Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2016 (04/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Martes 4 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

600729

por el cual en caso que la Municipalidad de Chorrillos se acogiera a la sétima disposición de la Ordenanza Nº 1533-MML; la Municipalidad de Chorrillos deberá contar con el acuerdo de concejo, la ordenanza que disponga la prorroga correspondiente y toda la documentación solicitada por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, estando dentro de los requisitos establecidos en la séptima Disposición Final de la Ordenanza Nº 1533MML publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de Junio de 2011; la Municipalidad Distrital de Chorrillos se acogerá a esta Disposición con la finalidad de que se PRORROGUE las Ordenanzas Nº 282-MDCH que fija el monto derecho de emisión mecanizada de la Hoja de Liquidación de los arbitrios municipales y Nº 283-MDCH que fija el monto emisión mecanizada de la Hoja de Liquidación del Impuesto Predial del ejercicio 2016; en el cual se mantendrán los mismos montos consignados por dos años consecutivos. Estando a los fundamentos antes expuesto, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por UNANIMIDAD de los Señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y Aprobación de Actas. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Prorroga de las Ordenanzas Nº 282-MDCH que fija el monto Derecho de Emisión Mecanizada de la Hoja de Liquidación de los Arbitrios Municipales y Nº 283-MDCH que fija el monto de Emisión Mecanizada de la Hoja de Liquidación del Impuesto Predial del ejercicio 2016; en el cual se mantendrán los mismos montos consignados por dos años consecutivos. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el 1º de Enero del 2017, previa publicación en el Diario Oficial el peruano el 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior. Artículo Tercero.- Publíquese la información que sustenta la emisión de la presente ordenanza que es materia de prorroga en la página Web de la Municipalidad Distrital de Chorrillos (www.munichorrillos.gob.pe) de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 19 de la Ordenanza Nº 1533-MML, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada con fecha 27 de Junio del 2011. Artículo Cuarto.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias. Artículo Quinto.- Encárguese a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Administración Tributaria y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1436269-1

Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, de esta Municipalidad, aprobado con Ordenanza Nº 343-MDJM del 20 de mayo del año 2010, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 310-MMLy difundido en el portal institucional, así como en el PSCE, por la gestión municipal precedente; Que, la fijación de plazos en las herramientas de gestión en las instituciones públicas, resulta de la costumbre, que se mantiene en el tiempo y lo mismo ocurrió con los tiempos establecidos para los procedimientos de. "Regulación de Habilitación Urbana" y "Constancia de Zonificación y Usos" fijados en Jesús María; Que, la Secretaria Técnica del INDECOPI con Resolución Nº569-2016/STCEB-INDECOPI de fecha 12 de setiembre del 2016, ha iniciado de oficio la apertura de un procedimiento por la imposición de barreras burocráticas presuntamente ilegales y/o carentes de razonabilidad a los plazos para resolver, fijados en los procedimientos "Regulación de Habilitación Urbana" y "Constancia de Zonificación y Usos" fijados en dicho TUPA; Que, la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano, analizan el caso y constatan que los plazos previstos en el TUPA de la Municipalidad de Jesús María, no recogen lo establecido en los artículos 14º y 23º de la ley Nº29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, modificada por la Ley Nº30494 y por tanto debe gestionarse su modificación; Que, en aplicación a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, numeral 38.5 que señala "Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo", y; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el reajuste del plazo de treinta (30) a cinco (05) días hábiles, para resolver el Procedimiento "Regulación de Habilitación Urbana", fijados en el TUPA institucional. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto el procedimiento "Constancia de Zonificación y Usos del TUPA institucional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación en el portal de la Municipalidad de Jesús María (www.munijesusmaria. com) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioslaciudadano.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1436246-1

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Aprueban reajuste de plazo para resolver el procedimiento "Regulación de Habilitación Urbana"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2016-MDJM Jesús María, 28 de setiembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA VISTO; el informe Nº 124 -2016-MDJM/GPDI de fecha 22 de setiembre y;

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Aprueban Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Punta Negra para el Año Fiscal 2017
ORDENANZA Nº 011-2016/MDPN Punta Negra, 27 de setiembre de 2016

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