Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2016 (17/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 17 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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delegación del Ministerio de Defensa que participará en la XV Reunión de Autoridades Nacionales de Acción Contra las Minas Antipersonal del Ecuador y del Perú, que se realizará en la ciudad de Quito, República del Ecuador, los días 21 y 22 de noviembre de 2016, autorizando su salida del país el 20 de noviembre y el retorno el 23 de noviembre de 2016. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes Lima ­ Quito (República del Ecuador) ­ Lima: US$ 698.32 x 2 personas (incluye TUUA) US$ 1,396.64 Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 3 días TOTAL: US$ 2,220.00 US$ 3,616.64

Artículo 3.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El personal autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1454894-6

INTERIOR
Autorizan viaje de oficial de la PNP a Francia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 395-2016-IN Lima, 16 de noviembre de 2016 VISTOS; el mensaje con referencia IPCQ 2016/668/ OSA/FPDM/DBMB/FLS/alr, de fecha 11 de octubre de 2016, de la Secretaría General de INTERPOL; y, el Memorándum N° 3360-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINTDIVBEC, de fecha 9 de noviembre de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante mensaje con referencia IPCQ 2016/668/OSA/FPDM/DBMB/FLS/alr, de fecha 11 de octubre de 2016, la Secretaría General de INTERPOL hace conocimiento de los Jefes de las Oficinas Centrales Nacionales de INTERPOL, que de acuerdo con las disposiciones del artículo 121 del Reglamento de

INTERPOL sobre el Tratamiento de Datos (RTD), todas las Oficinas Centrales Nacionales y todas las entidades nacionales e internacionales, deberán nombrar un (1) funcionario encargado de la protección de datos, a fin de que participe en una nueva sesión de formación sobre los cometidos del funcionario encargado de la protección de datos, a realizarse en la ciudad de Lyon - República Francesa, del 22 al 24 de noviembre de 2016; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 368-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 8 de noviembre de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior, en misión de estudios, del 20 al 24 de noviembre de 2016, a la ciudad de Lyon - República Francesa, de la Mayor de la Policía Nacional del Perú Osmara Denisse Rujel Zapata, para que participe en el evento académico indicado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum N° 3360-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 9 de noviembre de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba la propuesta mencionada en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente y señalando además que el mismo irroga gastos al Estado; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento académico indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, siendo por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto) y viáticos parciales, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo establece el Oficio Nº 6868-2016-DIREJADM-DIRECFIN-PNP/DIVPRE., de fecha 5 de noviembre de 2016; Que, el numeral 3) del artículo 13° del Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, asimismo el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, que aprueba el reglamento de viajes al exterior de personal Militar y Civil del sector Defensa, el mismo que se hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende entre otras, la modalidad Misión de Estudios; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, son canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

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