Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2017 (03/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Lunes 3 de abril de 2017 /

El Peruano

Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Gonzalo Antonio Martín Gambirazio Marquina, con matrícula número N-4356, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "EI Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1503445-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Modifican la Ordenanza N° 984 y modificatorias en relación al Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y la Ordenanza N° 812 y modificatorias, que aprueba el ROF de la Municipalidad Metropolitana de Lima
ORDENANZA N° 2036 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 30 de marzo de 2017, los dictámenes Nos. 19-2017-MMLCMAL y 35-2017-MML-CMAEO de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Asuntos Económicos y Organización; y en uso de las atribuciones establecidas en el numeral 8 del artículo 9º y artículo 157º de la Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias; Aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 984 Y MODIFICATORIAS EN RELACIÓN AL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RASA) DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, Y LA ORDENANZA Nº 812 Y MODIFICATORIAS, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Primero.- MODIFICACIÓN DEL TÍTULO DE LA ORDENANZA Nº 984 Y MODIFICATORIAS Y EL ANEXO I Modifíquese el título de la Ordenanza Nº 984 y modificatorias y el Anexo I, el cual quedará redactado conforme a lo siguiente: "Ordenanza N° 984-MML y modificatorias ­ Ordenanza que aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima" y el "Anexo I: Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Metropolitana de Lima". Artículo Segundo.- MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS DE LA ORDENANZA Nº 984 Y MODIFICATORIAS Modifíquese los artículos 10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15°, 16°, 17°, 18°, 19°, 20°, 21°, 22°, 28°, 31°, 33° y 34° de la Ordenanza Nº 984-MML y modificatorias ­ Ordenanza que aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a lo siguiente: "Artículo 10º.- INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA Toda conducta que por acción u omisión signifique el incumplimiento total o parcial de las disposiciones municipales administrativas que establecen obligaciones y/o prohibiciones de naturaleza administrativa, debidamente tipificadas en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 11º.- SANCIÓN ADMINISTRATIVA Es la consecuencia jurídica punitiva de carácter administrativo, derivada de la constatación de una conducta infractora que vulnera y/o contraviene las disposiciones municipales administrativas.

Autorizan al Banco de Crédito del Perú el cierre de agencia ubicada en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 776-2017 Lima, 24 de febrero de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice el cierre de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú el cierre de la agencia "Plaza San Miguel" ubicada en el Centro Comercial Plaza San Miguel, Av. Mantaro tienda 16, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1504092-1

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