Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2016 (11/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Domingo 11 de setiembre de 2016 /

El Peruano

sus respectivas Especificaciones Técnicas de Operación ­ OPSPECS. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Técnicas de Operación ­ OPSPECS. Artículo 9º.- Si la administración verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 10º.- La empresa SERVICIOS AÉREOS RUIZ E.I.R.L., deberá cumplir con la obligación de constituir la garantía global que señala el Artículo 93º de la Ley Nº 27261, en los términos y condiciones que establece el Reglamento y dentro del plazo que señala el Artículo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligación determinará la automática revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 11º.- La empresa SERVICIOS AÉREOS RUIZ E.I.R.L. deberá presentar cada año el Balance de Situación, el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año siguiente. Artículo 12º.- La empresa SERVICIOS AÉREOS RUIZ E.I.R.L. está obligada a informar a la Dirección General de Aeronáutica Civil de cualquier cambio o modificación de accionistas, así como la variación de sus acciones y capital social. Artículo 13º.- La empresa SERVICIOS AÉREOS RUIZ E.I.R.L. deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 14º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil del Perú Ley Nº 27261, el Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO PEREZ WICHT SAN ROMÁN Director General de Aeronáutica Civil (e) 1418423-1

Otorgan a Helicopter Perú S.A.C. la modificación de su permiso de operación de aviación comercial: trabajo aéreo prospección, carga externa, agrícola, publicidad, inspección y vigilancia, defensa y protección de la fauna
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 413-2016-MTC/12 Lima, 16 de agosto del 2016 Vista la solicitud de la compañía HELICOPTER PERU S.A.C., sobre la Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo ­ Prospección, Carga Externa, Agrícola, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección de la Fauna; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 517-2014MTC/12 del 04 de noviembre del 2014 se otorgó a la compañía HELICOPTER PERU S.A.C. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo ­ Prospección, Carga Externa, Agrícola, Publicidad,

Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección de la Fauna, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 21 de noviembre del 2014; Que, dicha resolución fue modificada mediante Resolución Directoral Nº 131-2015-MTC/12 del 24 de marzo del 2015 en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, mediante Expediente Nº T-150926-2016 del 01 de junio del 2016 y Documento de Registro Nº E-1824382016 del 05 de julio del 2016 la empresa HELICOPTER PERÚ S.A.C., solicitó la Modificación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, según los términos del Memorando Nº 3112016-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 1112016-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 1325-2016MTC/12.LEG emitido por la abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Informe Nº 0902016-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 316-2016MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa HELICOPTER PERÚ S.A.C. la Modificación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo ­ Prospección, Carga Externa, Agrícola, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección de la Fauna en el sentido de incrementar el material aeronáutico a los ya autorizados de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: (Además de los ya autorizados) - Mi-8T Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 517-2014-MTC/12 del 04 de noviembre del 2014 y su modificatoria continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO PÉREZ WICHT SAN ROMÁN Director General de Aeronáutica Civil (e) 1421332-1

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