Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2017 (21/04/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 19
El Peruano / Viernes 21 de abril de 2017
NORMAS LEGALES
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Marino - Costero del Perú", solicita al Jefe de la Unidad Ejecutora 003: Fomento al Consumo Humano Directo "A Comer Pescado", la adquisición de pasajes aéreos y asignación de viáticos para el mencionado viaje con cargo a los fondos del proyecto BID PRODUCE "Adaptación al Cambio Climático del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino Costero del Perú"; Que, con comunicación electrónica de fecha 12 de abril de 2017, el señor Alfred Hans Grunwaldt, Especialista Sectorial del Banco Interamericano de Desarrollo BID, comunica la No Objeción para la adquisición de los pasajes aéreos y la asignación de viáticos solicitados por el IMARPE; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, que para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado se otorgarán por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los señores David Geremías Correa Chilón y Noel Yovani Domínguez Obregón, profesionales del IMARPE a North Falmouth, Massachusetts, Estados Unidos de América, del 22 al 29 de abril de 2017, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores David Geremías Correa Chilón y Noel Yovani Domínguez Obregón, profesionales del IMARPE a North Falmouth, Massachusetts, Estados Unidos de América, del 22 al 29 de abril de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demanden los viajes autorizados en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo a los fondos del Proyecto BID PRODUCE "Adaptación al Cambio Climático del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino Costero del Perú" administrado por la Unidad Ejecutora 003: Fomento al Consumo Humano Directo "A Comer Pescado", de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos por 6 días US$ Pasaje aéreo 440,00 por día (5 días de (Incluido TUUA) viáticos + 1 por concepto de US$ instalación) 2,120.00 2,120.00 2,640.00 2,640.00
uno, al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1511148-2
Modifican la R.M. N° 372-2016-PRODUCE, mediante la cual se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, con el objeto de analizar el estado situacional de la pesquería del Recurso Merluza
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 177-2017-PRODUCE Lima, 20 de abril de 2017 VISTOS: El Memorando N° 00027-2017-PRODUCE/ DGPARPA y el Informe Nº 006-2017-PRODUCE/DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en el artículo 9 establece que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el objetivo de lograr la recuperación de dicho recurso en el mediano plazo, para el posterior aprovechamiento sostenido del mismo y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad; así como de armonizar la participación de los agentes involucrados en la extracción y procesamiento del Recurso Merluza y de su fauna acompañante, considerando que estos recursos constituyen patrimonio de la Nación que deben ser utilizados responsablemente; Que, por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 372-2016-PRODUCE, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, con el objeto de analizar el estado situacional de la pesquería del Recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus), y proponer medidas para fortalecer el ordenamiento de la actividad pesquera artesanal del citado recurso; y por el artículo 2 de la misma Resolución se establece la conformación del referido Grupo de Trabajo, integrado entre otros, por representantes de órganos de línea del Ministerio de la Producción; Que, con Resolución Ministerial N° 394-2016-PRODUCE, se modifican los artículos 2 y 6 de la Resolución Ministerial N° 372-2016-PRODUCE, que regulan la conformación del Grupo de Trabajo Sectorial, así como la instalación y período de vigencia, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y FuncionesROF del Ministerio de la Producción, el cual establece la naturaleza jurídica, competencias, funciones y la nueva estructura orgánica del Ministerio de la Producción; y se deroga el ROF
Nombres y apellidos David Geremías Correa Chilón Noel Yovani Domínguez Obregón
TOTAL US$ 4,760.00 4,760.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, los profesionales autorizados en el artículo 1 deberán presentar, cada