Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2016 (23/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Miércoles 23 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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a la actividad extractiva realizada por embarcaciones pesqueras artesanales, de menor y mayor escala dentro de la citada área. Artículo 3.- El Instituto del Mar del Perú - IMARPE efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero. Artículo 4.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado, conforme al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 5.- Las Direcciones Generales de Políticas y Desarrollo Pesquero, de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto, de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo y de Supervisión y Fiscalización del Viceministerio de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1456455-1

Que, la APCI ha designado como representante a la señora Nancy Magaly Silva Sebastián, Directora de Políticas y Programas de la APCI, a fin que participe en el referido evento, por ser de interés institucional y acorde con las funciones que desarrolla la mencionada Entidad; Que, mediante Memorándum N.° 738-2016-APCI/ OGA del 09 de noviembre de 2016, la Oficina General de Administración de la APCI, informa el importe de los pasajes aéreos y viáticos de la citada comisión; asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante Memorándum N.° 524-2016-APCI/DEOPP y Memorándum N.º 527-2016-APCI/DE-OPP del 08 de noviembre de 2016, indica que se cuenta con la disponibilidad presupuestal; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 4246, del Despacho Viceministerial, de 14 de noviembre de 2016; y el Memorándum (DAE) N.° DAE1393/2016, de la Dirección General para Asuntos Económicos, del 11 de noviembre de 2016; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N.º 1057 que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.º 075-2008-PCM; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y la Ley N.° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007/RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Nancy Magaly Silva Sebastián, Directora de Políticas y Programas de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), a la ciudad de Nairobi, República de Kenia, del 28 de noviembre al 01 de diciembre de 2016, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, autorizando su salida del país del 26 de noviembre al 03 de diciembre de 2016. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje Aéreo clase económica (incluido impuestos) S/. 8 316,69 Viáticos por día US$ 480,00 Total de Viáticos US$ 2 880, 00

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionaria de la APCI a Kenia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1037/RE-2016 Lima, 16 de noviembre de 2016 VISTO: El Memorándum N.° 511-2016/APCI-DE, de 11 de noviembre de 2016, remitido por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y la Comunicación N° AEG/1/1/01 de 31 de octubre de 2016, del Gobierno de la República de Kenia, con relación a la Segunda Reunión de Alto Nivel de la Alianza Global para la Cooperación Eficaz al Desarrollo (AGCED), a realizarse del 28 de noviembre al 01 de diciembre de 2016, en la ciudad de Nairobi, República de Kenia; CONSIDERANDO: Que, el propósito de la Segunda Reunión de Alto Nivel de la Alianza Global para la Cooperación Eficaz al Desarrollo (AGCED) es efectuar un balance sobre la implementación de los principios y compromisos de la eficacia al desarrollo, proporcionar un espacio de aprendizaje sobre la eficacia del desarrollo, identificar los enfoques innovadores para el desarrollo sostenible, y posicionar a la AGCED para contribuir eficazmente a la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y de la Agenda de Acción de Addis Abeba, entre otras actividades a ser desarrolladas en el marco del tema central "El empoderamiento de la mujer y la juventud: inclusión e integración para el aceleramiento y eficacia del desarrollo'';

Nombres y Apellidos Nancy Magaly Silva Sebastián

N.º de días 4+2

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la señora Nancy Magaly Silva Sebastián deberá informar al Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, y presentar un Informe al Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1455764-1

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