Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2017 (09/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de abril de 2017 /

El Peruano

el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en su jurisdicción; Que, a través del Informe Nº 119-2017-GAJ/MVMT de fecha 31 de marzo de 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente el Decreto de Alcaldía que aprueba el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del Distrito de Villa María del Triunfo, al amparo de lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del Distrito de Villa María del Triunfo 2017, cuyo texto adjunto forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Gestión Ambiental y a la Sub Gerencia de Fiscalización, Control y Sanción Administrativa Municipal y demás Unidades Orgánicas competentes el cumplimiento de lo establecido en el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del Distrito de Villa María del Triunfo 2017. Artículo Tercero.- La Sub Gerencia de Fiscalización, Control y Sanción Administrativa Municipal y demás Unidades Orgánicas competentes deberán reportar semestralmente a la Gerencia de Gestión Ambiental, el cumplimiento de lo establecido en el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del Distrito de Villa María del Triunfo 2017. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos su publicación del texto íntegro del Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo (www. munivmt.gob.pe). Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL IGNACIO CHILINGANO VILLANUEVA Alcalde 1507016-1

Autorizan el Programa de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2017/MVMT-AL Villa María del Triunfo, 3 de abril del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO, el Informe Nº 118-2017-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Informes Nº 026-2017-SGRC-SG/MVMT, Nº 032-2017-SGRC-SG/ MVMT y Nº 051-2017-SGRC-SG/MVMT de la Sub Gerencia de Registros Civiles, el Memorándum Nº 3392017-GPP/MDVMT de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los

asuntos de su competencia (...); concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el inciso 16) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, señala que es atribución del Alcalde celebrar los matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo a las normas de código civil; Que, el Artículo 252º del Código Civil vigente faculta al Alcalde dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el artículo 248º del mismo cuerpo legal; Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades señala en su artículo 42º que "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal"; Que, mediante Informe Nº 026-2017-SGRC-SG/ MVMT la Sub Gerencia de Registros Civiles, sugiere considerar la celebración de matrimonios civiles comunitarios, como una forma de contribuir a que muchas parejas regularicen su unión de hecho en la jurisdicción del distrito, al amparo de lo preceptuado por los Artículos 233º y 243º del Código Civil, Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, cumpliéndose con los requisitos señalados por el Artículo 248º del mencionado Código Civil; sugiriendo la realización de los Matrimonios Civiles Comunitarios para el año 2017, los días: 13 de mayo (día de la Madre), 16 de diciembre (56 Aniversario de la Creación del Distrito de Villa María del Triunfo); Que, mediante Memorándum Nº 339-2017-GPP/ MVMT la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, informa sobre la disponibilidad presupuestal para el Matrimonio Civil Comunitario 2017; Que, a través del Informe Nº 118-2017-GAJ/MVMT la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente autorizar el Programa de Matrimonio Civil Comunitario en el Distrito de Villa María del Triunfo, debiendo emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, es objetivo primordial de la actual gestión municipal propiciar las bases sólidas de formación de la familia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento, protección y formalización como célula básica de la sociedad en armonía con nuestro ordenamiento jurídico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vínculos de paternidad y protección a la familia que el marco jurídico exige, y que en armonía de lo consagrado por el Artículo 4º de nuestra Constitución Política, es obligación del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Por las consideraciones antes expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, y el artículo 248º y 252º del Código Civil vigente; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el Programa de Matrimonio Civil Comunitario en el Distrito de Villa María del Triunfo, de acuerdo al siguiente cronograma: - Sábado 13 de mayo del 2017 (Día de la Madre), Plaza Mayor del Cercado de Villa María del Triunfo. - Sábado 16 de diciembre del 2017 (56 Aniversario de la Creación del Distrito de Villa María del Triunfo) Plaza Mayor del Cercado de Villa María del Triunfo. Artículo Segundo.- DISPENSAR la publicación de los avisos a los que hace referencia el Artículo 252º del Código Civil, para la celebración de los Matrimonios Civiles Comunitarios del período 2017.

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