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604328 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2016 / El Peruano Designan Sub Director de la Unidad de Tesorería de la Oficina de Administración de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 260-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 16 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 073-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 16 de marzo de 2015, se designó a la señora Jeanethe Persis Castañeda Hernández, en el cargo de Sub Director de la Unidad de Tesorería de la O fi cina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, la citada servidora ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, el mismo que se ha visto conveniente aceptar, así como designar a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia efectuada por señora Jeanethe Persis Castañeda Hernández, en el cargo de Sub Directora de la Unidad de Tesorería de la O fi cina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al señor CPC Manuel Ramos Guillén en el cargo de Sub Director de la Unidad de Tesorería de la O fi cina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE RODRIGUEZ LAVA Director Ejecutivo (e)Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 1454707-5 Autorizan Transferencia Financiera del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA a favor de diversas entidades para la ejecución de proyectos de investigación INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0209-2016-INIA Lima, 15 de noviembre de 2016 VISTOS: El O fi cio N° 003-2016-INIA-PNIA/UPPS, de fecha 29 de septiembre de 2016, el Informe Técnico N° 067-2016-INIA-OPP/UPRE, de fecha 02 de noviembre de 2016, de la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDOS: Que, mediante Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2016, se aprobó entre otros, el Presupuesto del Pliego 163 Instituto Nacional de Innovación Agraria y por Resolución Jefatural N° 0315/2015-INIA, de fecha 29 de diciembre de 2015, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA de Gastos e Ingresos del Año Fiscal 2016 por el monto ascendente a S/ 193 059 403,00 (CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TRES y 00/100 SOLES) por toda fuente de fi nanciamiento; Que, con Decreto Supremo N° 354-2013-EF, de fecha 27 de diciembre de 2013, se aprobó las operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinadas a fi nanciar parcialmente el “Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA”, a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Instituto Nacional de Innovación Agraria; Que, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8331-PE suscrito con el Banco Mundial, de fecha 15 de abril de 2014, se estableció dentro del Componente 2: Consolidación del Mercado para Innovación de Servicios, entre otros, la ejecución de los proyectos de investigación a través de los fondos concursables; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0180-2014-INIA, de fecha 27 de junio de 2014, rati fi cada con Resolución Ministerial N° 0547-2015-MINAGRI, de fecha 03 de noviembre de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA, y en el numeral 4.11 Siguientes Desembolsos del Capítulo C: Aspectos Financieros, dispuso que los siguientes desembolsos se efectuarán de acuerdo al cronograma respectivo en el Plan Operativo Anual (POA) y una vez aprobado el Informe Técnico Financiero (ITF) del paso crítico anterior. Asimismo, que los recursos fi nancieros aportados por PNIA serán transferidos en cada oportunidad a la cuenta exclusiva que mantendrá la Entidad Ejecutora en una entidad fi nanciera; Que, con O fi cio N° 003-2016-INIA-PNIA/UPPS, de fecha 29 de septiembre de 2016, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto y Sistemas de la Unidad Ejecutora 019 Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA solicitó la transferencia fi nanciera a favor de las Unidades Ejecutoras: a) 001-1031: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza - Amazonas del Pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza, b) 001-53: Instituto de Investigación de la Amazonia Peruana – IIAP del Pliego 055: Instituto de Investigación de la Amazonia Peruana, c) 001-111: Universidad Nacional San Martin - Tarapoto del Pliego 533: Universidad Nacional San Martin - Tarapoto y d) 001-96: Universidad Nacional Agraria La Molina del Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina, por un monto total de S/ 3 303 711,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar la ejecución de catorce (14) proyectos de investigación en el marco del Contrato de Préstamo N° 8331-PE, con cargo al Proyecto de Inversión Pública N° 2194085 Consolidación del Sistema de Innovación Agraria; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza en el presente año fi scal la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras entre entidades que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones o fi ciales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente; Que, el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley Nº 30372, estableció que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 15.1 de la citada Ley, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriendo el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. De igual manera, la resolución del titular del pliego se publicará en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo 15° de la precitada Ley, señaló que la entidad pública que trans fi ere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia conforme al presente artículo;