Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2016 (22/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Jueves 22 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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en tal sentido, dejar sin efecto la Resolución Jefatural antes señalada y emitir una nueva con la delegación de funciones asignadas al Titular de la Entidad hasta la culminación del Año Fiscal 2016; Con el visado de la Secretaría General; de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; de la Oficina de Administración; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 3502015-EF; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el/la Secretario/a General del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace para el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades: 1.1 Facultades en materia presupuestal a) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, en el marco de lo dispuesto en el artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 1.2 Facultades en materia de contrataciones del Estado a) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a sesenta y cinco (65) UIT, dentro del marco normativo que regula las contrataciones del Estado. 1.3 Facultades en materia administrativa a) Suscribir, modificar y resolver Convenios de Cooperación Interinstitucional, incluidas sus adendas, que coadyuven en la gestión administrativa, así como otros instrumentos de igual naturaleza. b) Conformar comités, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad, así como ­de ser el caso­ disponer la modificación de su respectiva conformación, a excepción de los regulados por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. c) Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 1534: Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, de acuerdo a la normativa aprobada por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público. d) Aprobar el requerimiento de contratación de personal sujeto al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. e) Conformar la Junta Electoral encargada de conducir el proceso de elección de los representantes de los trabajadores, titulares y alternos, que integrarán el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Senace. Artículo 2.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace para el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades: 2.1 Facultades en materia de contrataciones del Estado a) Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones, y supervisar periódicamente su ejecución, en el marco de lo establecido en las disposiciones que aprueba el Organismos Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE.

b) Aprobar la estandarización de los bienes y servicios a ser contratados por la Entidad. c) Aprobar los expedientes técnicos para el caso de obras. d) Aprobar las contrataciones directas previstas en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. e) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección. f) Designar a los miembros integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como modificar su composición. g) Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección. h) Aprobar las bases de los procedimientos de selección. i) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección. j) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes o servicios hasta por el límite permitido por la normativa de contrataciones del Estado. k) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes o servicios hasta por el límite permitido por la normativa de contrataciones del Estado. l) Suscribir los contratos y adendas derivados de los procedimientos de selección regulados por la normativa de contrataciones del Estado. m) Celebrar contratos complementarios de bienes y servicios. n) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual derivados de contratación pública. o) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta el máximo permitido en la normativa de contrataciones del Estado. p) Resolver los contratos relativos a la contratación de bienes y servicios por las causales reguladas en la normativa sobre contrataciones del Estado, así como efectuar los actos previos necesarios para cumplir dicha finalidad. q) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar la realización de las actuaciones preparatorias y/o los procedimientos de selección a entidades públicas, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. r) Suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas nacionales para contratar bienes y servicios en general en forma conjunta, a través de un procedimiento de selección único, así como, de ser el caso, recibir los requerimientos de las entidades participantes, consolidar y homogeneizar las características de los bienes y servicios en general, y otros actos establecidos en la normativa de contrataciones del Estado. 2.2 Facultades en materia administrativa a) Suscribir, en representación del Senace, los contratos del personal de la Entidad, así como sus respectivas prórrogas, adendas y/o modificaciones. b) Suscribir, en representación del Senace, los acuerdos resolutorios de los contratos de personal, en aquellos casos que exista mutuo acuerdo. c) Comunicar, en representación del Senace, la decisión de extinguir los contratos del personal de la Entidad. d) Autorizar el otorgamiento de licencias, con goce o sin goce de haber, que solicite el personal del Senace. e) Aprobar el rol anual de vacaciones de los trabajadores del Senace. f) Aprobar el proceso de evaluación de desempeño del personal del Senace. g) Aprobar el reconocimiento de derechos, beneficios, bonificaciones, remuneraciones, obligaciones sociales, deberes, bienestar e incentivos de los trabajadores; así como, las liquidaciones de beneficios sociales. h) Aprobar el Programa de bienestar social y desarrollo humano dirigido al personal del Senace. i) Aprobar la cancelación de los procesos que se convoquen para la contratación de personal sujeto al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios.

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