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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2017 (27/04/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Jueves 27 de abril de 2017 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1252, crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo 1252, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, como ente rector, y, entre otros, las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones de los Sectores; Que, el Decreto Supremo N° 027-2017-EF aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, modi fi cado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF, el cual, en su artículo 4, numeral 4.1, señala que para los fi nes del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las entidades y empresas públicas del Gobierno Nacional se agrupan en Sectores, siendo uno de ellos, el Sector Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, el artículo 6 del Reglamento acotado, establece que el Órgano Resolutivo, entre otras entidades, es el Ministro del Sector, al que le corresponde, entre otras atribuciones, designar al órgano que realizará las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, el que en ningún caso podrá coincidir con los órganos que realizan las funciones de las Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones; asimismo, designa al Responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones; y, en su artículo 7, señala las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de un Sector del Gobierno Nacional; Que, mediante la Resolución Directoral N° 001-2017- EF/63.01, se aprueba la “Directiva N° 001-2017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”, la cual, en su artículo 4, numeral 4.2, literal d), señala el Anexo N° 01: Per fi l Profesional del Responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, y el Formato N° 01: Registro de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones en el Banco de Inversiones, a la DGPMI (Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del MEF); cuyo Anexo y Formato, entre otros, forman parte integrante de la Directiva; Que, de acuerdo con los artículos 32 y 34 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto tiene entre sus unidades orgánicas, a la O fi cina de Inversiones, encargada de realizar las acciones requeridas para la programación y evaluación de los proyectos de inversión del Sector, de revisar los estudios de pre-inversión y mantener el banco de proyectos; realiza la programación multianual de inversiones y el seguimiento de los proyectos en ejecución; Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 1252 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF, y el ROF del MTC aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Memorando N° 595-2017-MTC/09 e Informe N° 0046-2017-MTC/09.05 de su O fi cina de Organización y Racionalización, propone un proyecto de Resolución Ministerial que dispone que la O fi cina de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cumpla las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, dispuestas en el numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252; proponiendo al responsable de dicha ofi cina; Que, en el Informe N° 0046-2017-MTC/09.05 se mani fi esta que se ha coordinado con la O fi cina de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, habiéndose veri fi cado que el Responsable de la O fi cina de Programación de Inversiones cumple con el per fi l contenido en el Anexo N° 01; y, de otro lado, se adjunta el Formato N° 01: Registro de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) en el Banco de Inversiones; Que, en consecuencia, debe resolverse de acuerdo con las disposiciones legales señaladas precedentemente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29370, el Decreto Legislativo N° 1252, y los Decretos Supremos N° 021-2007-MTC y N° 027-2017-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la O fi cina de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como el órgano que realizará las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, señaladas en el numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF. Artículo 2.- Designar al señor David Guillermo Miranda Herrera, Director de la O fi cina de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como Responsable de la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y, en la fecha de publicación, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe). Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y al señor David Guillermo Miranda Herrera. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1513484-6 Aprueban Derecho de Vía del Tramo: La Unión - Huallanca de la carretera Huánuco - Conococha, Sector Huánuco - La Unión - Huallanca RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 297-2017 MTC/01.02 Lima, 25 de abril de 2017VISTOS:Los Memorándum N° 1818-2016-MTC/20.6 y N° 2006-2016-MTC/20.6 de la Unidad Gerencial de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, los Memorándum N° 7629-2016-MTC/20.15 y N° 8398-2016-MTC/20.15 e Informes N° 023-2016-MTC/20.15.1/RMSM y N° 025-2016-MTC/20.15.1/RMSM de la Unidad Gerencial de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL, el Informe N° 628-2016-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos y el Memorándum N° 2241-2016-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, la Unidad Gerencial de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL, mediante Memorándum N° 8398-2016-MTC/20.15 de fecha 04 de noviembre de 2016, remite el Informe N° 025-2016-MTC/20.15.1/RMSM de fecha 03 de noviembre de 2016, en el que recomienda para el Tramo Vial La Unión - Huallanca de longitud 21.261 Km. que forma parte de la ruta de la Red Vial Nacional PE-3N o Longitudinal de la Sierra Norte, establecer un ancho mínimo de Derecho de