Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2016 (14/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de setiembre de 2016 /

El Peruano

en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Indiana, Las Amazonas y Mazán de la Provincia de Maynas, en el Departamento de Loreto; Que, mediante la Carta S/N, de fecha 04 de julio de 2016, la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Indiana y Presidenta de la "Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN" solicita la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Napo de la Provincia de Maynas, en el Departamento de Loreto, a ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, por Oficio N° 597-2016-PCM/SD la Secretaría de Descentralización remite el Informe N° 00122-2016PCM/SD-OGI que contiene las observaciones al trámite de inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Napo a la "Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN"; Que, mediante el Oficio N° 003-2016-P-RHFOLAMIN la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Indiana presenta los documentos para subsanar las observaciones en el trámite de inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Napo a la "Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de OrellanaLAMIN"; Que, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN", en su artículo Vigésimo Tercero, señala que la adhesión de una municipalidad procede según el siguiente procedimiento: a) Informe Técnico elaborado por la municipalidad solicitante, que exprese la viabilidad de la adhesión a la Mancomunidad Municipal y a su Estatuto, b) Acta de Sesión del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal, con el acuerdo de adhesión de la municipalidad solicitante y c) Ordenanza Municipal de la municipalidad solicitante, que ratifica la adhesión a la mancomunidad municipal y a su Estatuto, sustentada en el Informe Técnico y en el Acta de Sesión del Consejo Directivo; Que, el Informe Técnico presentado expresa la viabilidad para la adhesión de la Municipalidad Distrital de Napo a la "Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN"; Que, el Consejo Directivo mediante el Acta de Sesión Ordinaria, de fecha 22 de abril de 2016, expresó el acuerdo de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Napo a la "Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN"; Que, por la Ordenanza Municipal de Vistos la Municipalidad Distrital de Napo ratifica su adhesión a la "Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN"; Que, acorde con el Informe Nº 00148-2016­PCM/ SD-OGI se concluye que se han subsanado las observaciones al trámite de inscripción y que con los documentos presentados para la inscripción del acto de adhesión se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 9° del Reglamento del Registro, debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización que dispone la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Napo a la "Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 0632007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adhesión Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de la Municipalidad Distrital de Napo de la Provincia de Maynas, en el Departamento de

Loreto, a la "Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN". Artículo 2º.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN", está conformado como sigue: - Presidenta: Janet Reátegui Rivadeneyra, Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Indiana. - Director: Aldo Camilo Paino Inuma, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Las Amazonas - Director: Edward Reátegui Salas, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mazán. - Director: Alfonso Guevara Chota, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Napo. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico, el Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN" y la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Napo que ratifica la aprobación de su adhesión, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MARCELO CRUZADO SILVERII Secretario de Descentralización 1427500-4

AGRICULTURA Y RIEGO
Dan por concluida encargatura y designan Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0480-2016-MINAGRI Lima, 13 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0402-2016-MINAGRI, de fecha 26 de julio de 2016, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28 de julio de 2016, se encargó, a partir del 28 de julio de 2016, al señor Javier Erasmo Carmelo Ramos, actual Director General de la Oficina General de Administración, el puesto de Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Riego, en adición a sus funciones y, en tanto se designe al titular, siendo necesario dar por concluida la referida encargatura y oficializar la designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura conferida al señor Javier Erasmo Carmelo

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