Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2016 (02/10/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Domingo 2 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600619

Decreto Supremo Nº 064-83-AG), dentro del Distrito de Huicungo, Provincia de Mariscal Cáceres, Región San Martín; no obstante, el sitio arqueológico conocido como Gran Pajatén fue previamente reconocido como Patrimonio Cultural de la Nación en el año 1983, según Ley Nº 23633, siendo que el 14 de diciembre de 1990, el Parque Nacional del Río Abiseo fue declarado por la UNESCO como sitio de Patrimonio Natural de la Humanidad y con fecha 12 diciembre de 1992 fue declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad, definiéndose luego su área de amortiguación, que comprende 672,713.40 hectáreas. Que, los objetivos del Parque Nacional del Río Abiseo son los que se mencionan en el Plan Operativo 1990-1992 (aprobado mediante Resolución Directoral Nº 014-91-AG/ DGFF, de fecha 22 de marzo de 1991) y con actual vigencia en su Plan Maestro 2014-2019 (aprobado por Resolución Presidencial Nº 073-2014-SERNANP), encargándose de fomentar y apoyar la investigación de los recursos naturales y culturales, conservar los recursos naturales y culturales, las bellezas escénicas y paisajísticas del Parque, en particular el complejo arqueológico del Gran Pajatén y los Pinchudos; igualmente, apoyar la recreación al aire libre y el turismo, minimizando el impacto que pudiera causar sobre los recursos del área. Promover el desarrollo rural integrado de las poblaciones adyacentes, basado en el uso sostenible de los recursos naturales y culturales de la zona. Que, el Parque Nacional Río Abiseo, inicia sus actividades en base a su Plan Maestro 2003 - 2007, el mismo que contemplaba los componentes ambiental y cultural. Que, mediante Informe Nº 355-2003-CG/MAC, denominado "Contribuyendo a la mejora de la Gestión del Instituto Nacional de Cultura, respecto a la Protección, Conservación y Defensa del Complejo Arqueológico del Gran Pajatén. Lima-Perú, 2003", emitido por la Gerencia de Medio Ambiente y Patrimonio Cultural de la Contraloría General de la República, en mérito del resultado de las observaciones y conclusiones más significativas, enuncia que: "el Complejo Arqueológico Gran Pajatén, está considerado como monumento arquitectónico prehispánico invalorable y no renovable, definido además como Paisaje Histórico Cultural; sin embargo, después de cuarenta (40) años desde su descubrimiento al año 2016 (53 años), este complejo arqueológico se encuentra en un completo abandono con el riesgo de destruirse en su totalidad; situación generada por la falta de elaboración de un programa de investigación arqueológica permanentemente y de carácter multidisciplinario que permita establecer mecanismos de protección, cuidado y puesta en valor del lugar, garantizando un mayor tiempo de vida útil del sitio y conocimiento de las generaciones venideras" (Informe de Auditoría de la Contraloría General de la República a la Gestión del Patrimonio Cultural Complejo Arqueológico Gran Pajatén ­ INC ­ Informe Nº 355-2003-CG/MAC ­ 30.DIC.03 ­ pág. 06 y 07). Que, en conferencia de prensa celebrada el 8 de octubre de 2013, el presidente de la World Monument Found (WMF) anunció el World Monument Watch para los años 2014 - 2015, en esta lista y ante el demostrado abandono en que se encuentra El Gran Pajatén, fue incluido como patrimonio cultural de la humanidad en riesgo, declaración que según los especialistas constituye una diplomática llamada de atención a las autoridades nacionales, regionales y locales, con la finalidad de tomar acciones y una mayor conciencia con la finalidad de evitar que El Gran Pajatén pierda la Categoría de Patrimonio Cultural de la Humanidad. Que, en la actualidad, el Parque Nacional Río Abiseo, desarrolla sus actividades en base a su Plan Maestro 2014 - 2019, aprobado por Resolución Presidencial Nº 073-2014-SERNANP, que en lo pertinente a su componente ambiental se contempla aspectos básicos de gestión cultural; en el numeral 7 de los Ejes de Gestión del Parque Nacional del Río Abiseo, del Ítem 3 Estrategias y Compromisos para la Implementación del Plan Maestro se indica: "Los Gobiernos Regionales y Municipales establecen compromisos presupuestales para la gestión integral del Parque Nacional Río Abiseo por medio de presupuestos participativos, proyectos de inversión pública".

Que, el Plan Maestro 2014 - 2019 del Parque Nacional Río Abiseo permite la intervención y actividades en la Zona Histórico Cultural (HC) enfocadas a asegurar la protección y conservación del valor universal y excepcional del patrimonio cultural y natural del Parque Nacional Río Abiseo, a través del desarrollo de acciones y proyectos de documentación, investigación y conservación con sujeción a los principios y criterios de la normativa nacional e internacional de protección del patrimonio cultural y nacional, debiendo ser aprobados por las instancias del Ministerio de Cultura y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado SERNANP, según competencias; asimismo, permite la prospección arqueológica para la identificación, registro y documentación de sitios arqueológicos de la zona HC; el levantamiento topográfico de sitios arqueológicos con fines de investigación, catastro, protección y conservación; proyectos de conservación preventiva y de emergencia, proyectos de investigación y conservación integral de los sitios arqueológicos del Gran Pajatén, Los Pinchudos, La Playa, Paredones y de otros sitios arqueológicos del Área Histórico Cultural 1 (HC1) y Área Histórico Cultural 3 (HC3). Que, el artículo 46 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales define que las funciones específicas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia; de igual modo, su artículo 47 establece las funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, disponiendo que entre sus funciones está formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la Región así como declarar, proteger, conservar y promover en coordinación con los Gobiernos Locales y los organismos correspondientes, el patrimonio cultural regional y local. Que, la subsidiariedad, como principio de la Ley de Bases de la Descentralización, reconoce que el gobierno más cercano a la población es el más idóneo para ejercer las distintas funciones que le competen al Estado; por consiguiente, el Gobierno Nacional no debe asumir competencias que pueden ser cumplidas eficientemente por los Gobiernos Regionales y estos, a su vez, no deben involucrarse en realizar acciones que pueden ser ejecutadas eficientemente por los Gobiernos Locales, evitando la duplicidad de funciones. Que, el inciso n) del artículo 10 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, indica que son funciones exclusivas de los Gobiernos Regionales la promoción y el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad y como funciones compartidas, la gestión sostenible de los recursos naturales y el mejoramiento de la calidad ambiental. Que, por Resolución Gerencial Regional Nº 0212014-GRSM/GRDS, se aprueba institucionalmente los Lineamientos de Política Cultural de la Región San Martín, elaborados en base a los lineamientos de política cultural de la nación, en cuyo séptimo lineamiento "Protección y puesta en valor del Patrimonio Cultural de la Región San Martín" se dispone "que promueva la investigación, preservación, conservación y difusión del patrimonio cultural material e inmaterial, arqueológico, histórico y artístico, tomando nota del énfasis que debe ponerse en los restos de los períodos prehispánicos, debido a su carácter singular y único en la historia de la humanidad"; asimismo, en el octavo lineamiento "El Turismo Interno y Externo como Medio de Promoción del Patrimonio Cultural y las Artes", dispone "sentar las bases y posicionar al departamento de San Martín como un destino de turismo cultural nacional e internacional que, a través del aprovechamiento de su diversidad y riqueza cultural, genere dinámicas de desarrollo local y cadenas productivas sostenibles que promuevan la competitividad del patrimonio y la identidad regional. Que, en dicha Resolución Gerencial Regional se aprueba también el Plan de Desarrollo Cultural de la Región San Martín, que propone en su cuarto programa: Patrimonio Cultural y Desarrollo Económico y Social, la protección y puesta en valor del patrimonio cultural de la Región San Martín y fomentar el turismo interno y externo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.