Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2016 (02/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 2 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600617

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
Modifican Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP P de Unidades Ejecutoras, para nombramiento de profesionales de la Salud, Técnicos y Auxiliares Asistenciales
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2016-GRSM/CR Moyobamba, 15 de agosto de 2016 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 8.1 literal h) de la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, se autorizó el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud ­ CLAS, definidos a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 11531; Que, para efectos de la ejecución del proceso de nombramiento, el numeral 8.4 del artículo 8º de la Ley Nº 30372, precisa que el Ministerio de Salud aprueba los lineamientos sobre la composición del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud a ser nombrado. Precisa a su vez que hasta el 31 de marzo de 2016, el Ministerio de Salud remitirá al Ministerio de Economía y Finanzas, la relación nominal del personal comprendido en la referida disposición; Que, con Resolución Ministerial Nº 136-2016-MINSA, el Ministerio de Salud aprobó los "Lineamientos para la composición del 20% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud ­ CLAS, en el marco del nombramiento dispuesto en la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016" y el "Cronograma de Actividades para el Nombramiento 2016"; Que, en el numeral 5.11 de las Disposiciones Complementarias de los Lineamientos antes indicados, se establece que para la aplicación del nombramiento señalado en el literal g)2 del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 30372 ­ Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las oficinas de recursos humanos o las que hagan sus veces deberán cumplir con determinados requisitos al momento del nombramiento; siendo uno de ellos, el contar con cargos previstos para el personal de la salud considerado apto al nombramiento, para lo cual deberá contarse con el Cuadro para Asignación

de Personal Provisional (CAP- P) sobre la base de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, que aprueba "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad" aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE. Concordante a ello, el "Cronograma de Actividades para el Nombramiento 2016" prevé como parte de las actividades que conlleva la aplicación del nombramiento señalado en el literal g)3 del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 30372 ­ Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, la "aprobación del Cuadro de Asignación de Personal provisional ­ CAP-P por parte de los Gobiernos Regionales"; Que, con Oficio Nº 2053-2016-DG-DDRH-DIRES/ SM, de fecha 08 de julio de 2016, el Director Regional de la Dirección Regional de Salud, remite a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional San Martín los proyectos de Cuadros de Asignación de Personal Provisional ­ CAP-P para nombramiento 2016 de las Unidades Ejecutoras ­ Unidad Ejecutora 400 Salud San Martín, Unidad Ejecutora 401 Salud Alto Mayo, Unidad Ejecutora 402 Salud Huallaga Central; Unidad Ejecutora 403 Salud Alto Huallaga y la Unidad Ejecutora 404 Hospital II-2 Tarapoto ­ de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de San Martín; mismos que cuentan con opinión favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR4; Que, con Informe Nº 0013-2016-GRSM/GRDS-SRFM, de fecha 11 de julio de 2016, la Especialista Temática en Salud de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de San Martín, concluye que el Cuadro de Asignación de Personal Provisional ­ CAP-P para nombramiento 2016 de las U.E de Salud San Martín, al contar con la opinión favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, debe seguir su trámite. Que, con Nota Informativa Nº 124-2016-GRSM/SGDI, de fecha 15 de julio de 2016, la Sub Gerente de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, recomienda otorgar la conformidad respectiva y opinión favorable para continuar con los trámites de aprobación mediante Ordenanza Regional, previa opinión de la Oficina Regional de Asesoría Legal; Que, la Oficina Regional de Asesoría Legal vía Informe Legal Nº 856-2016-GRSM/ORAL, de fecha 01 de agosto de 2016, emite opinión favorable sobre la Propuesta de modificación de los Cuadros de Asignación de Personal Provisional (CAP-P), correspondiente a las cinco (05) Unidades Ejecutoras ­ Unidad Ejecutora 400 Salud San Martín, Unidad Ejecutora 401 Salud Alto Mayo, Unidad Ejecutora 402 Salud Huallaga Central; Unidad Ejecutora 403 Salud Alto Huallaga y la Unidad Ejecutora 404 Hospital II-2 Tarapoto ­ de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de San Martín; por consiguiente, recomienda remitir los actuados al Consejo Regional de San Martín para su aprobación respectiva mediante Ordenanza Regional; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 ­, prescribe en su artículo 15º literal a) que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador, teniendo como una de sus atribuciones: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia..."; en consecuencia, corresponde dictar una Ordenanza Regional que apruebe la modificación del Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP Provisional de Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional de San Martín para nombramiento de profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud; Que, mediante Informe Legal Nº 033-2016-SCRGRSM/ALE, de fecha 02 de agosto del presente año, el Asesor Legal Externo del Consejo Regional de San Martín opina que VÍA ORDENANZA REGIONAL se apruebe la modificación del Cuadro de Asignación de Personal­ CAP Provisional de Unidades Ejecutoras de Salud del
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Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado. Entiéndase como literal h). Entiéndase como literal h). Informe Nº 075-2016-SERVIR/GDSRH, de fecha 22 de junio de 2016..

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