Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2016 (04/10/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Martes 4 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600733

y similares.- Consiste en la reclusión en el área de internamiento municipal de aquellos vehículos en condición de desuso, carrocerías, chatarra, chasís o similares abandonados en la vía pública conforme a las disposiciones establecidas en la ordenanza respectiva. Siendo obligación exclusiva del infractor pagar la multa administrativa impuesta, y la suscripción del ACTA DE ENTREGA y del ACTA DE COMPROMISO en la cual se haga responsable de no reincidir en la misma conducta. (...)". Séptima.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Octava.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia Tecnologías de la información y Comunicaciones y a la Gerencia de Imagen Institucional, su publicación en el Portal institucional de la Municipalidad de San Miguel y en el Portal del Estado Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1436408-2

Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Gerencia de Calidad de Servicios, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a las subgerencias a su cargo, el cabal cumplimiento del presente decreto. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente decreto en el Diario Oficial El Peruano y, en simultáneo, el texto íntegro del documento en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1436408-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Prorrogan vigencia del Programa de Incentivo Tributario "Cumple Más Paga Menos 2016"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 16-2016-MPC-AL Callao, 30 de septiembre de 2016 EL ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 0212016, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 02 de septiembre de 2016, se establece el Programa de Incentivo Tributario "Cumple Más Paga Menos 2016"; Que, la Segunda Disposición Final de la acotada Ordenanza faculta al Alcalde a dictar las disposiciones complementarias, mediante Decreto de Alcaldía, para su adecuada aplicación y/o ampliación de su vigencia. Que, se ha verificado que existe un número considerable de contribuyentes con la intención de acogerse a los beneficios otorgados mediante la citada Ordenanza Municipal; asimismo, mediante Informe N° 149-2016-MPC/GGATR del 30 de setiembre de 2016 la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas requiere la ampliación de los beneficios antes mencionados, hasta el 31 de octubre de 2016. Estando a lo expuesto y con el visto bueno de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1.- Prorrogar la vigencia del Programa de Incentivo Tributario "Cumple Más Paga Menos 2016" aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 021-2016 de fecha 18 de agosto de 2016, hasta el 31 de octubre de 2016. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 1436666-1

Prorrogan beneficio tributario establecido en la Ordenanza N° 320/MDSM
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2016 /MDSM San Miguel, 29 de setiembre de 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el memorando Nº 551-2016-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 1522016-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el memorando Nº 930-2016-SG/MDSM emitido por la Secretaría General, el memorando Nº 545-2016GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 116-2016-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que mediante Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, se sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y se resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 320/MDSM publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 13 de setiembre de 2016, se aprobó el "Beneficio de Saneamiento de Deudas Tributarias en el distrito de San Miguel y establece beneficios para regularizar las deudas en vía coactiva", el cual tiene como fecha de vencimiento el 30 de setiembre de 2016; Que, ante la petición de los contribuyentes, quienes solicitan se prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 320/ MDSM, a fin de que se pongan al día con sus obligaciones tributarias; y, siendo política de esta Entidad brindar mayores beneficios a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones, resulta necesario prorrogar la vigencia de la misma hasta el 31 de octubre de 2016; Que, estando con los vistos buenos de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de Administración y Finanzas y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR el Beneficio establecido en la Ordenanza Nº 320/MDSM hasta el 31 de octubre de 2016.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.