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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 (17/11/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 14

604332 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2016 / El Peruano Año de Aplicación (*)CategoríaDirectiva y NormaCicloNº de ruedas CO g/KmHC g/KmNOx g/KmMáximo CO% 2013-2016 ≥ 150 cc2000/51/ EC Euro II o mayorECE R402 5.5 1.0 0.3 _ 2013 en adelanteTodos2000/51/ EC Euro II o mayorECE R403 7.0 1.5 0.4 _ 2017 en adelante< 150 cc2000/51/EC Euro III o mayorECE R40a 2 2.0 0.8 0.15 _ 2017 en adelante≥ 150 cc2000/51/EC Euro III o mayorECE R40b 2 2.0 0.3 0.15 _ 2017 en adelanteVmax < 130 km/h2006/72/EC Euro III o mayorWMTCc2 2.62 0.75 0.17 _ 2017 en adelanteVmax ≥ 130 Km/h2006/72/EC Euro III o mayorWMTCc2 2.62 0.33 0.22 _ (*) NOTA: El año de aplicación se re fi ere a la fecha correspondiente al conocimiento de embarque y no a la fecha de incorporación al país. a: ciclo extrairbano en frío. b: ciclo urbano + extraurbano en frío.c: GTR No.2 (ECE/TRANS/180/Add2 del 30 Agosto 2005). Se aplica comoalternativa al ciclo ECE R40” (...) DEBE DECIR:Artículo 1.- Modi fi cación del Anexo N.° 1 del Decreto Supremo N.° 047-2001-MTC (…) ANEXO N.° 1 VALORES DE LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES (…) “II. LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA VEHÍCULOS NUEVOS QUE SE INCORPOREN (IMPORTADOS O PRODUCIDOS) A NUESTRO PARQUE AUTOMOTOR II.1 Alternativa A. VEHÍCULOS DE LAS CATEGORÍAS L3 A L5 CON MOTORES DE ENCENDIDO POR CHISPA DE DOS TIEMPOS QUE USAN MEZCLA DE GASOLINA – ACEITE COMO COMBUSTIBLE Y DE CUATRO TIEMPOS QUE USAN GASOLINA, GLP O GNV COMO COMBUSTIBLE. Año de Aplicación (*)CategoríaDirectiva y NormaCicloNº de ruedas CO g/KmHC g/KmNOx g/KmMáximo CO% 2013-2016 < 150 cc2002/51/ EC Euro II o mayorECE R402 5.5 1.2 0.3 _ 2013-2016 ≥ 150 cc2002/51/ EC Euro II o mayorECE R402 5.5 1.0 0.3 _ 2013 en adelanteTodos2002/51/ EC Euro II o mayorECE R403 7.0 1.5 0.4 _ 2017 en adelante< 150 cc2002/51/EC Euro III o mayorECE R40 a 2 2.0 0.8 0.15 _ 2017 en adelante≥ 150 cc2002/51/EC Euro III o mayorECE R40b 2 2.0 0.3 0.15 _ 2017 en adelanteVmax < 130 km/h2006/72/EC Euro III o mayorWMTCc2 2.62 0.75 0.17 _ 2017 en adelanteVmax ≥ 130 Km/h2006/72/EC Euro III o mayorWMTCc2 2.62 0.33 0.22 _ (*) NOTA: El año de aplicación se re fi ere a la fecha correspondiente al conocimiento de embarque y no a la fecha de incorporación al país. a: ciclo extraurbano en frío.b: ciclo urbano + extraurbano en frío.c: GTR No.2 (ECE/TRANS/180/Add2 del 30 Agosto 2005). Se aplica como alternativa al ciclo ECE R40” (…) 1454891-1CUL TURA Autorizan viaje de Coordinador en Artes Escénicas de la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 037-2016-MC Lima, 16 de noviembre de 2016CONSIDERANDO:Que, mediante comunicación N° OF.CNT/469/2016 de fecha 14 de setiembre de 2016, el Coordinador Nacional de Teatro del Instituto Nacional de Bellas Artes de la Secretaría de Cultura del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, invita a un representante del Ministerio de Cultura, a participar en la XXI Reunión Ordinaria del Comité Intergubernamental del Programa IBERESCENA, a llevarse a cabo en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 22 al 25 de noviembre de 2016; agregando que la citada Coordinación y la Secretaría General Iberoamericana asumirán los gastos de alojamiento, alimentación y traslados internos correspondientes; Que, el Fondo de Ayudas para las Artes Escénicas Iberoamericanas – IBERESCENA, es un programa multinacional de cooperación, que tiene como objetivo central fomentar el intercambio e integración de las artes escénicas iberoamericanas; siendo dirigido por un Comité Intergubernamental conformado por una autoridad designada por cada estado integrante, del cual Perú forma parte, y que de fi ne la política y las modalidades de ayuda y toma de decisiones de conformidad con las reglas contenidas en el Reglamento de Funciones del referido Programa; Que, el objetivo del evento es llevar a cabo la evaluación y elección de los proyectos inscritos en la Convocatoria 2016-2017, con el fi n de otorgar las ayudas en sus tres líneas: Coproducción de Espectáculos Iberoamericanos de Artes Escénicas; Redes, Festivales y Espacios Escénicos para la Programación de Espectáculos; y Creación Escénica Iberoamericana en Residencia; Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas a patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; creación cultural contemporánea y artes vivas; gestión cultural e industrias culturales; y, pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, en tal sentido, atendiendo a la naturaleza, temática e importancia del evento señalado, el Ministerio de Cultura ha considerado necesaria la participación del señor Carlos Andrés La Rosa Vásquez, Coordinador en Artes Escénicas de la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura; Que, el viaje del servidor antes señalado cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, en mérito a las consideraciones expuestas en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje del servidor antes mencionado; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;