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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 (26/11/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 35

605189 NORMAS LEGALES Sábado 26 de noviembre de 2016 El Peruano / Prácticas de Manufactura / Planes de agronegocio; viii) Siembra y alevinaje / Producción y engorde / Salazón de pescado; ix) Cosecha-post cosecha; x) Procesamiento primario del pescado; xi) Proceso del seco-salado/ Ahumado del pescado; y, xii) Procesos de transformación de frutas; y cuatro (04) servicios de asistencia técnica denominados: i) Siembra y alevinaje; ii) Producción y engorde; iii) Cosecha-post cosecha; y, iv) Procesos de transformación de frutas, teniendo en cuenta que dichos servicios se encuentran dentro de sus funciones; Que, mediante el Informe N° 192-2016-ITP/OPPM, de fecha 21 de noviembre de 2016, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para la aprobación del “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo Maynas – CITEproductivo Maynas”; Que, mediante el Informe N° 488-2016-ITP/OAJ, de fecha 23 de noviembre de 2016, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable, para la aprobación del Tarifario antes mencionado, al encontrarse los servicios contenidos en el mismo, dentro de las funciones del ITP y cumplirse con los supuestos establecidos en la normatividad vigente sobre la materia; Con la visación de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifi ca su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; el Decreto Supremo Nº 088-2001- PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo Maynas – CITEproductivo Maynas”, conforme se detalla a continuación: Nº DENOMINACIÓN DEL SERVICIO Unidad de Medida Valor de Servicio (soles) % UIT SERVICIOS DE CAPACITACIÓN 001 Diseño, construcción y acondicionamiento de estanques acuícolas Servicio 29.45 0.7456 002 Determinación de la rentabilidad y sostenibilidad de la actividad acuícola/pesquera Servicio 36.91 0.9345 003 Gestión Empresarial con fomento de negocios asociativos Servicio 43.21 1.0940 004 Manejo de reproductores y reproducción inducida de peces amazónicos Servicio 27.73 0.7021 005 Elaboración de plan de cultivo por campaña Servicio 30.03 0.7603 006 Importancia de la cadena de frio Servicio 18.86 0.4775 007 Buenas Prácticas de Manufactura / Planes de agronegocio Servicio 48.83 1.2363 008 Siembra y alevinaje / Producción y engorde / Salazón de pescado Servicio 17.89 0.4529 009 Cosecha-post cosecha Servicio 19.61 0.4964 010 Procesamiento primario del pescado Servicio 16.17 0.4093 011 Proceso del seco-salado/Ahumado del pescado Servicio 21.33 0.5400 012 Procesos de transformación de frutas Servicio 23.17 0.5865 Nº DENOMINACIÓN DEL SERVICIO Unidad de Medida Valor de Servicio (soles) % UIT SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA 013 Siembra y alevinaje Servicio 176.10 4.4582 014 Producción y engorde Servicio 305.10 7.7241 015 Cosecha-post cosecha Servicio 201.90 5.1114 016 Procesos de transformación de frutas Servicio 252.70 6.3975 Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y en el mismo día, en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVAN CASTILLEJO LEGTIG Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción 1457707-1 Aprueban el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa - CITEpesquero Amazónico Pucallpa” RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 232-2016-ITP/DE Callao, 25 de noviembre de 2016 VISTOS: El Informe N° 007-2016-ITP/CITEPESQUERO AMAZONICO PUCALLPA, de fecha 11 de noviembre de 2016, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa - CITEpesquero Amazónico Pucallpa; el Informe N° 193- 2016-ITP/OPPM, de fecha 21 de noviembre de 2016, emitido por la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 489-2016-ITP/OAJ, de fecha 23 de noviembre de 2016, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 92 se crea el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP) y de conformidad con la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, se modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); asimismo, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228 “Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE”, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, los CITE públicos son órganos desconcentrados del ITP; Que, por Resolución Ministerial Nº 054-2016-PRODUCE, se crea el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa - CITEpesquero Amazónico Pucallpa”; Que, el ITP tiene entre sus recursos los provenientes de la prestación de servicios, conforme lo dispone el literal d) del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 92; y los CITE tienen como función, brindar asistencia técnica y capacitación en relación a procesos, productos, servicios, mejora de diseño, calidad, entre otros, de acuerdo a lo dispuesto por el literal a) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo