Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2017 (08/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Sábado 8 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Por Resolución Administrativa Nº 245-2017-P-CSJLIMASUR/PJ, se dispuso, entre otras disposiciones, reasignar a la magistrada Natividad Chaupis Huaranga de Ricse como Juez Provisional del Juzgado Civil Transitorio de Villa El Salvador, a partir del 06 de febrero del año en curso. Dentro del marco de las atribuciones y obligaciones que asume este despacho, se encuentra cautelar la pronta administración de justicia, así como verificar el cumplimiento de las obligaciones de los magistrados del distrito judicial1; en ese sentido, habiéndose monitoreado y supervisado la medición del desempeño de nuestros magistrados de la especialidad de familia, se ha tomado la decisión de reasignar a algunos de ellos, a fin de mejorar y hacer más eficiente el servicio de administración de justicia en pro de los justiciables. En el caso de designaciones de Jueces Provisionales y Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, se debe precisar que éstas se realizan bajo un estricto análisis y evaluación de los perfiles de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la judicatura, para lo cual se tiene en consideración su capacidad e idoneidad, verificada a través de su trayectoria profesional (antecedentes penales, judiciales y disciplinarias); además de lo previsto en el artículo 2º de la Ley de la Carrera Judicial Nº 29277, y los requisitos exigidos por ley. El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial: SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la designación de la magistrada Flor de Ada Yaneth Acosta Miraval como Juez Provisional del Primer Juzgado de Familia Transitorio ubicado en el Distrito de Villa El Salvador, con efectividad 10 de abril del año en curso. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la designación de la magistrada Natividad Chaupis Huaranga de Ricse como Juez Provisional del Juzgado Civil Transitorio de Villa El Salvador, con efectividad 10 de abril del año en curso. Artículo Tercero.- REASIGNAR a la magistrada Natividad Chaupis Huaranga de Ricse como Juez Provisional del Primer Juzgado de Familia Transitorio ubicado en el distrito de Villa El Salvador, a partir del 10 de abril del año en curso.. Artículo Cuarto.- REASIGNAR a la magistrada Flor de Ada Yaneth Acosta Miraval como Juez Provisional del Juzgado Civil Transitorio de Villa El Salvador, a partir del 10 de abril del año en curso. Artículo Quinto.- DISPONER que bajo responsabilidad los magistrados reasignados, deberán presentar el inventario de los expedientes correspondientes a cada uno de los despachos conferidos, así como deberán proceder a la entrega inmediata de las credenciales de magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las mismas que serán devueltas a la Secretaria General de esta Corte Superior de Justicia, encargándose a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo en el extremo referido a la entrega del inventario respectivo. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Nacional de la Magistratura, Dirección General del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, al Jefe de la Oficina de

Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, a la Responsable de la Oficina de Personal y Magistrados de esta Corte, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MARCO FERNANDO CERNA BAZÁN Presidente

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Inc. 4 del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial

1506791-2

ORGANISMOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nulo Acuerdo de Concejo y todo lo actuado en procedimiento de vacancia seguido contra regidora del Concejo Distrital de Pozuzo, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco
RESOLUCIÓN Nº 0075 -2017-JNE Expediente Nº J-2016-00160-A02 POZUZO - OXAPAMPA - PASCO VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, trece de febrero de dos mil diecisiete VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Loida Edermina Tafur Lino, en contra del Acuerdo de Concejo Nº 020-2016-MDP/CM, del 8 de noviembre de 2016, que declaró que no procede la solicitud de vacancia contra Nelly Claudia Zavala Ramos, regidora del Concejo Distrital de Pozuzo, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, por las causales establecidas en los artículos 11 y 22, numerales 8 y 9, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista los Expedientes Nº J-2016-00160-T01 y Nº J-2016-00160-A01; y oídos los informes orales. ANTECEDENTES A. Expediente Nº J-2016-00160-T01 - Solicitud de vacancia Con fecha 25 de febrero de 2016 (fojas 1 a 7 del Expediente Nº J-2016-00160-T01), Loida Edermina Tafur Lino solicitó ante el Jurado Nacional de Elecciones el traslado del pedido de vacancia de Nelly Claudia Zavala Ramos, regidora del Concejo Distrital de Pozuzo, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, por las causales establecidas en los artículos 11 y 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Al respecto, dichas causales se fundamentan en los siguientes hechos: 1) En sesión ordinaria de fecha 1 de julio de 2015, el Concejo Distrital de Pozuzo acordó destinar el monto de S/. 3 500,00 (tres mil quinientos soles) para el desfile escolar del 27 de julio de 2015. Posteriormente, en sesión ordinaria del 15 de julio de 2015, se acordó donar a nivel secundario, una impresora multifuncional y a nivel primario, un reloj de pared. 2) Mediante la Resolución Gerencial Nº 093-2015MDP/GM, del 17 de julio de 2015, se aprobó el encargo interno por el monto de S/. 3 500,00 (tres mil quinientos soles), para gastos de apoyo a la acción comunal de incentivos a los participantes de la II.EE, en el desfile cívico

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