Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2016 (04/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Viernes 4 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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de la aplicación de políticas de gestión y estrategias de seguridad turística en la referida Cumbre, lo que permitirá promover la experiencia peruana en el desarrollo y articulación multisectorial de la Red de Protección al Turista, así como contribuir en la mejora de la planificación y coordinación en las áreas involucradas en brindar seguridad a nivel destino y con ello la consolidación de un destino turístico seguro y confiable tanto para viajes como para inversiones; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0562013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor José Wenceslao Jaimes Montero, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 05 al 11 de noviembre de 2016, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en la 10ma. Cumbre Ministerial sobre Turismo y Seguridad "Promoting Safe and Seamless Travel", a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos Viáticos (US$ 540,00 x 04 días) : : US$ US$ 2 061,60 2 160,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Jaimes Montero, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a la que asistirá. Asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1449173-1

Que, el Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento de los Servicios de Facilitación de Comercio Exterior a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE Segunda Etapa San Isidro Lima-Lima" con código SNIP N° 302578, se encuentra en la fase de inversión, conforme las disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública- SNIP; Que, mediante el Decreto Supremo N°101-2016EF se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por US$ 20 000 000,00 (veinte millones 00/100 dólares americanos), operación que está destinada a financiar parcialmente el referido Proyecto de Inversión Pública; Que, el Contrato de Préstamo N° 3546/OC-PE suscrito el 29 de abril de 2016 entre el Gobierno Peruano y el Banco Interamericano de Desarrollo para el Proyecto de Inversión Pública referido, establece diversas condiciones previas para efectivizar el primer desembolso, entre ellas, que el Organismo Ejecutor (MINCETUR) del Proyecto presente evidencia que se ha constituido la Unidad Ejecutora y esté conformada por personal técnico necesario, incluido el Coordinador General del Proyecto, de conformidad con los Términos de Referencia previamente acordados entre el Banco, el Ministerio de Economía y Finanzas y el MINCETUR; En ese sentido, mediante Oficio N° 619-2016-MINCETUR/SG, este Ministerio solicitó a la Dirección General de Presupuesto Público del MEF la creación de la Unidad Ejecutora: Ventanilla Única de Comercio Exterior- Segunda Etapa, en el Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la misma que fue considerada viable mediante Oficio N° 1162-2016EF/50.06, y que empezaría a operar a partir del año fiscal 2017; Que, en ese contexto y habiéndose cumplido con los criterios técnicos y requisitos señalados por el artículo 58 del T.U.O. de la Ley 28411, es pertinente formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 005: Ventanilla Única de Comercio Exterior - Segunda Etapa para la ejecución del proyecto de inversión pública "Mejoramiento de los Servicios de Facilitación de Comercio Exterior a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior ­ VUCE Segunda Etapa San Isidro Lima-Lima", la misma que será administrada por el Viceministerio de Comercio Exterior; Que, de conformidad con la Ley N° 27790- Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR y sus modificatorias, y el Decreto Supremo N° 304-2012EF que aprueba el T.U.O. de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalización de la creación de la Unidad Ejecutora Formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 005: Ventanilla Única de Comercio Exterior- Segunda Etapa, en el Pliego 035: MINCETUR; la misma que empezará a operar a partir del año fiscal 2017. Artículo 2.- Conformación del equipo técnico de la Unidad Ejecutora Conformar el equipo técnico que integrará la Unidad Ejecutora 005: Ventanilla Única de Comercio ExteriorSegunda Etapa, el cual como mínimo estará integrado, por: - Un Coordinador General del Proyecto, - Un Especialista en adquisiciones, - Un Especialista en gestión administrativa-contable, - Un Especialista en presupuesto, y - Un Especialista en tesorería Artículo 3.- Comunicación al Ministerio de Economía y Finanzas Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de

Formalizan la creación de la Unidad Ejecutora 005: Ventanilla Única de Comercio Exterior- Segunda Etapa; que operará a partir del año fiscal 2017, y conforman su equipo técnico
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 364-2016-MINCETUR/DM San Isidro, 2 de noviembre de 2016 Vistos, el Informe N° 01-2016-MINCETUR/VMCE/ DGFC/DVUCEPT/ALQ-YND y el Memorándum N° 488-2016-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR.

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