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38 NORMAS LEGALES Sábado 8 de abril de 2017 / El Peruano coordinaciones necesarias con la Dirección de Protección de Carreteras de la Policía Nacional del Perú. Artículo 3.- Difusión El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, la Policía Nacional del Perú y el Consejo Nacional de Seguridad Vial, en el marco de sus competencias, realizarán las acciones de difusión para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario o fi cial “El Peruano”, y en los portales web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), de PROVIAS NACIONAL (www. proviasnac.gob.pe) y de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN (www.sutran.gob.pe), ésta última también procederá a la publicación de las vías alternas a la Carretera Central en su portal institucional. Artículo 5.- Vigencia La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1507349-1 ORGANISMOS EJECUTORES DESPACHO PRESIDENCIAL Aprueban reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial - CAP Provisional del DP RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 038-2017-DP/SG Lima, 7 de abril de 2017VISTO: el Informe N° 083-2017-DP-OGA/ORH, de la Ofi cina de Recursos Humanos, mediante el cual propone y sustenta el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial - CAP Provisional del DP, con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Décima Disposición Transitoria de la Ley N° 27573, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2002, se creó el Pliego Presupuestal denominado Despacho Presidencial con el objeto de atender los gastos e inversiones correspondientes a la Presidencia de la República; Que, el artículo 9 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Despacho Presidencial es responsable de la asistencia técnica y administrativa a la Presidencia de la República para el cumplimiento de sus competencias y funciones. El Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial determina las funciones generales, estructura orgánica, así como las relaciones entre los órganos que lo integran y su vinculación con las entidades públicas y privadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 077-2016-PCM se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Despacho Presidencial, así como el organigrama del mismo; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado dispositivo legal faculta al Despacho Presidencial a dictar, mediante Resolución de Secretaría General, las disposiciones complementarias para la adecuada implementación del citado Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Resolución Ministerial N° 143-2016- PCM se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial - CAP Provisional del DP, reordenado por Resolución de la Secretaría General de la Presidencia de la República N° 047-2016- DP/SGPR y por Resolución de Secretaría General N° 087-2016-DP/SG, de fecha 14 de diciembre de 2016; Que, el numeral 5 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, señala que las Entidades del Sector Público pueden realizar un reordenamiento de cargos contenidos en el CAP, el mismo que se puede generar por el cambio en los campos “N° de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Entidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 084-2016-PCM se precisa la designación y los límites de empleados de confi anza en las entidades públicas, en cuyo artículo 2 se establece que para el cálculo del cinco por ciento (5%) de empleados de con fi anza en las entidades públicas, establecido en el numeral 2) del artículo 4 de la Ley N° 28175, se entenderá como “servidores públicos existentes en cada entidad” a la sumatoria de los cargos ocupados y previstos en su Cuadro para Asignación de Personal o en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, más el número de servidores contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios de la misma entidad, a la fecha de publicación del citado dispositivo legal; Que, con fecha 2 de abril de 2017 se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”, el Decreto Supremo N° 037- 2017-PCM que modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, así como el organigrama del mismo; Que, al amparo de lo señalado en el considerando precedente, mediante Informe N° 083-2017-DP-OGA/ORH, la O fi cina de Recursos Humanos, propone y sustenta el reordenamiento de los cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial, en virtud de la aprobación de la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, así como de una nueva estructura orgánica del mismo, que incorpora nuevos órganos y unidades orgánicas en el Despacho Presidencial; precisando que la acción administrativa solicitada no demanda gastos adicionales en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Despacho Presidencial; Que, por las consideraciones antes expuestas y atendiendo que la propuesta formulada por la O fi cina de Recursos Humanos cuenta con las conformidades de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Despacho Presidencial, conforme al ámbito de sus competencias; se estima procedente aprobar la propuesta en mención para el cumplimiento de las funciones del Despacho Presidencial, teniendo en cuenta su naturaleza jurídica y fi nalidad; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 037- 2017-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad –CPE”,