Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2016 (23/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de noviembre de 2016 /

El Peruano

al Desempeño Escolar", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www. minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos materia de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Aplicación del Decreto Supremo N° 272-2016-EF La Transferencia de Partidas autorizada mediante el presente Decreto Supremo, se encuentra sujeta al límite para autorización de compromisos aprobado para el Sector Educación mediante el Anexo del Decreto Supremo N° 272-2016-EF. Artículo 5.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1456567-1

CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de fecha 25 de octubre de 2016 la Asociación Colombiana de Universidades, cursa invitación a la Directora General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación de la República del Perú, para participar en la Octava versión de la Conferencia Latinoamericana y del Caribe para la Internacionalización de la Educación Superior ­ LACHEC; así como en la Feria EXPO POSGRADOS Red Colombiana para la Internacionalización de la Educación Superior ­ RCI, que se desarrollarán del 24 al 26 de noviembre de 2016, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, en el 2016 LACHEC abordará el reto de la formulación de una política de internacionalización integral y armónica, en los niveles gubernamental e institucional, y en el marco de un contexto cada vez más complejo y exigente, en el que, por una parte las Instituciones de Educación Superior - IES enfrentan la demanda de generar una educación pertinente y con visión "glocal", y, por otra parte, la presión, por parte de gobierno y sociedad, de certificar y acreditar su calidad bajo estándares internacionales. Asimismo, la Feria EXPO POSGRADOS RCI es una feria estudiantil que permite a las Instituciones promover sus programas de posgrado abriendo la posibilidad de contar en un solo evento con la conexión con los directores de relaciones internacionales de las universidades colombianas, y con estudiantes en búsqueda del programa de posgrado más adecuado a su perfil; Que, la Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 194-2016-MINEDU/SG-OGCI, señala que resulta relevante la participación de la señorita SOFIA DESIREE JIMENEZ GUIMAREY, Especialista de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, toda vez que ésta redundará en el trabajo que realiza la citada Dirección General, permitiendo conocer otras experiencias a nivel de América Latina en materia de internacionalización, tanto en su implementación como en el diseño de políticas públicas, y ampliar los contactos del Ministerio de Educación en esta materia; Que, por lo expuesto y siendo de interés para la institución, resulta necesario autorizar el viaje de la señorita SOFIA DESIREE JIMENEZ GUIMAREY, Especialista de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, cuyos gastos de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación - Unidad Ejecutora: 024; Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señorita SOFIA DESIREE JIMENEZ GUIMAREY,

EDUCACION
Autorizan viaje de profesional a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 048-2016-MINEDU Lima, 22 de noviembre de 2016

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