Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2017 (11/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Martes 11 de abril de 2017 /

El Peruano

Aprueban "Instructivo para el pago de propinas de las y los Promotores Educativos Comunitarios de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial PRONOEI"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 059-2017-MINEDU Lima, 10 de abril de 2017 VISTOS, el Expediente Nº 0014783-2017, el Informe Nº 004-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR/DEIEEA de la Dirección de Educación Inicial, el Informe Nº 285-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 12 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que para asegurar la universalización de la educación básica en todo el país como sustento del desarrollo humano, la educación es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria; precisando, que el Estado provee los servicios públicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el tiempo educativo se equipare a los estándares internacionales; Que, asimismo, el artículo 17 de la referida Ley señala que para compensar las desigualdades derivadas de factores económicos, geográficos, sociales o de cualquier otra índole que afectan la igualdad de oportunidades en el ejercicio del derecho a la educación, el Estado toma medidas que favorecen a segmentos sociales que están en situación de abandono o de riesgo para atenderlos preferentemente; Que, de acuerdo al literal a) del artículo 36 de la citada Ley, la Educación Inicial constituye el primer nivel de la Educación Básica Regular, comprende a niños menores de 6 años y se desarrolla en forma escolarizada y no escolarizada; Que, el artículo 5 del Decreto de Urgencia Nº 011-99, que otorga una bonificación especial a favor de personal del Sector Público, fijó en S/ 232,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES) la asignación mensual para las animadoras y alfabetizadores; y mediante la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, se autorizó al Ministerio de Educación a otorgar un incremento mensual de S/ 100,00 (CIEN Y 00/100 SOLES), para el pago de propinas a las animadoras de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial ­ PRONOEI, a nivel nacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley Nº 30272, que establece medidas en materia educativa, a partir del Año Fiscal 2015 se establece en S/ 559,00 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) el monto de las propinas que reciben los animadores o las animadoras de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial ubicados en el ámbito rural (I y II ciclo); Que, con la finalidad de cumplir con las disposiciones del artículo 2 de la Ley Nº 30272, entre ellas, implementar un mecanismo de registro que permita contar con información centralizada, detallada y actualizada de los animadores y las animadoras de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial ubicados en el ámbito rural (I y II ciclo), el Ministerio de Educación, mediante Resolución Viceministerial Nº 003-2015-MINEDU de fecha 18 de febrero de 2015, aprobó el "Instructivo para el pago de propinas y registro de información de los Promotores(as) Educativos(as) Comunitarios(as) de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial de gestión pública del I y II ciclo, ubicados en el ámbito rural"; Que, con ocasión de la emisión de las "Normas para la planificación, creación, implementación,

funcionamiento, evaluación, renovación y cierre de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial ­ PRONOEI", aprobadas por Resolución Viceministerial Nº 036-2015-MINEDU de fecha 13 de julio de 2015, fue necesario reemplazar el referido Instructivo. Por lo que, mediante Resolución Viceministerial Nº 075-2016-MINEDU de fecha 03 de junio de 2016, se aprobó el "Instructivo para el pago de propinas y registro de información de las y los Promotores(as) Educativos(as) Comunitarios(as) de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial públicos de gestión directa del ciclo I y II"; Que, mediante Oficio Nº 480-2017/MINEDU/VMGP/ DIGEBR, la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 004-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR/DEI-EEA, a través del cual sustenta la necesidad de aprobar un nuevo instructivo para el pago de propinas; señalando, que la propuesta desarrolla de manera más clara el procedimiento para el registro de información y para el pago de propinas; para tal efecto, entre otros aspectos, se consideran tres formatos: (i) Formato 01 "Información del Promotor Educativo Comunitario", (ii) Formato 02 "Registro de Asistencia del Promotor Educativo Comunitario", y (iii) Formato 03 "Formato de informe mensual para el pago de propina"; Que, la propuesta tiene por objeto orientar a las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local, respecto al pago de la propina de las y los Promotores Educativos Comunitarios de los PRONOEI públicos de gestión directa, a cargo del Sector Educación, del ciclo I y II, de acuerdo al ámbito en el que están ubicados; así como, establecer las pautas para el registro de la información necesaria de las y los Promotores Educativos Comunitarios, Profesores Coordinadores y de los PRONOEI a los que son asignados, en los sistemas informáticos del Ministerio de Educación, y en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público ­ AIRHSP; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Resolución Ministerial Nº 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Instructivo para el pago de propinas de las y los Promotores Educativos Comunitarios de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial ­ PRONOEI", el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Viceministerial Nº 075-2016-MINEDU, que aprueba el "Instructivo para el pago de propinas y registro de información de las y los Promotores(as) Educativos(as) Comunitarios(as) de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial públicos de gestión directa del ciclo I y II". Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA MIRANDA MOLINA Viceministra de Gestión Pedagógica 1507872-1

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