Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2017 (11/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Martes 11 de abril de 2017 /

El Peruano

nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Jorge Humberto Martín Vigil Carrera, en el cargo público de confianza de Director de la Oficina de Control, Cumplimiento y Confianza, de la Oficina General de Integridad Institucional del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1507637-1

PRODUCE
Modifican la R.M. N° 504-2009-PRODUCE y su modificatoria, y reconforman la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Producción, en materia de MYPE e Industria
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 159-2017-PRODUCE Lima, 10 de abril de 2017 VISTOS: El Memorando N° 002-2017-PRODUCE/ SG-OAIPCS y el Informe N° 004-2017-PRODUCE/SGOAIPCS de la Oficina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Conflictos Sociales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, dispone que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; este proceso se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y de transferencias de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, a la Quinta Disposición Transitoria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización prevé que las transferencias de funciones, programas y organismos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que, para asegurar que el proceso de transferencias se realice en forma progresiva y ordenada, el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que el Poder Ejecutivo constituirá Comisiones Sectoriales de Transferencias, presididas por un Viceministro del Sector correspondiente; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 010-2007PCM establece que los Ministerios son responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuestas por el Decreto Supremo N° 068-2006-PCM, a través de un Viceministro encargado de presidir la Comisión Sectorial de Transferencia respectiva; Que, con el Decreto Supremo N° 103-2011-PCM, se establecen medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos,

empresas, activos y otros organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el año 2010, determinando la continuidad del referido proceso a cargo de las Comisiones Sectoriales de Transferencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 504-2009-PRODUCE se constituyen las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Ministerio de la Producción, en materia de Pesquería y en materia de MYPE e Industria, las cuales fueron reestructuradas por Resolución Ministerial N° 162-2013-PRODUCE; Que, por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, estableciendo una nueva estructura orgánica y las funciones de los órganos que la integran; en este sentido, el Director de la Oficina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Conflictos Sociales, con Informe N° 004-2017-PRODUCE/ SG-OAIPCS, señala que es necesario modificar la conformación de las Comisiones Sectoriales de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Producción, de acuerdo a lo establecido en el referido Reglamento de Organización y Funciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, sus modificatorias y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; y, el Decreto Supremo N° 103-2011-PCM, Decreto Supremo que establece medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el año 2010; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 504-2009-PRODUCE y su modificatoria, el cual queda redactado con el siguiente texto: "Artículo 2.- Constituir, en el marco del proceso de descentralización de la gestión del Estado, la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Producción, en materia de Pesca y Acuicultura, la misma que estará integrada de la siguiente manera: - El/La Viceministro/a de Pesca y Acuicultura, quien la presidirá. - El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura. - El/La Director/a General de la Dirección General de Pesca Artesanal. - El/La Director/a General de la Dirección General de Acuicultura. - El/La Director/a General de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción. - El/La Director/a General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas. - El/La Director/a de la Oficina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Conflictos Sociales, quien ejercerá la Secretaría Técnica de la Comisión". Artículo 2.- Reconformar la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Producción, en materia de MYPE e Industria, constituida mediante Resolución Ministerial N° 504-2009-PRODUCE, la misma que estará integrada de la siguiente manera: - El/La Viceministro/a de MYPE e Industria, quien la presidirá. - El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio. - El/La Director/a General de la Dirección General de Desarrollo Empresarial.

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