Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2017 (22/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de abril de 2017 /

El Peruano

Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, modificado por la Resolución Ministerial N° 1500-2016DE/SG del 23 de diciembre de 2016, que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial N° 1017-2015-DE/ SG del 06 de noviembre de 2015, referente al reajuste del monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2017; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, del Capitán EP Jean Carlo CELIZ ROCHA (titular), identificado con CIP N° 122720300, DNI N° 70218439, y del Capitán EP Juan Carlos CUADROS PARIONA (suplente), identificado con CIP N° 122731900, DNI N° 43972201, para participar en el Curso de Especialización para Capitanes­Maniobra, a realizarse en el Instituto de Cooperación y Seguridad Hemisférica (WHINSEC), en la ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 25 de abril de 2017 al 08 de noviembre de 2017, así como autorizar su salida del país el 24 de abril de 2017 y su retorno al país el 09 de noviembre de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero (20%) US$ 962.51/30 x 06 días (25 Abr ­ 30 Abr 2017) US $ 192.50 US$ 962.51x 06 meses (01 May ­ 31 Oct 2017) US $ 5,775.06 US$ 962.51/30 x 08 días (01 Nov ­ 08 Nov 2017) US $ 256.67 -------------------Total a pagar en Dólares Americanos US $ 6,224.23

Artículo 10.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1512052-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan representante del Ministerio ante el Comité del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), quien ejercerá las funciones de Coordinadora General
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 060-2017-MIDIS Lima, 19 de abril de 2017 VISTOS: El Informe N° 123-2017-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; y, el Memorando N° 093-2017-MIDIS/VMPES del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, de acuerdo con la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se creó el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con la finalidad de impulsar el logro de los resultados establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del Reglamento del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2014-MIDIS, establece que la dirección del FED se encuentra a cargo de un Comité que está conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, quien ejercerá como Coordinador General del FED; Que, por Resolución Ministerial N° 309-2016-MIDIS, se designó al representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para que ejerza las funciones de Coordinadora General del FED; Que, se ha considerado conveniente designar al nuevo representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por lo que corresponde dar por concluida la designación dispuesta mediante la Resolución Ministerial N° 309-2016-MIDIS; De conformidad con dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, y el Reglamento del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2014-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada a la señora Rommy Marisa Ríos Núñez mediante la Resolución Ministerial N° 309-2016-MIDIS, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 3.- La participación del personal militar suplente quedará supeditado ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular, en estricto orden de prelación. Artículo 4.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a los dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, del 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducida, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 6.- El señor General de Ejército Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El personal militar designado revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la Misión de Estudios. Artículo 9.- El personal militar designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

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