Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2017 (21/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 21 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Marino - Costero del Perú", solicita al Jefe de la Unidad Ejecutora 003: Fomento al Consumo Humano Directo "A Comer Pescado", la adquisición de pasajes aéreos y asignación de viáticos para el mencionado viaje con cargo a los fondos del proyecto BID ­ PRODUCE "Adaptación al Cambio Climático del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino ­ Costero del Perú"; Que, con comunicación electrónica de fecha 12 de abril de 2017, el señor Alfred Hans Grunwaldt, Especialista Sectorial del Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, comunica la No Objeción para la adquisición de los pasajes aéreos y la asignación de viáticos solicitados por el IMARPE; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, que para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado se otorgarán por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los señores David Geremías Correa Chilón y Noel Yovani Domínguez Obregón, profesionales del IMARPE a North Falmouth, Massachusetts, Estados Unidos de América, del 22 al 29 de abril de 2017, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores David Geremías Correa Chilón y Noel Yovani Domínguez Obregón, profesionales del IMARPE a North Falmouth, Massachusetts, Estados Unidos de América, del 22 al 29 de abril de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demanden los viajes autorizados en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo a los fondos del Proyecto BID ­ PRODUCE "Adaptación al Cambio Climático del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino ­ Costero del Perú" administrado por la Unidad Ejecutora 003: Fomento al Consumo Humano Directo ­ "A Comer Pescado", de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos por 6 días US$ Pasaje aéreo 440,00 por día (5 días de (Incluido TUUA) viáticos + 1 por concepto de US$ instalación) 2,120.00 2,120.00 2,640.00 2,640.00

uno, al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1511148-2

Modifican la R.M. N° 372-2016-PRODUCE, mediante la cual se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, con el objeto de analizar el estado situacional de la pesquería del Recurso Merluza
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 177-2017-PRODUCE Lima, 20 de abril de 2017 VISTOS: El Memorando N° 00027-2017-PRODUCE/ DGPARPA y el Informe Nº 006-2017-PRODUCE/DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en el artículo 9 establece que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el objetivo de lograr la recuperación de dicho recurso en el mediano plazo, para el posterior aprovechamiento sostenido del mismo y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad; así como de armonizar la participación de los agentes involucrados en la extracción y procesamiento del Recurso Merluza y de su fauna acompañante, considerando que estos recursos constituyen patrimonio de la Nación que deben ser utilizados responsablemente; Que, por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 372-2016-PRODUCE, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, con el objeto de analizar el estado situacional de la pesquería del Recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus), y proponer medidas para fortalecer el ordenamiento de la actividad pesquera artesanal del citado recurso; y por el artículo 2 de la misma Resolución se establece la conformación del referido Grupo de Trabajo, integrado entre otros, por representantes de órganos de línea del Ministerio de la Producción; Que, con Resolución Ministerial N° 394-2016-PRODUCE, se modifican los artículos 2 y 6 de la Resolución Ministerial N° 372-2016-PRODUCE, que regulan la conformación del Grupo de Trabajo Sectorial, así como la instalación y período de vigencia, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones­ROF del Ministerio de la Producción, el cual establece la naturaleza jurídica, competencias, funciones y la nueva estructura orgánica del Ministerio de la Producción; y se deroga el ROF

Nombres y apellidos David Geremías Correa Chilón Noel Yovani Domínguez Obregón

TOTAL US$ 4,760.00 4,760.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, los profesionales autorizados en el artículo 1 deberán presentar, cada

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