Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2016 (17/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Jueves 17 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Aprueban delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Camaná - Majes
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 286-2016-ANA Lima, 28 de octubre de 2016 VISTO: El Informe Técnico N° 037-2016-ANA-DCPRH-GRH/ GSB de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos sobre la delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Camaná - Majes; y, CONSIDERANDO: Que, según el artículo 17º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua cuenta con Autoridades Administrativas del Agua como órganos desconcentrados, que a su vez tienen Administraciones Locales de Agua, a través de los cuales ejerce presencia a nivel nacional; Que, el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, en el inciso 23.1 del artículo 23º establece que el ámbito territorial de las Administraciones Locales de Agua son aprobados por resolución jefatural; Que, la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, ratificó la delimitación del ámbito territorial de las Autoridades Administrativas del Agua efectuada por Resolución Jefatural N° 0546-2009-ANA, entre las cuales se aprobó la delimitación de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña; Que, con Informe del visto, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos alcanza el documento "Delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Camaná - Majes" que refiere que la propuesta de delimitación tiene como antecedente el ámbito jurisdiccional de la ex Administración Técnica Camaná Majes, creada mediante Resolución Ministerial N° 01121-76-AG, territorio que administrativamente estuvo en la Zona Agraria VI - Arequipa, posteriormente por Resolución Suprema N° 0065-93-AG, se conformó el nuevo distrito de riego Camaná Majes, que comprendió territorialmente el ámbito existente actualmente; Que, el ámbito de la Administración Local de Agua propuesta está comprendida íntegramente en el departamento de Arequipa; Que, la propuesta de delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Camaná - Majes, contribuirá con la gestión sostenible del recurso hídrico al establecer el ámbito de una Administración Local de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña, en la cual se administran los recursos hídricos y sus bienes asociados, razón por la cual resulta necesaria su aprobación; Que, la gestión integrada de los recursos hídricos es un proceso que promueve en el ámbito de la cuenca hidrográfica, el manejo y desarrollo coordinado del uso y aprovechamiento multisectorial del agua con los recursos naturales vinculados a ésta, orientado a lograr el desarrollo sostenible sin comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas, ello conforme dispone el artículo 6° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con el visto de la Secretaría General, Dirección de Administración de Recursos Hídricos, Oficina de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica, así como de conformidad con lo establecido en el inciso 15 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Camaná - Majes Aprobar la delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Camaná - Majes comprendida

en el ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña, de acuerdo al Estudio de Delimitación que forma parte integrante de la presente resolución así como el mapa anexo y conforme al siguiente detalle:
Autoridad Administrativa del Agua I Caplina Ocoña Administración Local de Agua Área (Km2) Sede Oficina % Adminisde AAA trativa Enlace Camaná - Aplao - Viraco

Camaná - Majes 10,407.33 11.18

Artículo 2°.- Publicación en el Portal Institucional Publíquese en el portal institucional de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob.pe, el documento "Delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Camaná - Majes", que sirve de sustento para la delimitación de la Administración Local de Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese, ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1454756-1

Prorrogan reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 297-2016-ANA Lima, 10 de noviembre de 2016 VISTO: El Oficio N° 677-2016-GG-PERPG/GRM, remitida por el Gerente General del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua sobre prórroga de reserva de recursos hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 del Artículo 15° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación; Que, según el numeral 208.1 del Artículo 208° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, la reserva de recursos hídricos se otorga por un periodo de dos años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motiven, debiéndose en cado prórroga descontar los volúmenes de agua de las licencias de uso de agua otorgadas con cargo a la reserva de recursos hídricos; Que, mediante la Resolución Jefatural N° 268-2014ANA de fecha 12 de setiembre de 2014, se prorrogó por el plazo de dos (02) años, a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua, reserva de agua superficial proveniente de los ríos Vizcachas, Chilota y Chincune, afluentes de la cuenca alta del río Tambo, así como de los ríos Tumilaca, Huaracane y Torata, afluentes del río Moquegua, por un volumen anual de 78,274 hm3 equivalente a un caudal medio de 2,482 m3/s, que incluye los caudales ecológicos de las fuentes de agua materia de la reserva; Que, a través del Oficio del Visto, recepcionado con fecha 15 de agosto de 2016, el Gerente General del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua, solicita la prórroga de la reserva de uso de agua otorgada mediante Resolución Jefatural N° 268-2014-ANA, ya que según manifiesta ha concluido la primera etapa del proyecto en un cien por ciento (100%) en sus dos fases, conforme se advierte del documento adjunto que acompaña a su solicitud, encontrándose a la fecha en ejecución la segunda etapa;

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