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587308 NORMAS LEGALES Sábado 14 de mayo de 2016 / El Peruano Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo, la remisión del texto íntegro del ROF modi fi cado para su publicación en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe; y a la Secretaría de Comunicación e Imagen institucional para su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1379700-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Designan el Comité Electoral que conducirá el proceso de elección de los representan-tes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital -CCLD DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2016-MDSL San Luis, 6 de mayo de 2016EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS: VISTO:El Informe Nº 68-2016-MDSL-SGIPV, de la Sub Ge- rencia de Imagen y Participación Vecinal, el Informe N° 188-2016-MDSL-GAL de la Gerencia de Asesoría Legal, el Memorándum N° 336-2016-MDSL-GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el articulo 102° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Consejo de Coor-dinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades distritales y está inte-grado por el Alcalde Distrital, los regidores distritales, los Alcaldes de Centros Poblados de la respectiva jurisdic-ción distrital y los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital con funciones y atribuciones que señala la presente ley: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 006-2016- MDSL, de fecha 30 de marzo de 2016 se convoca al pro-ceso de selección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Luis para el período 2016-2018, aprobándose el cro-nograma; Que, mediante Ordenanza Nº 197-MDSL se aprobó el Reglamento de Conformación del Consejo de Coordina-ción Local del Distrito de San Luis, para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital para el período 2016-2018; la misma que en su artículo 22° faculta al Al-calde para que designe el comité que conducirá las elec-ciones de los representantes de la Sociedad Civil; Que, con informe Nº 188-2016-MDSL-GAL de la Ge- rencia de Asesoría Legal opina que mediante Decreto de Alcaldía se designe a los integrantes del Comité Electoral que conducirán el proceso de elección de los represen-tantes de Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito de San Luis, por estar conforme a lo dispuesto en los ar-tículos 102° al 105° de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, y a lo previsto en la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, y a lo señalado en la Ordenanza Municipal Nº 197-MDSL, norma que aprobó el Reglamento de Conformación del Consejo de Coordina-ción Local Distrital; Que, estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20°, así como en los artículos 39º y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero: DESIGNAR con e fi cacia anticipada al 30 de marzo del 2016 el COMITÉ ELECTORAL que conducirá el proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital -CCLD, el mismo que está conformado pon MIEMBROS TITULARES: - GERENTE MUNICIPAL PRESIDENTE - GERENTE DE ASESORÍA LEGAL SECRETARIO- SUB GERENTE DE IMAGEN Y PARTICIPACIÓN VECINAL VOCAL MIEMBROS SUPLENTES:- GERENTE DE PLANEAMIENTO PRESUPUESTO E INFORMÁTICA - SECRETARÍA GENERAL Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Mu- nicipal, Secretaría General y a la Sub Gerencia de Ima-gen y Participación Vecinal, el cumplimiento del presente Decreto Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del pre- sente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1379802-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Otorgan beneficios tributarios para pago de Arbitrios a contribuyentes con limitaciones económicas ORDENANZA Nº 310 /MDSM San Miguel, 21 de abril de 2016EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELEL Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme lo establecido en los incisos 8) y 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; así como, crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, el artículo 40º del mismo cuerpo normativo señala que, las ordenanzas de las municipalidades distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la