Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2016 (17/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Jueves 17 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Designan Sub Director de la Unidad de Tesorería de la Oficina de Administración de AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 260-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 16 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 073-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 16 de marzo de 2015, se designó a la señora Jeanethe Persis Castañeda Hernández, en el cargo de Sub Director de la Unidad de Tesorería de la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, la citada servidora ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, el mismo que se ha visto conveniente aceptar, así como designar a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia efectuada por señora Jeanethe Persis Castañeda Hernández, en el cargo de Sub Directora de la Unidad de Tesorería de la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al señor CPC Manuel Ramos Guillén en el cargo de Sub Director de la Unidad de Tesorería de la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE RODRIGUEZ LAVA Director Ejecutivo (e) Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL 1454707-5

Autorizan Transferencia Financiera del Programa Nacional de Innovación Agraria PNIA a favor de diversas entidades para la ejecución de proyectos de investigación
INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0209-2016-INIA Lima, 15 de noviembre de 2016 VISTOS: El Oficio N° 003-2016-INIA-PNIA/UPPS, de fecha 29 de septiembre de 2016, el Informe Técnico N° 067-2016-INIA-OPP/UPRE, de fecha 02 de noviembre de 2016, de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDOS: Que, mediante Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2016, se

aprobó entre otros, el Presupuesto del Pliego 163 Instituto Nacional de Innovación Agraria y por Resolución Jefatural N° 0315/2015-INIA, de fecha 29 de diciembre de 2015, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA de Gastos e Ingresos del Año Fiscal 2016 por el monto ascendente a S/ 193 059 403,00 (CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TRES y 00/100 SOLES) por toda fuente de financiamiento; Que, con Decreto Supremo N° 354-2013-EF, de fecha 27 de diciembre de 2013, se aprobó las operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento ­ BIRF hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinadas a financiar parcialmente el "Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA", a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Instituto Nacional de Innovación Agraria; Que, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8331-PE suscrito con el Banco Mundial, de fecha 15 de abril de 2014, se estableció dentro del Componente 2: Consolidación del Mercado para Innovación de Servicios, entre otros, la ejecución de los proyectos de investigación a través de los fondos concursables; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0180-2014-INIA, de fecha 27 de junio de 2014, ratificada con Resolución Ministerial N° 0547-2015-MINAGRI, de fecha 03 de noviembre de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA, y en el numeral 4.11 Siguientes Desembolsos del Capítulo C: Aspectos Financieros, dispuso que los siguientes desembolsos se efectuarán de acuerdo al cronograma respectivo en el Plan Operativo Anual (POA) y una vez aprobado el Informe Técnico Financiero (ITF) del paso crítico anterior. Asimismo, que los recursos financieros aportados por PNIA serán transferidos en cada oportunidad a la cuenta exclusiva que mantendrá la Entidad Ejecutora en una entidad financiera; Que, con Oficio N° 003-2016-INIA-PNIA/UPPS, de fecha 29 de septiembre de 2016, la Unidad de Planificación, Presupuesto y Sistemas de la Unidad Ejecutora 019 Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA solicitó la transferencia financiera a favor de las Unidades Ejecutoras: a) 001-1031: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza - Amazonas del Pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza, b) 001-53: Instituto de Investigación de la Amazonia Peruana ­ IIAP del Pliego 055: Instituto de Investigación de la Amazonia Peruana, c) 001-111: Universidad Nacional San Martin - Tarapoto del Pliego 533: Universidad Nacional San Martin - Tarapoto y d) 001-96: Universidad Nacional Agraria La Molina del Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina, por un monto total de S/ 3 303 711,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar la ejecución de catorce (14) proyectos de investigación en el marco del Contrato de Préstamo N° 8331-PE, con cargo al Proyecto de Inversión Pública N° 2194085 Consolidación del Sistema de Innovación Agraria; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza en el presente año fiscal la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras entre entidades que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente; Que, el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley Nº 30372, estableció que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 15.1 de la citada Ley, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriendo el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. De igual manera, la resolución del titular del pliego se publicará en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo 15° de la precitada Ley, señaló que la entidad pública que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme al presente artículo;

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