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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016 (04/10/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

600733 NORMAS LEGALES Martes 4 de octubre de 2016 El Peruano / y similares.- Consiste en la reclusión en el área de internamiento municipal de aquellos vehículos en condición de desuso, carrocerías, chatarra, chasís o similares abandonados en la vía pública conforme a las disposiciones establecidas en la ordenanza respectiva. Siendo obligación exclusiva del infractor pagar la multa administrativa impuesta, y la suscripción del ACTA DE ENTREGA y del ACTA DE COMPROMISO en la cual se haga responsable de no reincidir en la misma conducta. (…)”. Séptima.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Octava.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia Tecnologías de la información y Comunicaciones y a la Gerencia de Imagen Institucional, su publicación en el Portal institucional de la Municipalidad de San Miguel y en el Portal del Estado Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1436408-2 Prorrogan beneficio tributario establecido en la Ordenanza N° 320/MDSM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2016 /MDSM San Miguel, 29 de setiembre de 2016EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;VISTOS, el memorando Nº 551-2016-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 152-2016-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el memorando Nº 930-2016-SG/MDSM emitido por la Secretaría General, el memorando Nº 545-2016-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 116-2016-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que mediante Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, se sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y se resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 320/MDSM publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 13 de setiembre de 2016, se aprobó el “Bene fi cio de Saneamiento de Deudas Tributarias en el distrito de San Miguel y establece bene fi cios para regularizar las deudas en vía coactiva”, el cual tiene como fecha de vencimiento el 30 de setiembre de 2016; Que, ante la petición de los contribuyentes, quienes solicitan se prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 320/MDSM, a fi n de que se pongan al día con sus obligaciones tributarias; y, siendo política de esta Entidad brindar mayores bene fi cios a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones, resulta necesario prorrogar la vigencia de la misma hasta el 31 de octubre de 2016; Que, estando con los vistos buenos de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de Administración y Finanzas y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo 1º.- PRORROGAR el Bene fi cio establecido en la Ordenanza Nº 320/MDSM hasta el 31 de octubre de 2016.Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Gerencia de Calidad de Servicios, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a las subgerencias a su cargo, el cabal cumplimiento del presente decreto. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente decreto en el Diario O fi cial El Peruano y, en simultáneo, el texto íntegro del documento en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1436408-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Prorrogan vigencia del Programa de Incentivo Tributario “Cumple Más Paga Menos 2016” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 16-2016-MPC-AL Callao, 30 de septiembre de 2016EL ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 021- 2016, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 02 de septiembre de 2016, se establece el Programa de Incentivo Tributario “Cumple Más Paga Menos 2016”; Que, la Segunda Disposición Final de la acotada Ordenanza faculta al Alcalde a dictar las disposiciones complementarias, mediante Decreto de Alcaldía, para su adecuada aplicación y/o ampliación de su vigencia. Que, se ha veri fi cado que existe un número considerable de contribuyentes con la intención de acogerse a los bene fi cios otorgados mediante la citada Ordenanza Municipal; asimismo, mediante Informe N° 149-2016-MPC/GGATR del 30 de setiembre de 2016 la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas requiere la ampliación de los bene fi cios antes mencionados, hasta el 31 de octubre de 2016. Estando a lo expuesto y con el visto bueno de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1.- Prorrogar la vigencia del Programa de Incentivo Tributario “Cumple Más Paga Menos 2016” aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 021-2016 de fecha 18 de agosto de 2016, hasta el 31 de octubre de 2016. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 1436666-1