Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2017 (22/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de abril de 2017 /

El Peruano

de la adquisición, y iv) El modelo del formulario registral por trato directo. Asimismo en el supuesto que el Sujeto Pasivo acepte la Oferta de Adquisición, el Sujeto Activo a través de Resolución Ministerial aprueba el valor total de la Tasación y el pago, incluyendo el incentivo a la adquisición, por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del inmueble; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley, señala su aplicación inmediata a los procedimientos en trámite sobre Adquisición, Expropiación, Liberación de interferencias y transferencia de inmuebles de propiedad del Estado para la ejecución de obras de Infraestructura, y que los procedimientos se adecuarán en la etapa en que se encuentren; Que, asimismo, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1330, faculta al Sujeto Activo a concluir el proceso de adquisición o expropiación de inmuebles respecto de los cuales se emitió la norma que aprueba el valor total de tasación o el valor de tasación, respectivamente, en cuyo caso no son aplicables las disposiciones modificatorias del Decreto Legislativo Nº 1192. Siendo así, en el presente caso se deben cumplir con las modificatorias a la Ley; Que, la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final, declara de necesidad pública la ejecución de la Autopista del Sol (Trujillo - Chiclayo - Piura -Sullana), al ser considerada como una obra de infraestructura vial de interés nacional y de gran envergadura; Que, la Dirección General de Concesiones en Transportes, mediante Memorándum Nº 3087-2016MTC/25, remite al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL (en adelante, PROVIAS NACIONAL), entre otros, los Informes Técnicos de Tasación con Códigos PAS-TC07-NMOC-006 y PAS-TC07-NMOC-037, en los que se determinan los valores de las tasaciones correspondientes a las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Autopista del Sol, Sub Tramo: Trujillo - Chiclayo" (en adelante, la Obra); Que, la Unidad Gerencial de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL, mediante Memorándum Nº 96172016-MTC/20.15, hace suyo el Informe Nº 071-2016-MTC/ GYRD, que cuenta con la aprobación de la Jefatura de Liberación de Derecho de Vía de Obras Concesionadas, a través del cual señalan: i) que han identificado a los Sujetos Pasivos y las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra en posesión de los Sujetos Pasivos; ii) que los Sujetos Pasivos han acreditado su derecho de posesión sobre las áreas de los inmuebles afectados, iii) que los Sujetos Pasivos efectuaron la entrega anticipada de la posesión de las áreas de los inmuebles afectados por la Obra, iv) que han determinado los valores totales de las Tasaciones; y, v) que los Sujetos Pasivos han aceptado las ofertas de adquisición por lo que considera que el procedimiento cuenta con los requisitos para la expedición de la resolución que apruebe los valores totales de las Tasaciones y los pagos respectivos, precisando que mediante los Contratos de Promesa de Transferencia de derecho de posesión s/n de fechas 17 y 18 de marzo de 2016, respectivamente, se realizaron pagos a cuenta, conforme lo estipulado en el numeral 21.5 del artículo 21 de la Ley, los mismos que se deben tener en cuenta al momento de efectuar los pagos de los valores totales de las Tasaciones. Asimismo, adjunta los Certificados de Búsqueda Catastral expedidos por la SUNARP; Que, la Oficina de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, mediante Informe Nº 791-2016-MTC/20.3, concluye que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 y en base a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que apruebe los valores totales de las Tasaciones y los pagos correspondientes;

Que, PROVIAS NACIONAL ha acreditado el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1330, que modifica el Decreto Legislativo Nº 1192, y, asimismo señala que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente al presente ejercicio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 modificado por el Decreto Legislativo Nº 1330, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025, y el Decreto Supremo Nº 021-2007MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los valores totales de las Tasaciones, que incluyen el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial de cada una de las áreas de los dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Autopista del Sol: Sub Tramo: Trujillo - Chiclayo", así como los pagos correspondientes, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencia a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y realice los pagos de los valores totales de las Tasaciones a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, teniendo en cuenta lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución respecto a los pagos a cuenta realizados a los Sujetos Pasivos. Artículo 3.- Disponer que dentro de los cinco días hábiles siguientes de suscritos los Formularios Registrales y efectuados los pagos de los valores totales de las Tasaciones, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, los Formularios Registrales y copia certificada de los documentos que acrediten los pagos de los montos de los valores totales de las Tasaciones, a favor de los Sujetos Pasivos. El Registrador Público dentro de los siete días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá las adquisiciones a nombre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Valores totales de las Tasaciones correspondientes a las áreas de dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la obra: "Autopista del Sol, Sub Tramo Trujillo - Chiclayo", ubicados en el distrito de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque.
VALOR VALOR DEL INCENTIVO VALOR COMERCIAL DEL PERJUICIO DEL 20% TOTAL DE LA INMUEBLE (VCI) ECONOMICO DEL VCI TASACIÓN (S/) (S/) (S/) (S/) 64, 623.24 48, 469.62 2, 456.36 2, 000.00 12, 924.65 9, 693.92 80,004.25 60, 153.54



CÓDIGO PAS-TC07NMOC-006 PAS-TC07NMOC-037

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1511722-2

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