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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2017 (09/04/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Domingo 9 de abril de 2017 / El Peruano Que, la Ley Nº 30281 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece en su Artículo 10º, la prohibición de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, señalando que la excepción a dicha regla, en los gobiernos locales, se autoriza mediante Acuerdo de Concejo Municipal, y que en todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, a través de la Carta s/n con registro de recepción dela O fi cina de Secretaria General de fecha 04 de Abril del 2017, la Presidencia de la XIV Cumbre Latinoamericana de Marketing Político y Gobernanza, comunica la invitación al Sr. Alcalde Ronald Pablo Ibáñez Barreda, para que en representación de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero puedan participar en la XIV Cumbre Latinoamericana de Marketing Político y Gobernanza a desarrollarse en la Ciudad de Miami - Florida - Estados Unidos, los días 11, 12 y 13 de Abril del 2017 en la Ciudad de Miami - Florida - Estados Unidos, dicho evento tiene como fi nalidad fortalecer la Capacidad política de alto nivel en Latinoamérica y el Mundo. Asimismo, en audiencia del Pleno Municipal el Señor Alcalde sustenta que la representación no irrogará gasto alguno a la comuna; Que, estando a los considerandos expuestos, en aplicación del marco normativo señalado, en uso de las facultades conferidas, y estando a lo acordado por UNANIMIDAD, el Pleno del Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 06 de Abril del 2017; ACUERDAArtículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en representación de la Municipalidad al Señor Alcalde Ronald Pablo Ibáñez Barreda, a la ciudad de Miami - Florida - Estados Unidos, con la fi nalidad de fortalecer la capacidad política de alto nivel en Latinoamérica y el Mundo los días 10, 11, 12, 13 y 14 de Abril del presente, invitación hecha por la Presidencia de la XIV Cumbre Latinoamericana de Marketing Político y Gobernanza, dicha representación no irrogará gasto alguno a la Comuna. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación del mismo en el portal electrónico de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RONALD IBÁÑEZ BARREDA Alcalde 1506955-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN Prorrogan vigencia del régimen tributario de los arbitrios municipales en el distrito, según Ordenanza N° 008-2012-MDS ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2017-MDS/A Sayán, 31 de marzo de 2017. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYÁN POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYÁN Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Acuerdo de Concejo Nº 018-2017-MDS/CM, de fecha 31 de marzo de 2017, donde se acuerda prorrogar para el año Fiscal 2017, de la vigencia del Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo en el distrito de Sayán, según la Ordenanza Municipal Nº 008- 2012-MDS; y: CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobierno promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133- 2013- EF, señala que los gobiernos locales, mediante Ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 018-2017- MDS/CM, de fecha 31 de marzo de 2017, el Concejo Municipal en Pleno, acuerda prorrogar para el año Fiscal 2017, de la vigencia del Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo en el distrito de Sayán, según la Ordenanza Nº 008-2012-MDS. Estando a lo expuesto, contando con la aprobación de la mayoría del Concejo Municipal en Pleno, en el cumplimiento de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9 y los artículos 39, 40 y 44 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, y con la dispensa del trámite a aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE PRORROGA PARA EL AÑO FISCAL 2017 LA VIGENCIA DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO EN EL DISTRITO DE SAYÁN SEGÚN LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2012-MDS Artículo 1º.- Aprobar la Prórroga para el Año Fiscal 2017 la vigencia del Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo en el distrito de Sayán según la Ordenanza Municipal Nº 008- 2012-MDS. Artículo 2º.- Deróguese cualquier disposicion municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo 3º.- Facultar al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sayán a que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Administracion, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento de la presente Ordenanza en todo cuanto les corresponda. Artículo 5º.- Encargar a la Unidad de Informática y Sistemas la Publicacion de la presente Ordenanza en el cartel y/o Portal Institucional de la Corporación Municipal (www.munisayan.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FELIX VICTOR ESTEBAN AQUINO Alcalde 1506770-1