Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2016 (02/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 2 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600625

señala que: "Los gobiernos locales organizan el ejercicio de sus funciones ambientales, considerando el diseño y la estructuración de sus órganos internos o comisiones, en base a sus recursos, necesidades y el carácter transversal de la gestión ambiental. Deben implementar un Sistema Local de Gestión Ambiental, integrando a las entidades públicas y privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad civil, en el ámbito de actuación del gobierno local"; Que, el Artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece que: "17.1) Los gobiernos regionales y locales aprueban la creación, el ámbito, la composición y las funciones de las Comisiones Ambientales Regionales -CAR- y de las Comisiones Ambientales Municipales -CAM-, respectivamente, 17.2) El Ministerio del Ambiente apoya el cumplimiento de los objetivos de las CAR y de las CAM, en el marco de la Política Ambiental Nacional, manteniendo estrecha coordinación con ellas"; Que, mediante Ordenanza Nº 089-2009-MLV, de fecha 30 de Octubre de 2009, se crea la Comisión Ambiental Municipal del distrito de La Victoria, como la instancia de gestión ambiental en la jurisdicción, incluyendo en dicho documento las funciones de la comisión, conformación de la comisión, representación de los miembros y la elaboración de los instrumento de gestión; Que, mediante Ordenanza Nº 238-2016/MLV, de fecha 27 de Junio de 2016, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria; designando a la Gerencia de Servicios a la Ciudad como Gerencia de Gestión Ambiental; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 007-2016A/MLV, de fecha 27 de Junio de 2016, se aprueba el Reglamento de la Comisión Ambiental Municipal (CAM) del Distrito de La Victoria; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 539-2016-A/ MLV, de fecha 10 de Agosto de 2016, se reconoce a los miembros titulares y alternos de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de La Victoria; Que, mediante Informe Nº 01-2016-CAM-MLV, de fecha 18 de Agosto de 2016, el Presidente de la Comisión Ambiental Municipal solicita la aprobación de los instrumentos de gestión ambiental del distrito: Diagnóstico Ambiental Local, Política Ambiental Local, Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local; los mismos que han sido validados por los miembros integrantes de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito y formulados en el marco del sistema nacional y regional de gestión ambiental; Que, mediante Informe Nº 110-2016-SGPDO-GPP/ MDLV, de fecha 25 de Agosto de 2016, el Subgerente de Planeamiento y Desarrollo Organizacional opina que los instrumentos de gestión ambiental elaborados por la Comisión Ambiental Municipal, se articulan con las políticas ambientales tanto de carácter metropolitano así como lo establecido en el Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito; y que su aprobación permitirá contar con lineamientos en materia ambiental que den claridad a medida que mitiguen los efectos del cambio climático, residuos sólidos, entre otros, y así mejorar la calidad ambiental en el distrito; Que, mediante Informe Nº 488-2016-GAJ/MDLV, de fecha 29 de Agosto de 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la aprobación mediante Ordenanza los instrumentos de gestión ambiental que son: a) El Diagnóstico Ambiental Local, b) La Política Ambiental Local, c) El Plan de Acción Local Ambiental y d) La Agenda Ambiental Local, recomendando poner en consideración del concejo municipal a efectos de que delibere su aprobación en ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 8), Artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8) DEL Artículo 9º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES ­ LEY Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA

SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo Primero.- Aprobar el Diagnóstico Ambiental Local del Distrito de La Victoria que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar la Política Ambiental Local del Distrito de La Victoria que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Aprobar el Plan de Acción Ambiental Local del Distrito de La Victoria que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Aprobar la Agenda Ambiental Local del Distrito de La Victoria que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- Encargar a Gerencia Municipal, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Comisión Ambiental Municipal y demás órganos competentes el efectivo cumplimiento y ejecución de los instrumentos de gestión, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Sexto.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía efectúe las modificaciones y/o adecuaciones que correspondan para el mejor cumplimiento del plan aprobado en el artículo precedente. Artículo Sétimo.- Encargar a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación de la Presente Ordenanza y el texto completo de los instrumentos de gestión aprobados en el portal institucional de la Municipalidad de La Victoria www.munilavictoria.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1436082-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios en la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho
ORDENANZA Nº 337 San Juan de Lurigancho, 28 de setiembre de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 28 de setiembre de 2016, el Memorándum Nº 01493-2016-GM/MDSJL de fecha 26 de setiembre de 2016, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 051-2016-GAT/MDSJL de fecha 12 de setiembre de 2016, y Memorándum Nº 465-2016GAT/MDSJL de fecha 21 de setiembre de 2016, ambos de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 0330-2016-GP/MDSJL de fecha 20 de setiembre de 2016 de la Gerencia de Planificación, el Informe Nº 055-2016-SGECT-GAT/MDSJL de fecha 09 de agosto de 2016, de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva Tributaria, el Informe Nº 515-2016-SGCOyS-GDE/MDSJL de fecha 21 de setiembre de 2016 de la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, el Informe Nº 128-2016-SGECA/GDE/MDSJL de fecha 22 de setiembre de 2016, de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva

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