Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2016 (23/11/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

604874

NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de noviembre de 2016 /

El Peruano

contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa

1

Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

1456335-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar
DECRETO SUPREMO Nº 316-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014, se autorizó al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales a otorgar, de manera excepcional, un Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) como reconocimiento de la mejora en el aprendizaje de los estudiantes de las instituciones educativas públicas durante el ejercicio anterior, a favor del personal directivo, jerárquico y docente, nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de educación básica regular con mejor desempeño; Que, con Decreto Supremo Nº 287-2014-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 203-2015-EF, se aprobó el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) y se establecieron los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento, así como otras disposiciones necesarias para su implementación, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014; Que, el numeral 21.1 del artículo 21 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza al Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2016, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES (S/ 2 920 187 717,00) para financiar, entre otros, lo señalado en el literal i) del referido numeral, relativo al financiamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar; asimismo, en el numeral 21.3 del citado artículo se establece que para la aplicación de lo antes señalado, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Finalmente, el numeral 21.4 del mismo artículo establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último, previa aprobación de las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la normatividad de la materia; Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autorizó, a partir de su vigencia, al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales a otorgar el Bono

de Incentivo al Desempeño Escolar, al que se refiere el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014 y conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 287-2014-EF y sus modificatorias; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30372, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 0047-2016-MINEDU/ SPE-OPEP-UFD, identifica las instituciones educativas participantes, el personal beneficiario para el otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, sobre la base de la información proporcionada por la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente y la Oficina General de Recursos Humanos, ambas del Ministerio de Educación; y determina el monto a ser transferido a los pliegos Gobiernos Regionales en el año fiscal 2016, para el financiamiento del citado bono; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 613-2016-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo del citado Bono; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 01368-2016-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público" y la base de datos remitida por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de CIENTO UN MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 101 529 924,00) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar al personal directivo, jerárquico y docente, nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de educación básica regular con mejor desempeño; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CIENTO UN MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 101 529 924,00) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar al personal directivo, jerárquico y docente, nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de educación básica regular con mejor desempeño; De conformidad con el artículo 21 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo Nº 287-2014-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 203-2015-EF; el artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.