Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2016 (10/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Jueves 10 de noviembre de 2016 /

El Peruano

se comprometen a mantener, así como la propuesta de zonificación del Área de Conservación Privada. Artículo 4.- Las obligaciones que se derivan del reconocimiento del Área de Conservación Privada son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del área determina la aceptación por parte de los propietarios de las condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que, durante el plazo de vigencia del reconocimiento del Área de Conservación Privada, sean titulares o les sea otorgado algún derecho real sobre el mismo. Artículo 5.- En aplicación del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, los numerales 1 y 5 del artículo 2019 del Código Civil y el artículo 15 de las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privada, aprobadas por Resolución Presidencial Nº 199-2013-SERNANP, los propietarios procederán a inscribir en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, las cargas de las condiciones especiales de uso del Área de Conservación Privada "Sumac Inti", por un periodo de diez (10) años, según el siguiente detalle: 1. Usar el predio para los fines de conservación para los cuales ha sido reconocido. 2. Brindar al representante del SERNANP, o a quien éste designe, las facilidades que estén a su alcance para la supervisión del área de conservación privada. 3. Cumplir con el Plan Maestro, el mismo que tiene una vigencia de cinco (05) años renovables. 4. Presentar un informe anual de avances respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro. 5. Cumplir las demás obligaciones establecidas en la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0382001-AG, así como los compromisos asumidos ante el SERNANP y demás normas que se emitan al respecto. Artículo 6.- Lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no implica la convalidación de derecho real alguno sobre el área reconocida, así como tampoco constituye medio de prueba para el trámite que pretenda la formalización de la propiedad ante la autoridad competente. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1451630-1

(APEC), el Perú lidera el proyecto "Marco de Estándares Ocupacionales de APEC: Piloto en el sector viajes, turismo y hospitalidad", motivo por el cual se realizará del 22 al 25 de noviembre, en la ciudad de Brisbane, Mancomunidad de Australia, el primer workshop del referido proyecto; Que, el workshop promocionará al Perú como un país líder en el desarrollo de políticas de turismo, de acuerdo a lo establecido en el Plan Estratégico Nacional de Turismo 2016-2025, aprobado por Resolución Ministerial N° 231-2016-MINCETUR, ya que permitirá realizar negociaciones para que el Perú pueda brindar servicios turísticos competitivos a través de una fuerza laboral con competencias acordes a los estándares requeridos por los mercados de APEC, y de esa manera poder promocionar al Perú como un destino turístico de calidad internacional; Que, considerando lo expuesto, la participación del MINCETUR permitirá reforzar la imagen del Perú como Presidente del APEC 2016. Al respecto es preciso señalar que mediante Resolución Suprema N° 061-2014-RE, se declaró de interés nacional, el ejercicio por el Perú de la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asía Pacifico (APEC) durante el año 2016; Que, en ese sentido, el Viceministerio de Turismo a través del documento del visto, con el fin de brindar sus aportes técnicos en el marco de sus competencias, propone la participación de la señora Madeleine Rosa María Burns Vidaurrazaga, Directora Nacional del Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR, así como también la participación de la señorita Karina Patricia Morales Cuba, profesional de la Dirección de Facilitación y Cultura Turística de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo, en el referido workshop; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos de la señora Burns Vidaurrazaga serán asumidos por el Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR, con cargo a su presupuesto institucional; Que, es necesario encargar las funciones de la Dirección Nacional del CENFOTUR, en tanto dure la ausencia de su titular; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0562013-PCM. SE RESUELVE:

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante del CENFOTUR a Australia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 372-2016-MINCETUR Lima, 8 de noviembre de 2016 Visto, el Memorándum N° 1341-2016-MINCETUR/ VMT, del Viceministerio de Turismo, y; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; Que, en el marco de los compromisos asumidos dentro del Foro Económico de Cooperación Asia Pacífico

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Madeleine Rosa María Burns Vidaurrazaga, Directora Nacional del Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR, a la ciudad de Brisbane, Mancomunidad de Australia, del 19 al 26 de noviembre de 2016, para que en representación del CENFOTUR, participe en el workshop a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la autorización de viaje de la señora Madeleine Rosa María Burns Vidaurrazaga, son con cargo al presupuesto institucional del Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje : Viáticos (US$ 385.00 x 06 días) : US$ US$ 2,333.00 2,310.00

Artículo 3º.- Autorizar el viaje de la señorita Karina Patricia Morales Cuba, profesional de la Dirección de Facilitación y Cultura Turística de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo, a la ciudad de Brisbane, Mancomunidad de Australia, del 19 al 27 de noviembre de 2016, para que en

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