Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2017 (11/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Martes 11 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que extingue la Comisión Multisectorial sobre Bioenergía, creada por Decreto Supremo Nº 075-2009-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0972015-PCM
DECRETO SUPREMO Nº 043-2017-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-2009-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 097-2015-PCM, se creó la Comisión Multisectorial sobre Bioenergía, de naturaleza permanente, cuyo objeto es evaluar y recomendar medidas que promuevan la gestión integral de la bioenergía a nivel nacional, adscrita al Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y Riego; Que, la referida Comisión Multisectorial de naturaleza permanente se encuentra conformada por el Viceministro de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego; el Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas, el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente y el Viceministro de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción; Que, con el Informe Nº 014-2016-MINAGRI-DVDIARDGAAA-DERN/PP.0089, la Dirección de Evaluación de los Recursos Naturales de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, en su calidad de Secretaría Técnica de la acotada Comisión, concluye que las funciones y objetivos establecidos para la Comisión Multisectorial sobre Bioenergía han sido desarrollados y cumplidos independientemente a la existencia de la Comisión, y que las actividades puntuales en temas relacionados a bioenergía deben ser desarrolladas por grupos de trabajo existentes, con el fin de evitar la duplicidad de funciones; Que, mediante Acta Nº 002-2016-CMB, de fecha 12 de julio de 2016, los miembros de la citada Comisión Multisectorial, acordaron aprobar el cierre de la misma; Que, por Oficio Nº 153-2017-PCM/SC, el Secretario de Coordinación de la Presidencia del Consejo de Ministros recomienda que este Sector continúe con las gestiones correspondientes, con la finalidad de contar con el Decreto Supremo que disponga el cierre de la mencionada Comisión; Que, el subnumeral 4.1.1 del numeral 4.1 del rubro 4 del Anexo de la Directiva Nº 001-2013-PCM/SC "Lineamientos sobre las Comisiones Multisectoriales del Poder Ejecutivo", aprobada por Resolución Ministerial Nº 268-2013-PCM, dispone que las Comisiones Multisectoriales Permanentes se extinguen en virtud del Decreto Supremo que deje sin efecto su creación; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Extinción de la Comisión Multisectorial Déjase sin efecto la creación de la Comisión Multisectorial sobre Bioenergía, de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, creada por Decreto Supremo Nº 075-2009-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 097-2015-PCM.

Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Energía y Minas, la Ministra del Ambiente y el Ministro de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de abril del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1508002-1

Decreto Supremo que convoca a Elecciones Municipales el 10 de diciembre de 2017 para la elección de alcaldes y regidores de los concejos municipales de dieciocho distritos creados durante los años 2015 y 2016
DECRETO SUPREMO Nº 044-2017-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso 5) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú establece que corresponde al Presidente de la República convocar a elecciones para alcaldes y regidores y demás funcionarios que señala la ley; Que, mediante Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones de fecha 28 de marzo de 2017, se acordó solicitar la convocatoria a Elecciones Municipales en quince distritos creados durante los años 2015 y 2016, a través de las siguientes leyes: (1) Ley N° 30346 - Ley de creación del distrito de Vizcatán del Ene en la provincia de Satipo del departamento de Junín; (2) Ley N° 30349 - Ley de creación del distrito de Villa Kintiarina en la provincia de La Convención del departamento de Cusco; (3) Ley N° 30358 - Ley de creación del distrito de La Yarada Los Palos en la provincia de Tacna del departamento de Tacna; (4) Ley N° 30360 - Ley de creación del distrito de La Morada en la provincia de Marañón del departamento de Huánuco; (5) Ley N° 30376 - Ley de creación del distrito de Pucayacu en la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco; (6) Ley N° 30377 - Ley de creación del distrito de Castillo Grande en la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco; (7) Ley N° 30378 - Ley de creación del distrito de Santa Rosa de Alto Yanajanca en la provincia de Marañón de departamento de Huánuco; (8) Ley N° 30379 - Ley de creación del distrito de San Pablo de Pillao en la provincia y departamento de Huánuco; (9) Ley N° 30387 - Ley de creación del distrito de Chaca en la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho; (10) Ley N° 30388 - Ley de creación del distrito de Roble en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; (11) Ley N° 30391 - Ley de creación del distrito de Pichos en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; (12) Ley N° 30392 - Ley de creación del distrito de Rocchacc en la provincia de Chincheros del departamento de Apurímac; (13) Ley N° 30393 - Ley de creación del distrito de El Porvenir en la provincia de Chincheros del departamento de Apurímac;

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