Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2016 (17/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Jueves 17 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

604329

Que, mediante Informe N° 067-2016-INIA-UPRE/OPP, de fecha 02 de noviembre de 2016, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto recomendó autorizar la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 3 303 711,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito de la Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA a favor de la Unidades Ejecutoras mencionadas en los literales a), b), c) y d) de la presente Resolución; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, que aprueba la Directiva Nº 005-2010EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral N° 030-2010EF/76.01 y modificada por las Resoluciones Directorales Nos. 022-2011-EF/50.01, 025-2013-EF/50.01, 023-2014EF/50.01, 027-2014-EF/50.01 y 030-2015-EF/50.01; en uso de las funciones y facultades consideradas en el artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI, y con las visaciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General del Instituto Nacional de Innovación Agraria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria ­ PNIA del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria hasta por la suma de S/ 3 303 711,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de la Unidades Ejecutoras: a) 001-1031: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza - Amazonas del Pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza, b) 001-53: Instituto de Investigación de la Amazonia Peruana ­ IIAP del Pliego 055: Instituto de Investigación de la Amazonia Peruana, c) 001-111: Universidad Nacional San Martin - Tarapoto del Pliego 533: Universidad Nacional San Martin - Tarapoto y d) 001-96: Universidad Nacional Agraria La Molina del Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina, para financiar la ejecución de catorce (14) proyectos de investigación en el marco del Contrato de Préstamo N° 8331-PE suscrito con el Banco Mundial, con cargo al Proyecto de Inversión Pública N° 2194085 Consolidación

del Sistema de Innovación Agraria, según Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Estructura Funcional Programática La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, se atenderá con cargo al presupuesto institucional del Ejercicio Fiscal 2016 del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria ­ PNIA, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias Que no Resultan en Productos, Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, para lo cual la Unidad de Administración de la Unidad Ejecutora 019: PNIA del Pliego 163 deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1° de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, en el ámbito de sus competencias, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15.3 del artículo 15° de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 5.- Información Los Pliegos autorizados en el artículo 1°, a través de sus Unidades Ejecutoras informarán a la Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria los avances físicos y financieros de las actividades realizadas con cargo a los recursos transferidos en la presente Resolución, de acuerdo al artículo 15° de la Ley N° 30372. Artículo 6°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovación Agraria (www.inia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO DANTE MAURER FOSSA Jefe

ANEXO N° 1 TRANFERENCIA FINANCIERA DEL FONDO CONCURSABLE DEL PIP 1 B.M - 2016
Fte Fto: ROOC UD Nro Proyecto de Investigación 1 VI 2 3 4 5 6 7 8 III 9 10 11 12 13 14 TOTAL 608,145.43 Fondos Concursables de Investigación Estratégica Universidad Nacional Agraria la Molina - UNALM Nombre de la Asoc. Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP Universidad Nacional de San Martín - Tarapoto Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP 2do Desembolso (Set - Oct) 199,600.15 148,173.00 134,892.46 125,479.82 539,102.55 304,942.10 307,221.51 360,063.08 232,223.37 216,000.00 120,805.69 106,157.90 358,693.58 150,355.80 2,695,565.57 3er Desembolso (Nov - Dic) Total 2do y 3er Desembolso 199,600.15 148,173.00 134,892.46 125,479.82 539,102.55 304,942.10 307,221.51 360,063.08 232,223.37 216,000.00 120,805.69 106,157.90 358,693.58 150,355.80 3,303,711.00

1454412-1

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