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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 (04/11/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 7

603433 NORMAS LEGALES Viernes 4 de noviembre de 2016 El Peruano / Artículo 9. Autorización para destino de recursos de proyectos de inversión pública a cargo de gobiernos regionales y gobiernos locales Autorízase a los pliegos gobiernos regionales y gobiernos locales habilitados con la transferencia de partidas autorizada mediante el Decreto Supremo 161-2016-EF, al amparo del artículo 1 de la Ley 30458, a destinar los recursos transferidos para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública priorizados por dichos pliegos, siempre que cuenten con saldos disponibles, conforme a los supuestos establecidos en el párrafo 3.7 del numeral 3 de la Resolución Directoral 002-2016-EF/50.01, modifi cada por la Resolución Directoral 009-2016-EF/50.01 y que los proyectos de inversión pública a ser fi nanciados cumplan con lo dispuesto en los literales a) y b) del párrafo 3.8 del numeral 3 de la referida Resolución Directoral. Artículo 10. Autorización de uso de recursos del Fondo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional Autorízase a las unidades ejecutoras del Pliego 026 Ministerio de Defensa que recibieron recursos con cargo al Fondo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, en el marco del artículo 10 del Decreto de Urgencia 004- 2015, para las operaciones de preparación y respuesta ante el período de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, a lo siguiente: a) Hacer uso de los recursos logísticos (combustibles, lubricantes y repuestos) adquiridos y no utilizados al vencimiento de la vigencia del Decreto de Urgencia 004-2015, a favor de sus operaciones y acciones militares institucionales. b) Destinar los recursos al pago del Servicio de Deuda del Ministerio de Defensa. Para tal efecto, exceptúase a dicho Ministerio de lo establecido en el artículo 80 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 11. Autorización de modifi caciones presupuestarias para el levantamiento de información Línea de Base sobre el abastecimiento de agua y saneamiento en el ámbito rural, a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Autorízase al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para realizar en el presente año fi scal modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional hasta por la suma de S/ 16 464 530,00 (DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de los gobiernos regionales, para culminar el levantamiento de información que servirá para establecer la Línea de Base sobre el abastecimiento de agua y saneamiento en el ámbito rural, mediante la aplicación del “Cuestionario Sobre Abastecimiento de Agua y Saneamiento en el Ámbito Rural”. Las modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas en el párrafo precedente, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y del ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a propuesta de este último. Para efectos de lo establecido en el presente artículo, exceptúase al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de las limitaciones establecidas en el literal c) del párrafo 41.1 del artículo 41 y del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo 304-2012-EF y sus modifi catorias, y de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 12. Prórroga de la vigencia del artículo 2 de la Ley 28923 Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2017 el plazo a que se refi ere el artículo 2 de la Ley 28923, Ley que establece el régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios urbanos, modifi cado por la Ley 29320, Ley que modifi ca el artículo 21 de la Ley 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos, y ampliado por la Ley 29802, Ley que amplía la vigencia del régimen extraordinario al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), prevista en la Ley 28923, exonera el pago de tasas u otros cobros y otorga facultades excepcionales en materia de formalización en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, el cual comienza a computarse inmediatamente después del plazo actualmente vigente, a fi n de continuar con las labores de formalización de la propiedad predial urbana que permite el reforzamiento de la formalidad en el Perú. Artículo 13. Autorización para fi nanciar proyectos de inversión pública priorizados del Ministerio de Cultura Dispónese que los recursos destinados al fi nanciamiento del proyecto de inversión pública “Creación del servicio cultural de interpretación del patrimonio cultural del Perú a través de un complejo cultural en el terreno denominado El Chinchorro, Ciudad de Arica, Provincia de Arica, Región Arica y Parinacota, República de Chile” con código SNIP 348028 por el monto de S/ 19 386 200,00 (DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES) asignado al Pliego Ministerio de Cultura, mediante el literal a) del artículo 1 de la Ley 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, pueden fi nanciar proyectos de inversión pública priorizados por dicho sector. El Ministerio de Cultura estará a cargo del fi nanciamiento de la continuidad de los referidos proyectos de inversión pública, hasta su culminación, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Artículo 14. Modifi cación de la sexagésima tercera disposición complementaria fi nal de la Ley 30372 Modifícase la sexagésima tercera disposición complementaria fi nal de la Ley 30372, Ley del Presupuesto NIVEL DE GOBIERNO PLIEGO SNIP CÓDIGO DGPP PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA MONTO 2016 GOBIERNOS LOCALES 329,279,866 051102 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACCOMARCA 2,559,669 337937 2300705 AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO 2,559,669 DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE SANEAMIENTO EN LAS LOCALIDADES DE PONTURCO, PITECC Y ARAPACANCHA, DISTRITO DE ACCOMARCA-VILCAS HUAMÁN- AYACUCHO 050206 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TOTOS 1,457,254 220712 2226149 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL 1,457,254 SERVICIO DE AGUA POTABLE Y CONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLADO EN EL CENTRO POBLADO DE QUIÑASI, DISTRITO DE TOTOS, PROVINCIA DE CANGALLO - AYACUCHO