Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2017 (22/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de abril de 2017 /

El Peruano

VISTOS: El Memorándum Nº 073-2017/IN/SG de la Secretaría General del Ministerio del Interior, el Memorándum Nº 000015-2017/IN/OGPP/OPMI y el Informe Nº 000003-2017-IN_OGPP_OPMI_FFS de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, el Informe Nº 000114-2017/IN/OGPP/OPP de la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto, el Oficio N° 000607-2017/IN/OGPP de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, y el Informe Nº 0005222017-IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 052-2011, se constituye en el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, el "Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana", cuyos recursos son de carácter intangible y permanente para ser destinados exclusivamente al financiamiento de actividades, proyectos, y programas destinados a combatir la inseguridad ciudadana; Que, el artículo 3 del acotado Decreto de Urgencia señala que el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana cuenta con un Comité de Administración que asigna los recursos de acuerdo a los Planes de Seguridad Ciudadana aprobados en el marco de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN; Que, asimismo, el artículo 4 del precitado Decreto de Urgencia, establece que la conformación del Comité de Administración está integrado por el Presidente del Consejo de Ministros o su representante, quien lo preside, el Ministro de Economía y Finanzas o su representante y el Ministro del Interior o su representante, y cuenta con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio del Interior; Que, el literal b) del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 052-2011 dispone que el Ministerio del Interior, mediante Resolución Ministerial, establece las entidades, finalidad, y montos correspondientes para que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, efectúe directamente la asignación financiera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la Unidad Ejecutora de Gobierno Nacional, Regional o Gobierno Local respectivo; por el monto que determine el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; Que, a través del Decreto Supremo N° 007-2012-PCM, se aprueban los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, los mismos que contemplan, entre otros, la aprobación de las actas de las sesiones del Comité de Administración del Fondo; Que, conforme al inciso a) del artículo 19 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto de Sector Público para el Año Fiscal 2017, se asigna en el Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio del Interior la suma de S/ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinados exclusivamente al financiamiento de los fines del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, creado por el Decreto de Urgencia 052-2011; Que, mediante Acta de Sesión del 29 de marzo de 2017, el Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana aprueba la asignación de recursos para dieciséis (16) Proyectos de Inversión Pública del Gobierno Nacional por la suma de S/ 30 526 266,00 (TREINTA MILLONES QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), dieciséis (16) Proyectos de Inversión Pública de Gobiernos Locales por la suma de S/ 63 165 384,00 (SESENTA Y TRES MILLONES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES); y, Actividades por la suma de S/ 11,000 000,00 (ONCE MILLONES Y 00/100 SOLES) (Encuesta Nacional Especializada sobre Victimización por el monto de S/ 7 500 000,00 y VI Censo Nacional de Comisarías por la suma de S/ 3 500 000,00); Que, el Decreto de Urgencia N° 004-2017, que aprueba medidas para estimular la economía, así como para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias

y peligros asociados, establece, entre otros, en el artículo 2, Anexo 1 "Crédito Suplementario para el financiamiento de proyectos de inversión pública", específicamente en el ítem 308, la asignación del importe de S/ 3 872 649, 00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) para financiar el proyecto denominado "Mejoramiento de los Servicios de Seguridad Ciudadana en el Distrito de Ambo, Provincia de Ambo ­ Huánuco" con código SNIP 354230, el mismo que, también, ha sido considerado en el Acta de Sesión del 29 de marzo de 2017 del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; Que, en consideración a lo antes indicado, mediante Memorando Nº 000015-2017/IN/OGPP/OPMI, sustentado en el Informe N° 000003-2017-IN_OGPP_OPMI_FFS, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planificación y Presupuesto concluye que la asignación financiera de recursos del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana para el presente Año Fiscal sea hasta por la suma de S/ 100 804 001,00 (CIEN MILLONES OCHOCIENTOS CUATRO MIL UNO Y 00/100 SOLES); Que, con Oficio Nº 000607-2017/IN/OGPP, sustentado en el Informe Nº 000114-2017/IN/OGPP/OPP, la Oficina General de Planificación y Presupuesto valida la propuesta de aprobación de la asignación financiera de recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; Con la visación de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y modificatorias; el Decreto de Urgencia Nº 052-2011, que crea el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; el Decreto Supremo Nº 007-2012-PCM, que aprueba los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; el Decreto de Urgencia Nº 004-2017, que aprueba medidas para estimular la economía, así como para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; SE RESUELVE: Articulo 1.- Asignación Financiera Apruébese la asignación financiera de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe de S/ 100 804 001,00 (CIEN MILLONES OCHOCIENTOS CUATRO MIL UNO Y 00/100 SOLES) a favor de las siguientes entidades: Pliego: Gobierno Nacional Ministerio del Interior (Anexo 01) Instituto Nacional de Estadística e Informática ­ INEI (Anexo 02) Gobiernos Locales (Anexo 02) Total

S/ S/

30 526 266.00 11 000 000.00

S/ 59 277 735.00 -----------------------S/ 100 804 001.00

Articulo 2.- Limitación al uso de los recursos Los recursos asignados por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 4.- Publicación La presente Resolución es publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de las entidades señaladas en los Anexos 1 y 2, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1511767-1

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