promoción cultural; Que, bajo ese contexto y siendo atribución del Ministerio de Cultura, disponer acciones para fomentar el acceso a la cultura y difundir la expresión de nuestra identidad nacional, resulta conveniente establecer una tarifa promocional de S/. 0.00 (Cero Soles), que permita el

CULTURA
Disponen el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el día 13 de mayo de 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 179-2016-MC Lima, 3 de mayo de 2016 VISTOS; el Memorando Nº 181-2016-D-MTRS-PENLVMPCIC/MC de fecha 15 de abril de 2016 emitido por la Dirección del Museo Tumbas Reales de Sipán; el Informe Nº 041-2016-DE-UE005-PENL-VMPCIC-MC de fecha 18

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