Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2017 (21/04/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Viernes 21 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

31

encuentran sujetas a las normas comunes de derecho público, condición que cumple el Ministerio de Salud; asimismo, considera como entidad pública Tipo B, aquellos órganos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras conforme a la Ley N° 28411 de una entidad pública Tipo A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan con: tener competencia para contratar, sancionar y despedir; contar con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que haga sus veces, y; contar con resolución del titular de la entidad pública a la que pertenece definiéndola como Entidad Tipo B; Que, mediante Resolución N° 39-2015/IGSS publicada con fecha 21 de febrero de 2015, se definió como entidades Tipo B a los Órganos Desconcentrados del Instituto de Gestión de Servicios de Salud ­IGSS, conformados por los Institutos especializados, Hospitales del Tercer Nivel de atención y las Direcciones de Red de Salud; Que, mediante Ley N° 30526 se desactiva el Instituto de Gestión de Servicios de Salud-IGSS creado por el Decreto Legislativo N° 1167, precisando además en su numeral 2.1 del artículo 2 que el Ministerio de Salud asume sus competencias y funciones; Que, mediante Resolución Ministerial N° 169-2017/ MINSA publicada el 17 de marzo de 2017, se da por concluido el proceso de transferencia de competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud al Ministerio de Salud; Que, la actual estructura organizacional del Ministerio de Salud, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que los Institutos Especializados y Hospitales son órganos desconcentrados del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; Que, los Institutos especializados y Hospitales del tercer nivel de atención mantienen los criterios para ser definidas como entidades Tipo B, en tanto tienen competencia para contratar, sancionar y despedir establecidos en sus instrumentos de gestión, cuentan con una oficina de recursos humanos o la que hace sus veces, y un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa; Que, con la finalidad de no afectar la gestión de los recursos humanos en dichos órganos desconcentrados, se hace necesario emitir una Resolución Ministerial que los defina como entidades Tipo B; Con la visación de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, el Director General de la Oficina General Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Secretario General, y el Viceministro de Prestación y Aseguramiento en Salud, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Definir como entidades públicas Tipo B del Ministerio de Salud, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, a los Institutos Nacionales Especializados y Hospitales, órganos desconcentrados del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, según se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos la remisión de una copia fedateada de la presente Resolución y su Anexo I a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR y a los órganos desconcentrados a que se refiere el artículo precedente. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de

Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/index.asp?op=115; en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese PATRICIA GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud ANEXO I ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DEL MINISTERIO DE SALUD QUE SE DEFINEN COMO ENTIDAD PÚBLICA TIPO B INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS NEUROLOGICAS INSTITUTO NACIONAL DE OFTALMOLOGIA INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO - SAN BORJA INSTITUTO NACIONAL DE SALUD MENTAL INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL HOSPITAL CARLOS LANFRANCO LA HOZ HOSPITAL CAYETANO HEREDIA HOSPITAL DE APOYO DEPARTAMENTAL MARIA AUXILIADORA HOSPITAL DE APOYO SANTA ROSA HOSPITAL DE EMERGENCIAS CASIMIRO ULLOA HOSPITAL DE EMERGENCIAS PEDIATRICAS HOSPITAL DE HUAYCAN HOSPITAL HERMILIO VALDIZAN HOSPITAL JOSE AGURTO TELLO DE CHOSICA HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO - SAN BARTOLOME HOSPITAL NACIONAL DOS DE MAYO HOSPITAL NACIONAL HIPOLITO UNANUE HOSPITAL NACIONAL VICTOR LARCO HERRERA HOSPITAL SAN JUAN DE LURIGANCHO HOSPITAL SERGIO BERNALES HOSPITAL VITARTE HOSPITAL DE EMERGENCIAS VILLA EL SALVADOR 1511443-2

Designan representante de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud del Ministerio de Salud, donde se realizan programas de residentado médico, ante el Consejo Nacional de Residentado Médico (CONAREME)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 265-2017/MINSA Lima, 20 de abril de 2017 Visto: el expediente Nº 16-111173-001, que contiene la Nota Informativa N° 16-2016-AL-DGGDRH/MINSA y el Memorándum N° 014-2017-DG-DGGDRH/MINSA de la actualmente Dirección General de Personal de la Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico (SINAREME), establece que el Ministerio de Salud es el rector del Sistema Nacional de Residentado Médico y define la política técnico ­ normativa para la aplicación de dicha Ley;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.