Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2016 (04/10/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

600702

NORMAS LEGALES

Martes 4 de octubre de 2016 /

El Peruano

Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1436801-21

Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 228-2016-TR Lima, 3 de octubre de 2016 VISTOS: El Informe N° 309-2016-TP/DE/UGPYTOSCFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; los Informes Nos. 955 y 957-2016-TP/ DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 446-2016-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio N° 1201-2016MTPE/3/24.1, del Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; el Oficio N° 930-2016-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 2804-2016MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema; Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, por el cual se aprueba el Manual de Operaciones del Programa, establece que el referido objetivo se cumplirá a través del financiamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica intensiva en mano de obra no calificada (MONC), los cuales son presentados por los gobiernos regionales y locales en el ámbito de sus jurisdicciones; Que, asimismo, el artículo 7 del citado Manual estableció como una de las modalidades de acceso al Programa a los proyectos No Concursables, los cuales serán seleccionados por un Comité Especial de acuerdo a los lineamientos que apruebe este Programa, en los cuales se establecerá el presupuesto, condiciones, procedimientos y plazos, siendo aplicable excepcionalmente a casos de infraestructura social y económica para mitigar los daños ocasionados por desastres naturales, crisis internacionales, entre otros; Que, el artículo 29 del referido Manual ha dispuesto que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores; Que, el inciso iv) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas

transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; estableciendo en el numeral 15.2 del citado artículo, que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0212016-TP/DE se aprueban las "Modalidades de Acceso al Programa y Distribución Presupuestal 2016", y a través de la Resolución Directoral N° 055-2016-TP/DE se aprueban los "Lineamientos de Intervención para Presentación de Proyectos en la Modalidad de Acción de Contingencia" y el "Manual de Procedimiento de Priorización de Proyectos de Acción de Contingencia"; Que, mediante Resolución Directoral N° 1082016-TP/DE, el Programa aprueba el financiamiento correspondiente al Aporte Total del Programa de tres (03) proyectos priorizados en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-81, a favor de organismos públicos, por la suma de S/ 2 300 000, 40 (Dos Millones Trescientos Mil con 40/100 Soles); Que, a través del Informe N° 309-2016-TP/DE/ UGPYTOS-CFATEP la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, considera procedente la transferencia financiera para los respectivos convenios de los tres (03) proyectos enunciados, lo cual implica un Aporte Total del Programa para la ejecución de proyectos de inversión pública ascendente a la suma de S/ 2 300 000, 40 (Dos Millones Trescientos Mil con 40/100 Soles), en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-81; Que, mediante los Informes Nos. 955 y 957-2016TP/DE/UGPPME/CFPP, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación señala que existe la disponibilidad presupuestal del Programa, conforme se observa en la Certificación de Crédito Presupuestario - CCP N° 652-2016, por el monto de S/ 2 300 000, 40 (Dos Millones Trescientos Mil con 40/100 Soles), para financiar los referidos proyectos; por lo que resulta factible aprobar la citada transferencia del Programa a favor de los organismos públicos, en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-81, los cuales se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; Que, mediante Informe N° 446-2016-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera procedente que se apruebe la transferencia financiera antes descrita; Que, mediante Oficio N° 930-2016-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe N° 854-2016-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y el Informe N° 2022016-MTPE/4/9.1, de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial solicitada; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 2804-2016-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.