Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2016 (22/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Jueves 22 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha contemplado la participación en la Feria Internacional de Turismo "ILTM International Luxury Travel Market Américas 2016", a realizarse en la Riviera Maya, Estados Unidos Mexicanos, del 26 al 29 de setiembre de 2016, con el objetivo de promover y posicionar al Perú como un destino de lujo, mediante la difusión de las novedades sobre nuestro destino, atractivos e infraestructura turística de lujo disponible; Que, es importante la participación en este evento, por tratarse de una de las ferias de mayor relevancia en segmento de lujo, por su trayectoria, ubicación y dinámica de trabajo, presentaciones y citas pre concertadas, permite dar continuidad a los contactos establecidos a fin de promover la comercialización de nuestro país entre las agencias y tour operadores mexicanas, con la finalidad de posicionar al Perú como un destino auténtico y especializado en el turismo de alta gama, mediante la difusión de novedades en infraestructura turística de lujo disponible y servicio de alto nivel; Que, por tal razón, la Dirección de Promoción del Turismo de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Angiela María Díaz Palomares, quien presta servicios en dicha Dirección, a la Riviera Maya, Estados Unidos Mexicanos, para que en representación de PROMPERÚ, desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en la feria antes mencionada; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señora Angiela María Díaz Palomares, a la Riviera Maya, Estados Unidos Mexicanos, del 25 de setiembre al 1º de octubre de 2016, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante la feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Angiela María Díaz Palomares Pasajes aéreos Clase Económica US $ 814,00 Viáticos día 440,00 N° días 5 Total Viáticos 2 200,00

Díaz Palomares, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General 1431076-1

SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES
Delegan facultades en el Secretario General y en el Jefe de la Oficina de Administración del SENACE para el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 094-2016-SENACE/J Lima, 21 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, como un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que el Titular de una Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la norma correspondiente; Que, de conformidad con el artículo 8 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, sus competencias en materia de contratación pública, con excepción de la declaración de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, la aprobación de las contrataciones directas salvo aquellas que disponga el reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación, y los otros supuestos que se establezcan en el Reglamento de la Ley N° 30225; Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM, señala que la Jefatura es la máxima autoridad ejecutiva, ejerce la representación legal y la titularidad del pliego de la entidad; asimismo, el artículo 12 del citado instrumento de gestión determina que el Jefe del Senace puede delegar internamente una o más funciones, en lo que resulte pertinente y en concordancia con la normativa vigente; Que, mediante Resolución Jefatural N° 008-2016-SENACE/J, se delega en la Secretaria General y en la Jefa de la Oficina de Administración del Senace, funciones y atribuciones para el Año Fiscal 2016; Que, con el propósito de garantizar una adecuada gestión en la administración de los recursos asignados que permitan al Senace cumplir de manera oportuna y eficaz las funciones establecidas en su norma de creación y en los respectivos instrumentos de gestión institucional, resulta necesario reordenar la delegación de funciones efectuadas a la Secretaria General y a la Jefa de la Oficina de Administración del Senace, correspondiendo,

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Angiela María

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