Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2016 (10/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 10 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

598961

Nicolás Ayllon (Carretera Central ) Nº 3990, constituido por el Lote 6A-1 Fundo Mayorazgo, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa LUBRIGAS S.R.L. debidamente representado por Don AMILCAR ALEJANDRO MANDUJANO PALOMINO, para ejecutar en el plazo de 36 meses contados a partir de la emisión de la presente resolución hasta el 08 de agosto del 2019 y bajo responsabilidad de la culminación de las obras faltantes de Habilitación Urbana en el terreno de 2,840.00 m2 teniendo en cuenta las características y especificaciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA : 2,840.00 m2 ÁREA ÚTIL : 2,258.57 m2 ÁREA DE VÍAS : 581.43 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al Área Bruta (2,840.00 m2) y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, para la zonificación Industrial, los aportes reglamentarios son los siguientes:
ORDENANZA Nº 836-MML % 5 3 2 (m2) 142.00 85.20 58.60

Sardineles.- Se construirá sardineles de 30 cm, de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera esté medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas técnicas NTE U.190 adecuaciones urbanísticas para personas con discapacidad aprobadas por R.M. Nº 069-2001MTC/15.04 de fecha 07 de febrero de 2001. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que previo a la Recepción de Obra de Habilitación Urbana la empresa deberá acreditar la cancelación del déficit del aporte de Parques Zonales y Renovación Urbana ante las entidades competentes de conformidad con el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML, quedando como garantía de pago el lote único. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 días calendario contados a partir de su notificación, a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Oficina Registral de Lima y Callao para los efectos de su Inscripción; a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones correspondientes; a SERPAR-LIMA, a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL IVAN RIVERA VILLENA Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones 1426234-1

APORTES Parques Zonales Renovación Urbana Otros Fines

PROYECTO (m2) ----------------------

DÉFICIT (m2) 142.00 85.20 58.60

* El déficit de Aportes correspondiente a Otros Fines ha sido cancelado según lo indicado en el sexto considerando. * El déficit del aporte de Parques Zonales y Renovación Urbana será cancelado previo a la Recepción de Obra. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub Rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural, eliminando a que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0,20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2" Base.- Posterior a la capa anterior se ha colocado una capa de base afirmada de 0,20 m de espesor, compactados, provenientes de cantera seleccionada que contienen proporciones adecuadas de material grueso (con diámetro máximo de 1 ½"), finos y ligantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C, B, R, de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando de mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2" de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Será de concreto simple de 4" de espesor con una resistencia a la compresión axial de f'c = 140 kg/ cm2, construido sobre una base granular de 4" de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estandar.

MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 322-MDPH, que estableció Régimen de Incentivos Tributarios
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2016 Punta Hermosa, 31 de agosto de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO: El Informe Nº 088-2016-GAJ-MDPH de la Gerencia de Asesoría legal y el Informe Nº 084-2016-UEC-MDPH de la Oficina de Ejecutoria Coactiva. CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Art. 194º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la municipalidad, con las funciones y atribuciones que la ley le señala; Que, el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa que conforme a lo establecido por el numeral 4 del artículo 195º y el artículo 74º de la Constitución Política, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones yo tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 322-MDPH se estableció el Régimen de Incentivos Tributarios para

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