Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2016 (17/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Jueves 17 de noviembre de 2016 /

El Peruano

a la ciudad de Chapeco, Brasil, para participar de la Visita técnica e intercambio de experiencias interinstitucionales sobre la realización de Ensayos de aptitud en marco de la acreditación de la Norma Internacional ISO/IEC 17043:2010 "Evaluación de la Conformidad - Requisitos generales para los ensayos de aptitud", a realizarse del 23 al 25 de noviembre de 2016, conforme al itinerario del viaje, y en atención a lo dispuesto por el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal de 2016; Que, la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, establece los casos excepcionales en que procede la autorización de viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos con cargo a recursos públicos, entre otros supuestos, cuando los viajes se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y la acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, la finalidad del viaje se enmarca dentro del supuesto de excepción citado en el considerando precedente, el mismo que se encuentra establecido en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, teniendo en consideración los argumentos contenidos en los informes técnicos emitidos por la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola, y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SANIPES, toda vez que la participación de los citados servidores en la visita técnica e intercambio de experiencias interinstitucionales en el Servicio Nacional de Industrias (SENAI) permitirán obtener las herramientas necesarias para la implementación de la Norma Internacional ISO/IEC 17043:2010 "Evaluación de la Conformidad - Requisitos generales para los ensayos de aptitud", lo que permitirá aportar a las medidas que se vienen implementando por parte de la Autoridad Sanitaria para el levantamiento de las restricciones en el mercado europeo impuestas por la DG SANTE; asimismo, dicha implementación permitirá a nuestro país contar con el primer Laboratorio de Referencia Internacional a cargo de la Autoridad Sanitaria, lo cual conllevaría a un mayor respaldo y confiabilidad de la sanidad e inocuidad de los productos de origen nacional, coadyuvando así a la apertura de nuevos mercados y a la realización de transacciones comerciales en beneficio de los productores peruanos nacionales; siendo esto de interés e importancia nacional; Que, en tal sentido, se advierte que la presencia de los servidores Daniel Enrique Morante Becerra y Gertrudez Sara Torres Cucho, a la ciudad de Chapeco, Brasil, para participar de la visita técnica e intercambio de experiencias interinstitucionales sobre la realización de Ensayos de aptitud en marco de la acreditación de la Norma Internacional ISO/IEC 17043:2010 "Evaluación de la Conformidad - Requisitos generales para los ensayos de aptitud", se encuentra enmarcado en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal de 2016, por tratarse de acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados servidores, a la ciudad de Chapeco, Brasil, del 21 al 26 de noviembre de 2016, de acuerdo al itinerario remitido por la Oficina de Administración, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administración, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30063, Ley que crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y en el ejercicio de la facultad prevista en el literales p) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones del SANIPES, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del servidor Daniel Enrique Morante Becerra, a la ciudad de Chapeco,

Brasil, del 21 al 26 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorizar el viaje de la servidora Gertrudez Sara Torres Cucho, a la ciudad de Chapeco, Brasil, del 21 al 26 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3°.- Los gastos que irroguen el cumplimiento del artículo precedente, estarán a cargo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, de acuerdo al siguiente detalle: Daniel Enrique Morante Becerra Pasajes aéreos Viáticos US$ 370 x 3 días Gastos de instalación 1 días Total Gertrudez Sara Torres Cucho Pasajes aéreos Viáticos US$ 370 x 3 días Gastos de instalación 1 días Total : : : S/ 5,691.20 S/ 3,885.00 S/ 1,295.00 -----------------S/ 10,871.20 : : : S/ 5,691.20 S/ 3,885.00 S/ 1,295.00 ----------------S/ 10,871.20

Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los servidores cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará a la Dirección Ejecutiva y a la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5º.- La presente Resolución de Dirección Ejecutiva no otorga derechos a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del SANIPES (www.sanipes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA GARCÍA BONILLA Directora Ejecutiva SANIPES 1454528-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 024-2016-PRODUCE Mediante Oficio Nº 1280-2016-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 024-2016-PRODUCE, publicado el 15 de noviembre de 2016. En la página N° 604175 DICE: "(...) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS (...) Segunda.- Modificación del artículo 3 del Decreto Supremo N° 009-2013-PRODUCE Modificar el artículo 3 del Decreto Supremo N° 009-2013-PRODUCE, cuyo texto queda redactado de la siguiente forma: "Artículo 3.- Obligación de comunicar presencia de juveniles y pesca incidental 3.1 (...)

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