Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2017 (03/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Lunes 3 de abril de 2017 /

El Peruano

4. Detectar las conductas de los administrados que se configuren como infracciones y disponer medidas de carácter provisional, en atención a la normativa que regula la materia. 5. Imponer, suscribir y notificar las Resoluciones de Sanción Administrativa, en el marco de sus funciones como autoridad sancionadora de los procedimientos administrativos sancionadores a cargo de la Subgerencia. (...) SUBGERENCIA DE CONTROL DE SANCIONES (...) Artículo 170°.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Control de Sanciones las siguientes: 1. Programar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de seguimiento de las resoluciones de sanción administrativa impuestas por la Subgerencia de Operaciones y Fiscalización. 2. Remitir al Servicio Administración Tributaria-SAT las Resoluciones de Sanción Administrativa expeditas para su cobro. 3. Ejecutar las medidas complementarias impuestas por infracciones a las disposiciones municipales de conformidad con la ley de la materia. (...) 5. Efectuar el seguimiento de las multas administrativas y medidas complementarias impuestas. 6. Coordinar con el Servicio de Administración Tributaria-SAT, las acciones correspondientes a la ejecución de las multas administrativas en los plazos establecidos. (...) 8. Resolver en primera instancia las impugnaciones presentadas en relación con las resoluciones de sanción

administrativas impuestas por infracción u omisión de las disposiciones municipales administrativas. (...)" DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Los Procedimientos iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se regirán por la normativa anterior hasta su conclusión con la emisión de la Resolución de Sanción, en caso corresponda. Segunda.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, el Anexo I: Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por la Ordenanza N° 984-MML y modificatorias - Ordenanza que aprobó Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se adecuará de forma inmediata a las disposiciones legales de la presente Ordenanza. En consecuencia, todas las conductas infractoras del referido cuadro se sujetarán al procedimiento previo de descargo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- En todo lo no previsto en la presente Ordenanza, se aplicará supletoriamente las disposiciones legales contenidas en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias; Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS y su Reglamento; así como, las demás normas que le sean aplicables.

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