Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2016 (22/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Jueves 22 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

599723

GOBIERNOS LOCALES

jurisdiccional el cumplimiento de lo ordenado en la Sentencia del Tribunal Constitucional. POR TANTO

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que declara inaplicable la Ordenanza N° 1099-MML que estableció el reajuste integral de la zonificación y uso de suelo del distrito de Chaclacayo
ORDENANZA N° 1990 LA TENIENTE ALCALDE METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 15 de setiembre de 2016, los Dictámenes Nos. 117-2016-MMLCMAL y 56-2016-MML-CMDUVN de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA INAPLICABLE LA ORDENANZA N° 1099-MML PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO EL 12 DE DICIEMBRE DE 2007 QUE ESTABLECIÓ EL REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACIÓN Y USO DE SUELO DEL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- Declarar inaplicable la Ordenanza N° 1099-MML, que estableció el reajuste integral de la zonificación y uso de suelo del Distrito de Chaclacayo, en cumplimiento a lo resuelto por la Sentencia del Tribunal Constitucional, de fecha 5 de noviembre del 2012, en el Expediente N° 00239-2010PA/TC, en vía de Recurso de Agravio Constitucional, interpuesto por la Empresa Promotora e Inmobiliaria Town House S.A.C., respecto de los terrenos inscritos en las Partidas Electrónicas Nos. 11049950, 11204004, 11204005, 11204007 y 11801181, del Registro de Predios de Lima, en concordancia con lo normado en el artículo 35° de la Ordenanza N° 620-MML, que aprueba la Reglamentación del Proceso del Plan de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano de Lima, y con lo normado en el artículo 21°, Segundo Párrafo, de la Ordenanza N° 1862-MML, que regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima, así como de Zonificación de los Usos del Suelo de Lima, y se proceda a restituir la calificación de Zona Especial de Habilitación Restringida (ZEHR), normada en el anterior Plano de Zonificación del Distrito de Chaclacayo 19901996, cuyos Parámetros Urbanísticos y Edificatorios se encuentran detallados en el numeral 4., literal f, del Oficio N° 0680-15-MML-IMP-DE, del Instituto Metropolitano de Planificación (IMP), de fecha 20 de julio del 2015. Artículo Segundo.- Disponer que el Instituto Metropolitano de Planificación (IMP), incorpore en el Plano de Zonificación del Distrito de Chaclacayo, las modificaciones aprobadas en el Artículo Primero de la presente Ordenanza, dentro del plazo de Ley normado en el artículo 132°, Numeral 3, de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444. Artículo Tercero.- Encargar a la Procuraduría Pública de la Municipalidad Metropolitana de Lima, una vez culminado el procedimiento señalado en el artículo precedente, que ponga en conocimiento del órgano

Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 15 de setiembre de 2016 CARMEN PATRICIA JUAREZ GALLEGOS Teniente Alcalde Encargada de la Alcaldía 1431188-1

Aprueban desafectación de área ubicada en el distrito de Lurín
ORDENANZA N° 1991 LA TENIENTE ALCALDE METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 15 de setiembre de 2016, el Dictamen N° 53-2016-CMDUVN, de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen N° 115-2016-MML ­CMAL, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales. Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN DE UN ÁREA EN EL DISTRITO DE LURÍN Artículo Único.- Aprobar la desafectación del área de 25.20 m2, calificada Vía de Circulación, ubicado en la calle Islas Ballenas Mz. A20, Lote 05, 4ta. Etapa, AA. HH. Nuevo Lurín, Km. 40 y Anexos, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, en concordancia con Ordenanza Nº 296-MML, de fecha 23 de diciembre del año 2000. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 15 SET. 2016. CARMEN PATRICIA JUAREZ GALLEGOS Teniente Alcalde Encargada de la Alcaldía 1431190-1

Encargan a especialista las funciones de brindar acceso a la información pública del SAT
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00003797 Lima, 15 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225 se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de

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